Inicio
Cortes Superiores de Justicia
Poder Judicial
Resolución Administrativa N° 779-2013-P-CSJLI/PJ Disponen la apertura de turno del 1° Juzgado Mixto de Ate de la Corte Superior
8/28/2013
Resolución Administrativa N° 779-2013-P-CSJLI/PJ Disponen la apertura de turno del 1° Juzgado Mixto de Ate de la Corte Superior
Lima, 20 de agosto del 2013 VISTO: La Resolución Administrativa N° 476-2012-P-CSJLI/PJ de fecha 05 de Julio del 2012, oficio N° 66-2013- (Ex 35° Juzg.Civil de Lima) e Informe N° 058-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ de fecha 16 de Agosto del presente año; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 047-2012-CE-PJ de fecha 20 de abril del 2012, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y reubicar diversos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, entre ellos el 35° Juzgado
VISTO:
La Resolución Administrativa N° 476-2012-P-CSJLI/PJ
de fecha 05 de Julio del 2012, oficio N° 66-2013- (Ex 35°
Juzg.Civil de Lima) e Informe N° 058-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ de fecha 16 de Agosto del presente año;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa N° 047-2012-CE-PJ de fecha 20 de abril del 2012, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y reubicar diversos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, entre ellos el 35° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima en 2° Juzgado Mixto de Ate.
Que, mediante Resolución Administrativa N° 476-2012-P-CSJLI/PJ de vista, la Presidencia de esta Corte dispuso el cierre de turno del 1° Juzgado Mixto de Ate a partir del 06 de Julio del 2012 hasta que el 2° Juzgado Mixto de Ate nivele su carga procesal.
Que, mediante el Oficio de vista, la Magistrada del 2° Juzgado Mixto de Ate informa a este Despacho y a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo que ha superado en cantidad de expedientes al 1° Juzgado Mixto de esa localidad, por lo cual solicita que se tomen las medidas correspondientes conforme al mandato de la última Resolución Administrativa citada precedentemente.
Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha emitido el informe N° 058-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, el cual expone las cantidades totales de expedientes en giro que se vienen tramitando en ambas judicaturas, siendo que el 1° y 2° Juzgado Mixto de Ate tienen 2,452 y 2,284
expedientes respectivamente, por lo cual sugieren que el 1° Juzgado Mixto reaperture su turno y ambas judicaturas atiendan equitativamente los ingresos de dicha localidad.
Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de Lima, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujeción a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolución Administrativa.
Que, la Resolución Administrativa N° 031-2012-CE-PJ
de fecha el 02 de marzo del 2012, aprueba la Directiva N° 001-2012-CE-PJ referida a las Comisiones Nacional y Distrital de Descarga Procesal en cuyo Artículo 6 Numeral 3 Literal b, establece como integrante al Presidente de la Corte Superior de cada distrito judicial al ser la máxima autoridad administrativa. En ese orden de ideas, en virtud del Artículo Quinto de la Resolución Administrativa N° 020-2013-CE-PJ se faculta al Presidente de la Comisión Distrital de Descarga Procesal a dictar las acciones administrativas necesarias para monitorear las actividades de descarga.
Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ
de fecha 5 de noviembre del 2012:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER la apertura de turno del 1° Juzgado Mixto de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fin que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento.
Artículo Tercero.- DISPONER que las demandas ingresadas, a la fecha de la publicación de la presente resolución administrativa, deben ingresar y distribuirse de manera aleatoria y equitativa entre el 1° y 2° Juzgado Mixto de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, coordine mediante la Coordinación de Informática la adecuación oportuna del sistema informático.
Artículo Sétimo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital, para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)