8/30/2013

Resolución Directoral N° 062-2013-EF/52.01 Aprueban emisiones de Letras del Tesoro

Lima, 28 de agosto del 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 68° del T exto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modificado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2013, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a efectuar la emisión y colocación de Letras del Tesoro Público; Que, asimismo, el Artículo 70° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 y
Lima, 28 de agosto del 2013
CONSIDERANDO:

Que, conforme al Artículo 68° del T exto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modificado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2013, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a efectuar la emisión y colocación de Letras del Tesoro Público;

Que, asimismo, el Artículo 70° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 y su modificatoria establece que las emisiones de Letras del Tesoro Público se aprueban por resolución directoral de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público;

Que, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 69° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 y su modificatoria, el Artículo 7° de la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2013, dispone que para el Año Fiscal 2013, el monto máximo de saldo adeudado al 31 de diciembre de 2013, por la emisión de las Letras del Tesoro Público, no puede ser mayor a la suma de S/. 400 000 000,00 (CUATROCIENTOS
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES);

Que, de acuerdo con el Cronograma del Programa de Subastas Ordinarias de Títulos del Tesoro, publicado como Anexo N° 2 de la “Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos”, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 157-2013-EF/52, el primer martes de cada mes se realizará la subasta de Letras del Tesoro con plazos a noventa días (tres meses) y doscientos setenta días (9 meses), siendo la suma de S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES) el monto referencial de emisión por cada título;

Que, la citada emisión de instrumentos de deuda se realizará de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Letras del Tesoro aprobado por el Decreto Supremo N° 051-2013-EF;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su modificatoria, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF y su modificatoria y la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la emisión de Letras del Tesoro a noventa (90) días, por un monto referencial de S/. 15 000
000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES)
con las siguientes características:

Emisor La República del Perú Unidad Responsable Dirección General de Endeudamiento y T esoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas Plazo del instrumento 90 días Fecha de vencimiento 03 de diciembre del 2013
Denominación Letras del Tesoro 03DIC2013
Moneda Nuevos Soles Monto referencial S/. 15 000 000,00
Valor Nominal S/. 100,00
Modalidad de subasta Subasta híbrida (de precios mixtos)
Fecha de la subasta 03 de septiembre de 2013
Fecha de liquidación 04 de septiembre de 2013
Variable a subastar Tasa de rendimiento Tasa de interés Efectiva, base 30/360
Forma de emisión Al descuento Participantes de la subasta Sociedades Agentes de Bolsa autorizadas por el MEF
Monto a pagar El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio de la Letra calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.12 del Reglamento de Letras del Tesoro.

Modalidad de pago El pago se realizará mediante transferencia enviada a través del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR)
del BCRP, a la cuenta corriente en moneda nacional en el Banco Central de Reserva del Perú N° 11040103570199000000-MEF-DGTEP-Cuenta Liquidadora Moneda Nacional, hasta las 15:00 horas de la fecha de liquidación.

Pago del principal A través de CAVALI S.A. ICLV
Artículo 2°.- Aprobar la emisión de Letras del Tesoro a doscientos setenta (270) días, por un monto referencial de
S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES) cuyas características son las siguientes:

Emisor La República del Perú Unidad Responsable Dirección General de Endeudamiento y T esoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas Plazo del instrumento 270 días Fecha de vencimiento 01 de junio de 2014
Denominación Letras del Tesoro 01JUN2014
Moneda Nuevos Soles Monto referencial S/. 15 000 000,00
Valor Nominal S/. 100,00
Modalidad de subasta Subasta híbrida (de precios mixtos)
Fecha de la subasta 03 de septiembre de 2013
Fecha de liquidación 04 de septiembre de 2013
Variable a subastar Tasa de rendimiento Tasa de interés Efectiva, base 30/360
Forma de emisión Al descuento Participantes de la subasta Sociedades Agentes de Bolsa autorizadas por el MEF
Monto a pagar El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio de la Letra calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.12 del Reglamento de Letras del Tesoro.

Modalidad de pago El pago se realizará mediante transferencia enviada a través del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR)
del BCRP, a la cuenta corriente en moneda nacional en el Banco Central de Reserva del Perú N° 11040103570199000000-MEF-DGTEP-Cuenta Liquidadora Moneda Nacional, hasta las 15:00 horas de la fecha de liquidación.

Pago del principal A través de CAVALI S.A. ICLV
Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS LINARES PEÑALOZA
Director General Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público

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