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Resolución Jefatural 166-2013-J/ONPE Aprueban 'Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones
8/27/2013
Resolución Jefatural 166-2013-J/ONPE Aprueban 'Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones
Aprueban 'Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en las Cédulas de Sufragio de las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013' OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 166-2013-J/ONPE Lima, 26 de agosto de 2013 VISTOS: El Informe N° 000131-2013-OGPP/ONPE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000043-2013-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral y el Informe N° 000211-2013-OGAJ/ONPE
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 166-2013-J/ONPE
Lima, 26 de agosto de 2013
VISTOS:
El Informe N° 000131-2013-OGPP/ONPE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000043-2013-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral y el Informe N° 000211-2013-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 37° de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859, la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica;
Que, en atención a lo previsto en el literal c) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley N° 26487, es función de este organismo electoral planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente;
Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2013-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de mayo de 2013, se convocó a Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima el día domingo 24 de noviembre de 2013, con la finalidad de elegir a 22 autoridades municipales del Concejo Municipal, para completar el período de gobierno municipal 2011-2014;
Que, de conformidad con los artículos 176° y 182° de la Constitución Política del Perú, el sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas, por votación directa; siendo competencia de la ONPE, la organización de todos los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular;
Que, según lo dispuesto por el artículo 165° de la Ley Orgánica de Elecciones, el procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas; debiendo efectuarse la ubicación de tales candidaturas o símbolos mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público;
Que, en tal sentido, la Gerencia de Gestión Electoral, a través del informe de vistos, ha propuesto las instrucciones para el sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en las cédulas de sufragio que participarán en las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013; los mismos que cuentan con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto expresada en el Informe N° 000131-2013-OGPP/ONPE; por lo que resulta necesario aprobar tal procedimiento;
De conformidad con lo dispuesto en los incisos c), g) y h) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Ley N° 26487; así como en los literales j) y cc) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado con Resoluciones Jefaturales N° 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia de Gestión Electoral, de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar las 'Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en las Cédulas de Sufragio de las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013', que consta de seis (6) artículos y como Anexo N° 1 forma parte de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de los personeros de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional, www.onpe. gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANO CUCHO ESPINOZA
Jefe ANEXO N° 1
INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE
UBICACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS
EN LAS CÉDULAS DE SUFRAGIO DE LAS
NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES PARA LA
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA 2013
Artículo 1°.- Etapa del sorteo El sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en las cédulas de sufragio de las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013 se realizará en una sola etapa.
Artículo 2°.- Sede del sorteo El sorteo mencionado en el artículo anterior se realizará en la sede central de la ONPE.
Artículo 3°.- Responsables del sorteo y actividades preparatorias El sorteo de ubicación de las organizaciones políticas estará a cargo de la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional de la ONPE.
Previamente al sorteo, la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional, confirmará la presencia de un Notario Público, y, de ser el caso, la concurrencia de representantes de los organismos electorales, de la Defensoría del Pueblo, de los observadores y de los personeros de las organizaciones políticas.
Artículo 4°.- Sorteo de ubicación de las organizaciones políticas El sorteo de ubicación de las organizaciones políticas, en la cédula de sufragio de las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013, se realizará de acuerdo a los pasos siguientes:
a) Se ordenarán alfabéticamente a cada organización política, de acuerdo a su denominación.
b) De acuerdo al orden alfabético, a cada organización política, se les asignará un número correlativo, empezando por el 1 hasta completar la numeración de todas las organizaciones políticas participantes.
c) Se utilizarán bolillos, los cuales se identificarán con los números que correspondan al orden alfabético de todas las organizaciones políticas participantes.
d) Los bolillos serán mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero por un funcionario de la ONPE.
e) Se invitará a un funcionario de la ONPE, para que luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes.
f) La organización política al que corresponda el primer bolillo extraído ocupará el primer lugar; la organización política al que corresponda el segundo bolillo ocupará el segundo lugar, y así sucesivamente hasta concluir con el sorteo.
g) El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y el funcionario de la ONPE registrará los resultados.
Artículo 5°.- Retiro o desistimiento de organización política En el caso que alguna organización política se retire o desista de participar en el proceso electoral, la ubicación asignada será tomada por la organización política a la que corresponda la posición inmediata inferior, según el orden establecido mediante sorteo.
Artículo 6°.- Publicidad y elaboración de actas de los resultados del sorteo Una vez obtenido el resultado del sorteo mencionado, se hace pública la ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio. De lo anterior, se levantará el acta respectiva, en cuatro ejemplares.
Uno de los ejemplares se entregará al Notario Público, otro al Jurado Nacional de Elecciones, otro al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el cuarto quedará en poder de la ONPE. Asimismo, se entregará copias del acta al representante de la Defensoría del Pueblo, a los personeros y a los observadores que lo soliciten.
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