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Resolución Ministerial 151-2013-TR Modifican el artículo 22° de los Lineamientos para el Otorgamiento del

Modifican el artículo 22° de los Lineamientos para el Otorgamiento del Reconocimiento de Buenas Prácticas Laborales, aprobado mediante R.M. N° 175-2010-TR TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2013-TR Lima, 26 de agosto de 2013 VISTO: El Oficio N° 870-2013-MTPE/2/14, de la Dirección General de Trabajo, el Informe N° 998-2013-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene como función
Modifican el artículo 22° de los Lineamientos para el Otorgamiento del Reconocimiento de Buenas Prácticas Laborales, aprobado mediante R.M. N° 175-2010-TR

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2013-TR


Lima, 26 de agosto de 2013
VISTO: El Oficio N° 870-2013-MTPE/2/14, de la Dirección General de Trabajo, el Informe N° 998-2013-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene como función exclusiva promover normas y estándares nacionales de Responsabilidad Social Empresarial en materia laboral, según lo dispone el numeral 7.8 del artículo 7° de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 175-2010-TR, se aprueban los Lineamientos para el Otorgamiento del Reconocimiento de Buenas Prácticas Laborales, cuya finalidad primordial es identificar y premiar a aquellas empresas que constituyan modelos nacionales en la defensa, respeto y promoción de los derechos fundamentales de los trabajadores, a fin de multiplicar estos ejemplos y lograr un masivo compromiso de nuestro sector empresarial con la Responsabilidad Social Empresarial;

Que, el artículo 22° de los referidos Lineamientos, establece como beneficios del Reconocimiento de Buenas Prácticas Laborales, la publicación en diferentes medios de comunicación masiva de la lista de las empresas que han obtenido el Reconocimiento de Buenas Prácticas Laborales; la publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de las Buenas Prácticas Laborales; el otorgamiento del Reconocimiento de Buenas Prácticas Laborales en los idiomas español e inglés a fin de que pueda ser valorada por los clientes o inversionistas extranjeros; y el link de acceso directo al Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, los beneficios que implica el Reconocimiento de Buenas Prácticas Laborales, deben estar acordes con la dimensión de su finalidad, que impulsen a las empresas nacionales y extranjeras asentadas en el territorio nacional a implementar o mejorar prácticas laborales con un enfoque de trabajo decente, por lo que resulta necesario establecer beneficios adicionales a los previstos en el artículo 22° de los Lineamientos;

Que, en mérito a lo expuesto, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 998-2013.

MTPE/4/8, se pronuncia favorablemente sobre la emisión de la presente resolución;

Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Director General de Trabajo, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 22° de los Lineamientos para el Otorgamiento del Reconocimiento de Buenas Prácticas Laborales, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 175-2010-TR, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2°.- Disponer que el Anexo al que se hace referencia en el artículo 1° de la presente resolución se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), y en la página web del Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

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