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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 278-2013/SUNAT Dejan sin efecto designación de Fedatarios
9/10/2013
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 278-2013/SUNAT Dejan sin efecto designación de Fedatarios
Dejan sin efecto designación de Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Lima y de la Oficina Zonal de Huacho y rectifican error material en la Resolución de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 278-2013/SUNAT Lima, 6 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1, que cada entidad debe designar
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 278-2013/SUNAT
Lima, 6 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que el artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1, que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención;
Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como pruebas;
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT, de fecha 6 de junio de 2013, se designó como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Lima y de la Oficina Zonal de Huacho, entre otros, a los trabajadores María Josefa Burgos Zavaleta, Marcial Enrique Campos Fernández, Enma Soledad Córdova Azparrentt, Ivonne Lenka Huanca Vargas, Gladys Margot Laban Pauta, Felipe Ricardo Pazos García, María Elena Peralta Miranda y Jorge Mario Uria Portugal;
Que el trabajador Marcial Enrique Campos Fernández fue trasladado a la División de Control de la Deuda y Cobranza de la Intendencia Regional Ayacucho y el resto de los trabajadores mencionados en el considerando precedente fueron trasladados a la División de Auditoría II de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales;
Que por tanto resulta necesario dejar sin efecto la designación de los mencionados trabajadores como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Lima y de la Oficina Zonal de Huacho;
Que por otro lado, al momento de detallar los nombres y apellidos de los trabajadores designados como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Lima y de la Oficina Zonal de Huacho, en el Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT se consignó de manera incorrecta el apellido de las trabajadoras María Luisa Aguilar Plascencia, Enma Soledad Córdova Azparrentt y Petra Del Rosario Seminario Córdova, así como el nombre del trabajador Miguel Meza Pérez;
Que según lo previsto en el artículo 201° de la Ley N.°
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es posible rectificar un error material siempre y cuando no se altere el contenido ni el sentido de la decisión, supuesto que se cumple respecto de la situación mencionada en el considerando precedente;
Que por tanto resulta necesario rectificar el Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT;
En uso de la facultad conferida en el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación de los siguientes trabajadores como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Lima y de la Oficina Zonal de Huacho:
- María Josefa Burgos Zavaleta - Marcial Enrique Campos Fernández - Enma Soledad Córdova Azparrentt - Ivonne Lenka Huanca Vargas - Gladys Margot Laban Pauta - Felipe Ricardo Pazos García - María Elena Peralta Miranda - Jorge Mario Uria Portugal Artículo 2°.- Rectificar el error material incurrido en el Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT, según el siguiente detalle:
Página 1
DICE:
AGUILAR PLASENCIA MARÍA LUISA
DEBE DECIR:
AGUILAR PLASCENCIA MARÍA LUISA
DICE:
CÓRDOVA AZPARRENT ENMA SOLEDAD
DEBE DECIR:
CÓRDOVA AZPARRENTT ENMA SOLEDAD
Página 2
DICE:
MEZA PÉREZ MIGUEL ANGEL
DEBE DECIR:
MEZA PÉREZ MIGUEL
Página 3
DICE:
SEMINARIO CÓRDOVA DE LAZARTE PETRA DEL
ROSARIO
DEBE DECIR:
SEMINARIO CÓRDOVA PETRA DEL ROSARIO
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
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