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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2013-EF/52 Aprueban Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos
9/28/2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2013-EF/52 Aprueban Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos
Aprueban Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos por el Ministerio y las empresas EMAPAVIGS S.A., SEMAPACH S.A., SEMAPA BARRANCA S.A. y SEDAJULIACA S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2013-EF/52 Lima, 27 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 245-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, hasta por EUR 7 449 766,19 (SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2013-EF/52
Lima, 27 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 245-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, hasta por EUR 7 449 766,19 (SIETE MILLONES
CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 19/100 EUROS) para financiar parcialmente el "Programa de Medidas de Rápido Impacto II";
Que, el Artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que las Unidades Ejecutoras del "Programa de Medidas de Rápido Impacto II" serán la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur. S.A.
- EMAPAVIGS S.A., la Empresa Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. – SEMAPACH
S.A., la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Barranca S.A. – SEMAPA BARRANCA
S.A., y la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Juliaca S.A. – SEDAJULIACA S.A.; siendo el coordinador, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Unidad Coordinadora del Programa;
Que, de conformidad con el Artículo 3 del citado Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Endeudamiento y T esoro Público, traspasará a las empresas antes mencionadas, en la porción que les corresponda, Ios recursos de la aludida operación de endeudamiento externo, mediante Convenios de Traspaso de Recursos, los mismos que serán aprobados por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas;
Que, el Artículo 5 del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de Endeudamiento Externo contratada con el KfW serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos que oportunamente le proporcionen las referidas empresas;
Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modificado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispone que el reembolso a favor del Gobierno Nacional correspondiente a compromisos generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a través de un fideicomiso;
Que, de acuerdo con el numeral 7.5 del Artículo 7 del Contrato de Préstamo suscrito el 20.12.2012, concordado con el numeral 1 del Artículo I del Acuerdo Separado de dicho Contrato de Préstamo firmado el 08.07.2013, de ser el caso, los recursos del préstamo del KfW se canalizarán a través de un fideicomiso a ser constituido por cada una de las referidas empresas en el Banco de la Nación, con la participación del Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su calidad de coordinador del Programa;
Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente disponer que cada una de las empresas antes citadas constituya un fideicomiso con el Banco de la Nación, como mecanismo de devolución de los fondos, a fin de garantizar el oportuno traslado al Ministerio de Economía y Finanzas de los recursos necesarios para atender el pago del servicio de deuda de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo N° 245-2012-EF , así como para administrar, de ser necesario, los recursos de la mencionada operación de endeudamiento externo;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF y su modificatoria, el Decreto Supremo N° 245-2012-EF y la Resolución Directoral N° 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Apruébense los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur. S.A. - EMAPAVIGS S.A., la Empresa Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. – SEMAPACH S.A., la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Barranca S.A. – SEMAPA BARRANCA S.A., y la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Juliaca S.A. – SEDAJULIACA S.A., en donde se establecen los términos y condiciones del traslado, en la porción que les corresponda, de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo N° 245-2012-EF, así como lo relativo a la devolución de los recursos para el pago del servicio de la deuda de la citada operación de endeudamiento.
Artículo 2.- Apruébese los Contratos de Fideicomiso a ser suscritos por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, con la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur. S.A.
-EMAPAVIGS S.A., la Empresa Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. – SEMAPACH
S.A., la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Barranca S.A. – SEMAPA BARRANCA
S.A., y la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Juliaca S.A. – SEDAJULIACA S.A.; y con el Banco de la Nación, en calidad de fiduciario; con la intervención del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en calidad de coordinador del Programa;
con el objeto de administrar los recursos provenientes de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo N° 245-2012-EF , así como para garantizar la devolución de los recursos para el pago del servicio de la deuda de la citada operación de endeudamiento externo.
Artículo 3.- Autorízase al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, los Convenios de Traspaso de Recursos y los Contratos de Fideicomiso que se aprueban por los Artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, así como a suscribir toda documentación que permita su ejecución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
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