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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 555-2013/MINSA Modifican Documento Técnico aprobado por R.M. N°
9/04/2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 555-2013/MINSA Modifican Documento Técnico aprobado por R.M. N°
Modifican Documento Técnico aprobado por R.M. N° 289-2013/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 555-2013/MINSA Lima, 29 de agosto del 2013 Visto, el expediente N° 13-070335-001, que contiene el Memorándum N° 0848-2013-OGPP-OPGI/MINSA y el Informe N° 086-2013-OGPP-OPGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el responsable del
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 555-2013/MINSA
Lima, 29 de agosto del 2013
Visto, el expediente N° 13-070335-001, que contiene el Memorándum N° 0848-2013-OGPP-OPGI/MINSA y el Informe N° 086-2013-OGPP-OPGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el responsable del programa presupuestal es el titular de la entidad que tiene a cargo la implementación de dicho programa, quien, además, debe dar cuenta sobre el diseño, uso de los recursos públicos asignados y el logro de los resultados esperados. En el caso de programas presupuestales que involucren a más de una entidad, la responsabilidad recae en el titular de la entidad que ejerce la rectoría de la política pública correspondiente a dicho programa presupuestal;
Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2012-EF-50.01, se aprueba la "Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013", la cual establece disposiciones para la identificación, diseño, revisión, modificación y registro de los Programas Presupuestales (PP), los cuales conforman la unidad básica de programación del presupuesto del sector público;
Que, con Resolución Ministerial N° 289-2013/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico denominado "Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materna Neonatal;
Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA;
Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis; Enfermedades No Transmisibles; Prevención y Control del Cáncer; Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias; Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad; y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres";
Que, el artículo 4° de la citada Resolución Ministerial señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es la responsable de la revisión del citado Documento Técnico;
Que, con Informe N° 086-2013-OGPP-OPGI/MINSA, la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que resulta necesario modificar el referido Documento Técnico respecto de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control del Cáncer y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias de Desastres, para mejorar la planificación operativa y ejecución presupuestal de las ejecutoras de salud en el marco del presupuesto del año fiscal 2013;
Estando a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
Con el visado del Director General de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con el inciso l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modificar el Documento Técnico denominado "Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materna Neonatal;
Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA;
Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis; Enfermedades No Transmisibles; Prevención y Control del Cáncer; Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias; Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad; y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres", aprobado por Resolución Ministerial N° 289-2013/MINSA, con la finalidad de efectuar precisiones respecto de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materno Neonatal; Prevención y Control del Cáncer; y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias de Desastres, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- Dejar subsistentes los demás extremos del "Documento Técnico Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional, Salud Materna Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias, Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres".
Artículo 3°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional, desarrollará las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el Documento Técnico señalado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4°.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
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