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RESOLUCIÓN N° 859-A-2013-JNE Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del concejo
9/28/2013
RESOLUCIÓN N° 859-A-2013-JNE Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del concejo
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 859-A-2013-JNE Expediente N° J-2013-01113 MIRAFLORES - LIMA - LIMA Lima, dieciséis de setiembre de dos mil trece VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Mirafiores, provincia y departamento de Lima, al haberse declarado la vacancia del regidor Remy Michael Balarezo Núñez, por haber incurrido en la causal
RESOLUCIÓN N° 859-A-2013-JNE
Expediente N° J-2013-01113
MIRAFLORES - LIMA - LIMA
Lima, dieciséis de setiembre de dos mil trece VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Mirafiores, provincia y departamento de Lima, al haberse declarado la vacancia del regidor Remy Michael Balarezo Núñez, por haber incurrido en la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ANTECEDENTES
1. Por Acuerdo de Concejo N° 085-2013-MM, adoptado en la sesión extraordinaria del 12 de agosto de 2013, el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Mirafiores declaró la vacancia del regidor Remy Michael Balarezo Núñez. Dicha decisión fue adoptada ante su inasistencia a las sesiones ordinarias consecutivas de concejo realizadas con fechas 23 y 25 de julio y 2 de agosto de 2013, causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM).
2. Mediante el Oficio N° 722-2013-SG/MM, presentado el 4 de setiembre de 2013, la secretaria general de la Municipalidad Distrital de Mirafiores solicitó la convocatoria de candidato no proclamado (fojas 1 a 35, incluido anexos).
CONSIDERANDOS
1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.
2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento.
3. Del análisis de autos se puede apreciar que el regidor Remy Michael Balarezo Núñez inasistió injustificadamente a las sesiones ordinarias de concejo del 23 y 25 de julio y del 2 de agosto de 2013, según las respectivas actas que obran en el expediente, de fojas 10 a 19, 20 a 22 y 23 a 28.
Asimismo, puede observarse que el regidor Remy Michael Balarezo Núñez fue notificado el 2 de agosto de 2013 con la convocatoria a la sesión extraordinaria de concejo para tratar la solicitud de vacancia en su contra, conforme consta a fojas 32 de autos, y que fue notificado, el 12 de agosto de 2013, con el Acuerdo de Concejo N° 085-2013/MM, que declaró su vacancia, según constancias de notificaciones que obran a fojas 33 y 34 de autos.
Por otro lado, aparece en el expediente, a fojas 35, la constancia emitida por la secretaria general, de fecha 4 de setiembre de 2013, que certifica que el Acuerdo de Concejo N° 085-2013/MM no ha sido impugnado. De acuerdo con ello, la declaración de vacancia ha quedado consentida.
4. Por ello, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir las credenciales correspondientes a los accesitarios llamados por ley.
De conformidad con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Así, corresponde convocar a Israel Orlando Acuña Wong Coquis, candidato no proclamado de la organización política Partido Democrático Somos Perú, en reemplazo de Remy Michael Balarezo Núñez, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Remy Michael Balarezo Núñez, en el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Mirafiores, provincia y departamento de Lima, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Remy Michael Balarezo Núñez como regidor del Concejo Distrital de Mirafiores, provincia y departamento de Lima, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Israel Orlando Acuña Wong Coquis, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 40763732, para que asuma el cargo de regidor del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Mirafiores, provincia y departamento de Lima, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
VELARDE URDANIVIA
Samaniego Monzón Secretario General
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