9/20/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 510-2013-DE/MGP

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 510-2013-DE/MGP Lima, 19 de setiembre de 2013 Vista, la Carta G.500-3011 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 9 de agosto de 2013; CONSIDERANDO: Que, en el Acta de la VIII Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de Brasil, realizada entre el 12 al 15 de setiembre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú, acordaron realizar la IX Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia, en la ciudad de Río de Janeiro,

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 510-2013-DE/MGP
Lima, 19 de setiembre de 2013
Vista, la Carta G.500-3011 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 9 de agosto de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, en el Acta de la VIII Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de Brasil, realizada entre el 12 al 15 de setiembre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú, acordaron realizar la IX Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, durante el segundo semestre de 2013;

Que, la Marina de Brasil, ha cursado invitación a la Marina de Guerra del Perú, para que UN (1) Oficial Almirante y TRES (3) Oficiales Superiores, participen en la IX Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia entre la Marina de Brasil y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 23 al 26 de setiembre de 2013;

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5:

Medidas de Confianza Mutua, Ítem 286, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013, y conforme a la modificación aprobada con Resolución Suprema N° 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, se modificó la escala de viáticos de viaje al exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos, considerando que la aplicación de la nueva escala no implica variación de los montos aprobados en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013 y su modificatoria;
en tal sentido, la Marina de Guerra del Perú, ha dispuesto reducir un día para el cumplimiento del referido viaje en Comisión de Servicio;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Reynaldo Tomás Edmundo Hilarión PIZARRO Antram, Jefe del Estado Mayor General de la Marina, del Capitán de Navío Miguel Martín JIMENEZ
La Rosa, del Capitán de Navío Rodolfo SABLICH Luna Victoria y del Capitán de Fragata Christian Alexis SALAS
Ormeño, para que participen en la IX Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia entre la Marina de Brasil y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 23
al 25 de setiembre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004:

Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5
de junio de 2002;

Que, con el fin de prever la participación del Personal Naval en las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación;
así como su retorno UN (1) día después, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Reynaldo Tomás Edmundo Hilarión PIZARRO Antram, Jefe del Estado Mayor General de la Marina, CIP. 09718473, DNI. 43319176, del Capitán de Navío Miguel Martín JIMENEZ La Rosa, CIP.
04830283, DNI. 43338095, del Capitán de Navío Rodolfo SABLICH Luna Victoria, CIP. 01860343, DNI. 43439292 y del Capitán de Fragata Christian Alexis SALAS Ormeño, CIP. 00954299, DNI. 25745713, para que participen en la IX Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia entre la Marina de Brasil y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 23 al 25 de setiembre de 2013;
así como autorizar su salida del país el 22 y su retorno el 26 de setiembre de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) - Lima US$. 949.00 x 4 personas US$. 3,796.00
Viáticos:

US$. 370.00 x 3 dias x 4 personas US$. 4,440.00
---------------------TOTAL A PAGAR: US$. 8,236.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4°.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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