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ORDENANZA REGIONAL N° 334 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Cuadro para
10/25/2013
ORDENANZA REGIONAL N° 334 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Cuadro para
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Cuadro para Asignación de Personal -CAP de la Sede del Gobierno Regional Amazonas ORDENANZA REGIONAL N° 334 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre
ORDENANZA REGIONAL N° 334
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192°
de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV, sobre descentralización, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias;
en Sesión Ordinaria de fecha 18 de Setiembre del 2013, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales, de conformidad con el Art. 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; en tal contexto, de conformidad con el Inc. a) del Art. 9°
del acotado cuerpo normativo, tiene como una de sus competencias constitucionales "Aprobar su organización interna y su presupuesto".
Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional, de conformidad con lo previsto en el Art. 15°, Inc. a) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, que señala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; precepto que le confiere facultad de aprobar los documentos de gestión, entre otros de la Sede del Gobierno Regional Amazonas y Dependencias Públicas, en concordancia con el Art. 38° del mencionado cuerpo normativo, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional.
Que, el Presidente Regional, ha tramitado ante el Consejo Regional, para su aprobación, los documentos de gestión modificados de la Sede del Gobierno Regional Amazonas: Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Organigrama Estructural y Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en base a algunos cambios organizacionales sustanciales producidos, tal es así, que la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), se sustenta en las siguientes acciones administrativas: creación de la Autoridad Regional Ambiental Amazonas-ARA Amazonas, sobre la base de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente-RENAMA, mediante Ordenanza Regional N° 327-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR, de fecha 17 de Mayo del 2013, como Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional Amazonas, la que se encuentra conformada por las siguientes Unidades Orgánicas: Dirección Ejecutiva de Gestión de Recursos Naturales; Dirección Ejecutiva de Gestión Ambiental;
Dirección Ejecutiva de Gestión de Bosques y de Fauna Silvestre y 06 Sedes Provinciales de la Autoridad Regional Ambiental Amazonas, también se crea la Oficina Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, como un órgano dependiente de la Gerencia General Regional, teniendo como base la Sub Gerencia de Defensa Civil, que se desprende de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, cumpliendo con la Ley N° 27933, así como la Ley N° 28478, Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, en la que se preverá al Director como Secretario Técnico del Comité Regional de Seguridad Ciudadana; asimismo se está implementando la Ley N° 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad, a través de la Sub Gerencia de Desarrollo Social, Igualdad de Oportunidades y Atención a las Personas con Discapacidad. En cuanto a la modificación del Cuadro Para Asignación de Personal (CAP), se sustenta en el financiamiento de 04 Plazas de Confianza de la Autoridad Regional Ambiental Amazonas, como son: 1)
Director de Programa Sectorial II, Director Ejecutivo de Gestión de Recursos Naturales, Nivel Remunerativo F.3;
2) Director de Programa Sectorial II, Director Ejecutivo de Gestión Ambiental, Nivel Remunerativo F.3; 3) Director de Programa Sectorial II, Director Ejecutivo de Bosques y Fauna Silvestre, Nivel Remunerativo F-3 y Director de Programa Sectorial II y 4), Director Sede Provincial Condorcanqui, Nivel Remunerativo F3; la transferencia financiera de la Plaza de Ingeniero III, Categoría Remunerativa SPB, de la Sub Gerencia de Estudios, de la Gerencia Regional de Infraestructura, vacante por renuncia del titular y de la plaza vacante de Técnico Administrativo I, Categoría Remunerativa STC, de la Oficina de Abastecimientos y Patrimonio, a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, para financiar las Plazas de Ejecutor Coactivo y de Técnico Coactivo, ello en virtud a acuerdo aprobado por el Comité de Gerentes del Gobierno Regional de Amazonas; se incorporan 40 cargos de la Autoridad Regional Ambiental Amazonas; se considera el Ascenso de dos trabajadores de la Sede Regional, de Especialista en Finanzas III, Categoría Remunerativa SPB, a Especialista en Finanzas IV, Categoría Remunerativa SPA de la Sub Gerencia de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y de Técnico Administrativo I STC, al cargo de Técnico Administrativo II STB, de la Sub Gerencia de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades y finalmente cambio de denominación de la Plaza de Técnico Administrativo II, de la Sub Gerencia de Defensa Civil, ocupada por el Sr. Jaime Huamán Defina, por la de Chofer.
Que, el Cuadro Para Asignación de Personal, objeto de la presente Ordenanza Regional, ha sufrido una variación, con respecto al anterior vigente aprobado con Ordenanza Regional N° 307-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR, de fecha 08 de Mayo del 2012, que contiene un total de 172 cargos, de los cuales 123 son cargos ocupados, 49
previstos y 25 cargos de confianza; el citado documento de gestión, por los cambios organizacionales y acciones administrativas realizadas, conforme a lo descrito en líneas precedentes, sobre todo por la incorporación de 40 cargos de la Autoridad Regional Ambiental Amazonas-ARA Amazonas, de los cuales 03 son Ocupados, 37
Previstos y 08 cargos de Confianza, más 04 cargos de confianza financiados, se estructura en un total de 211
cargos, de los cuales 125 son Ocupados, 86 son Previstos y 34 Cargos de Confianza.
Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
de la Sede del Gobierno Regional, ha sido modificado, observando las disposiciones vigentes contenidas en el D.S. 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) en las Entidades de la Administración Pública; así como cumple con las normas establecidas en la Ley N° 28175 Ley Marco del Empleo Público, en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por D.S.N° 090-PCM, entre otras normas conexas.
Que, el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP)
de la Sede del Gobierno Regional, ha sido modificado teniendo en cuenta las disposiciones normativas del D.S.
N° 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, entre otras disposiciones legales vigentes en la materia, contando ambos documentos de gestión con opiniones favorables de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática y de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, se hace conveniente su aprobación.
Que, la modificación del Organigrama Estructural del Gobierno Regional Amazonas, responde a los cambios sustentados en el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal, de la Sede del Gobierno Regional Amazonas; por lo que es conveniente su aprobación.
Que, estando a lo aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 018, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 169-2013, de fecha 20 de Setiembre del 2013, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc.
a) del Art. 37°, de la Ley N° 27867 y sus modificatorias N° 28968 y 29053 –Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modificado, de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, que contiene cinco (05)
Títulos, Catorce (14) Capítulos; Ciento Diecisiete (117)
Artículos, Cuatro (04) Disposiciones Complementarias, Cuatro (04) Disposiciones Transitorias y Finales, en 67 folios y el Organigrama Estructural de la Sede del Gobierno Regional Amazonas.
Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) modificado, de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, en 33 folios.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, la Ordenanza Regional N° 307-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR, de fecha 08 de mayo del 2012 y deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional, el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgación.
En Chachapoyas, a los 25 días del mes de setiembre del 2013.
WALTER HUGO SANCHEZ FERNÁNDEZ.
Presidente Consejo Regional Amazonas
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 9 días del mes de octubre del 2013.
JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO
Presidente
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