10/24/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 096-2013-P-CE-PJ

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 096-2013-P-CE-PJ Lima, 22 de octubre de 2013 VISTO: El Memorándum N° 005-2013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del doctor Uriel Estrada Pezo, Juez de Paz Letrado Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, actualmente desempeñándose como Juez Especializado Penal Provisional en el citado Distrito Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 096-2013-P-CE-PJ
Lima, 22 de octubre de 2013
VISTO:

El Memorándum N° 005-2013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del doctor Uriel Estrada Pezo, Juez de Paz Letrado Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, actualmente desempeñándose como Juez Especializado Penal Provisional en el citado Distrito Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Suprema N° 475-84-JUS, de fecha 11 de diciembre de 1984, se nombró al doctor Uriel Estrada Pezo como Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Juan de Mirafiores, entonces competencia del Distrito Judicial de Lima. Posteriormente, fue designado Juez Especializado Penal Provisional de la Corte Superior de Justicia de Lima, y luego por Resolución Administrativa N° 096-2010-P-CSJLISUR/PJ, del 19 de noviembre de 2010, fue reasignado como Juez Especializado Penal Provisional del Primer Juzgado Penal Transitorio para procesos con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.

Finalmente, por Resolución N° 374-2013-P-CSJLISUR/ PJ, del 28 de mayo del año en curso, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur le encargó el despacho del Segundo Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador, donde actualmente viene desempeñándose.

Segundo. Que el cargo de juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107
°
, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial.

Tercero. Que, al respecto, del Memorándum N° 005-2013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial; así como de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC y partida de nacimiento anexos, aparece que el mencionado juez nació el 26 de octubre de 1943. Por consiguiente, el 26 de octubre del año en curso cumplirá setenta años de edad; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad.

En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011.

RESUELVE:

Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del día 26 de octubre del año en curso, al doctor Uriel Estrada Pezo en el cargo de Juez de Paz Letrado Titular del Distrito de San Juan de Mirafiores, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, actualmente desempeñándose como Juez Especializado Penal Provisional del citado Distrito Judicial; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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