10/31/2013

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 444-2013-EM-DGE Modifican Norma Técnica para el Intercambio de Información

Modifican Norma Técnica para el Intercambio de Información en Tiempo Real para la Operación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 444-2013-EM-DGE Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 243-2012-EM/DGE, publicada 20 de noviembre de 2012, se aprobó la Norma Técnica para el Intercambio de Información en Tiempo Real para la Operación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (NTIITR), cuyo texto consta de cinco (5) Títulos, cinco (5) Disposiciones Complementarias,
Modifican Norma Técnica para el Intercambio de Información en Tiempo Real para la Operación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 444-2013-EM-DGE
Lima,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral N° 243-2012-EM/DGE, publicada 20 de noviembre de 2012, se aprobó la Norma Técnica para el Intercambio de Información en Tiempo Real para la Operación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (NTIITR), cuyo texto consta de cinco (5) Títulos, cinco (5) Disposiciones Complementarias, ocho (8) Disposiciones Transitorias y cuatro (4) Anexos;

Que, la NTIITR tiene como objeto establecer las responsabilidades técnicas y procedimientos relacionados con la operación de la Red ICCP del SEIN (RIS), para el intercambio de información en tiempo real entre el Centro de Control del COES Y los Centros de Control de los Integrantes del SEIN;

Que, resulta necesario facilitar la acción de monitoreo de los fiujos y topología del SEIN por parte del OSINERGMIN
y la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, para lo cual se requiere la conexión de los organismos antes citados a la denominada Red ICCP
del SEIN (RIS);

De conformidad con la atribución a que se refiere el inciso u) del Artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Agregar la Sexta Disposición Complementaria a la Norma Técnica para el Intercambio de Información en Tiempo Real para la Operación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, aprobada por Resolución Directoral N° 243-2012-EM/DGE, la misma que quedará redactada de la siguiente manera:
"Sexta: El COES retrasmitirá a OSINERGMIN y, directamente o a través de éste a la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, en tiempo real, la información recibida de los Integrantes de la RIS, a través de líneas que cumplirán con las especificaciones técnicas exigidas a dichos Integrantes."
Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS A. NICHO DÍAZ
Director General Dirección General de Electricidad

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