10/06/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 423-2013-MEM/DM Autorizan Transferencia de Recursos a favor de ADINELSA y

Autorizan Transferencia de Recursos a favor de ADINELSA y SEAL S.A. para subsanación de observaciones y ejecución de proyectos de electrificación rural en diversas localidades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 423-2013-MEM/DM Lima, 4 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal e) de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de
Autorizan Transferencia de Recursos a favor de ADINELSA y SEAL S.A. para subsanación de observaciones y ejecución de proyectos de electrificación rural en diversas localidades
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 423-2013-MEM/DM
Lima, 4 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal e) de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951
– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctricas estatales, destinadas exclusivamente a financiar inversiones adicionales para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura eléctrica de las empresas distribuidoras de electricidad, que abastecen el servicio eléctrico rural;

Que, la referida disposición establece que la transferencia de los recursos se financiarán con cargo al presupuesto institucional correspondiente al año fiscal 2013 del pliego Ministerio de Energía y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, las referidas transferencias de recursos se autorizan mediante resolución del titular del pliego, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, en aplicación del artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 28749 – Ley General de Electrificación Rural, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM y cuyo procedimiento ha sido regulado por la Directiva N° 002-2013-MEM/DGER, el cual autoriza realizar transferencias para inversiones adicionales que sean requeridas, para subsanar deficiencias en la construcción de acuerdo a las normas técnicas de electrificación rural y/o para ampliar la cobertura del servicio eléctrico rural, serán financiados por la DGER
con los recursos para electrificación rural;

Que, mediante documentos GG-530/2013-ADINELSA, de fecha 24 de septiembre y SEAL GG-0295/2013 de fecha 26 de septiembre, la EMPRESA DE ADMINISTRACION
DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA
y la SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A
– SEAL S.A., han solicitado a la DGER/MEM recursos económicos, para la subsanación de observaciones de cuatro (4) proyectos de electrificación rural que se detalla en el Anexo 01 y para la ejecución de un (1) proyecto de electrificación rural que se detalla en el Anexo 02
respectivamente, sustentados con sus respectivos informes técnicos;

Que, mediante Memorándums N° 0612-2013/MEM/ DGER-JEST y N° 0616-2013/MEM/DGER-JEST, la Dirección General de Electrificación Rural, del Pliego Institucional, ha dado conformidad a los informes técnicos y a las solicitudes de Transferencias de Recursos, a favor de la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE
INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. – ADINELSA, por el monto de S/. 6 151 784,00, para la subsanación de observaciones de cuatro (4) proyectos de electrificación rural detallados en el Anexo 01, y, a favor de la
SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL
S.A., por el monto de S/. 11 572 886.00, para la ejecución de un (1) proyecto de electrificación rural detallado en el Anexo 02, transferencias que se realizarán con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados;

Que, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito Convenios Específicos con la EMPRESA DE
ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA
S.A. – ADINELSA. y con la SOCIEDAD ELECTRICA DEL
SUR OESTE S.A – SEAL S.A., para la transferencia de recursos, para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura eléctrica, de acuerdo a lo establecido en la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y la Ley N° 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, y la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 – Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modificada por Resolución Directoral N° 022-2011-EF/50.01;

Con la opinión favorable del Director General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina de Administración, del Viceministro de Energía, del Director General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorízase una Transferencia de Recursos por la suma total de SEIS MILLONES
CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS
OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

6 151 784,00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto del Pliego 016
- Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2013;
a favor de la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE
INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA, para la subsanación de observaciones de cuatro (4)
proyectos de electrificación rural, según Anexo 01.

Artículo 2°.- Autorízase una Transferencia de Recursos por la suma total de ONCE MILLONES QUINIENTOS
SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 572 886.00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2013; a favor de la
SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL
S.A., para la ejecución de un (1) proyecto de electrificación rural, según Anexo 02.

Artículo 3°.- Las transferencias antes citadas se efectuarán según el siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados
GASTOS DE CAPITAL
GENERICA DE GASTO: 2.5 OTROS GASTOS
Artículo 4°.- Los recursos de las Transferencias autorizadas, serán destinadas exclusivamente para los fines indicados en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución Ministerial no pudiendo ser destinados, bajo responsabilidad; a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5°.- Los términos y obligaciones de las Transferencias de los Recursos se encuentran previstos en los Convenios de Transferencia para el mejoramiento, ampliación y reforzamiento de proyectos de electrificación rural, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE
INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA y la
SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A – SEAL
S.A.

Artículo 6°.- Las entidades que reciben las Transferencias de Recursos informarán a la Unidad Ejecutora N° 005 - Dirección General de Electrificación Rural, los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos con relación a su cronograma de ejecución y en las disposiciones contenidas en los Convenios referidos en el artículo que antecede.

Regístrese, comuníquese y publíquese
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas
ANEXO 01
EMPRESA DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUC-TURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA
N° PROYECTO MONTO (S/.)
1PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO
CAJAMARCA EJE ASUNCION – COSPAN
1 004 443.74
2 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO LONYA
GRANDE I ETAPA Y PEQUEÑO SISTEMA
ELECTRICO LONYA GRANDE SEGUNDA
ETAPA
2 282 130.85
3PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO
CHACHAPOYAS II ETAPA
1 290 756.97
4PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO
CAJABAMBA – SAN MARCOS –
HUAMACHUCO
1 574 452.35
ANEXO 02
SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A
– SEAL
N° PROYECTOS MONTO (S/.)
1 INSTALACION LINEA DE TRANSMISION 60
Kv BELLA UNION – CHALA Y SUBESTACION
CHALA, PROVINCIA DE CARAVELI REGION
AREQUIPA
11 572
885.10

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