Inicio
Jurado Nacional de Elecciones
Organos Autonomos
RESOLUCIÓN N° 951 -2013-JNE Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora de la
10/25/2013
RESOLUCIÓN N° 951 -2013-JNE Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora de la
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Huancayo, departamento de Junín RESOLUCIÓN N° 951 -2013-JNE Expediente N° J-2013-0231 HUANCAYO - JUNÍN Lima, catorce de octubre de dos mil trece VISTO el Oficio N° 0164-2013-JIP-SCH/CSJJU/ PJ, remitido por el juez del Juzgado de Investigación Preparatoria, mediante el cual remite copias certificadas del acta de terminación anticipada, proceso especial en el que se condenó a Wálter Rolando Lazo Corilloclla, regidor del Concejo Provincial
RESOLUCIÓN N° 951 -2013-JNE
Expediente N° J-2013-0231
HUANCAYO - JUNÍN
Lima, catorce de octubre de dos mil trece VISTO el Oficio N° 0164-2013-JIP-SCH/CSJJU/ PJ, remitido por el juez del Juzgado de Investigación Preparatoria, mediante el cual remite copias certificadas del acta de terminación anticipada, proceso especial en el que se condenó a Wálter Rolando Lazo Corilloclla, regidor del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de Junín.
ANTECEDENTES
Con el oficio citado en el visto, el juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Junín remite copia certificada del acta de registro de audiencia de terminación anticipada que aprobó el acuerdo entre la fiscal de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito fiscal de Junín y Wálter Rolando Lazo Corilloclla, regidor de la Municipalidad Provincial de Huancayo.
En la mencionada audiencia se condenó a dicho ciudadano como autor de los delitos contra la Administración Pública en las modalidades de tráfico de infiuencias y concusión en agravio del Estado, y se le impuso una condena de cuatro años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de dos años y la pena de inhabilitación por el plazo de cuatro años (fojas 10 a 12).
Asimismo, con el oficio del visto se informa que dicha resolución ha quedado firme y consentida, por lo que se encuentra en ejecución (fojas 9), estado procesal que fue declarado por medio de la Resolución N° 5, de fecha 24
de mayo de 2013, la misma que fue remitida a este órgano electoral por el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Junín mediante el Oficio N° 344-2013-JIP-SCH/CSJJU/PJ, en la que se declara consentida la resolución de terminación anticipada que condenó a Wálter Rolando Lazo Corilloclla (fojas 13 a 20).
CONSIDERANDOS
1. Este Supremo Tribunal Electoral ha señalado, en las Resoluciones N° 346-2013-JNE, N° 278-2013-JNE, N° 834-2013-JNE y N° 724-A-2013-JNE, que la pena de inhabilitación por condena consiste en la privación, suspensión o incapacitación temporal de uno o más derechos políticos, económicos, profesionales y civiles del condenado.
Cabe precisar que para resolver los casos de inhabilitación, este Pleno del Jurado Nacional de Elecciones se acoge a lo dispuesto en el Acuerdo Plenario N° 10-2009/CJ-116, emitido por la Corte Suprema de Justicia de la República, en el que se establece cómo se debe ejecutar la pena de inhabilitación, dependiendo del código adjetivo bajo el cual se lleve a cabo el proceso.
En el caso de los procesos tramitados bajo el nuevo Código Procesal Penal la pena de inhabilitación se ejecuta una vez que la sentencia condenatoria que la impuso adquirió firmeza; por ende, el plazo de ejecución se inicia desde esta fecha y no antes. La base legal de ello es el artículo 402, inciso 1, del nuevo Código Procesal Penal, que señala que "la sentencia condenatoria, en su extremo penal, se cumplirá provisionalmente aunque se interponga recurso contra ella, salvo los casos en que la pena sea de multa o limitativa de derechos", siendo que la pena de inhabilitación se adecúa a esta excepción, pues se trata de una pena limitativa de derechos.
2. De la documentación antes descrita se advierte que el 8 de febrero de 2013 Wálter Rolando Lazo Corilloclla fue condenado por el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Junín, imponiéndosele la pena de inhabilitación por el plazo de cuatros años, por los delitos de tráfico de infiuencias y concusión en agravio del Estado.
Asimismo, por medio del Oficio N° 0164-2013-JIP-SCH/CSJJU/PJ se informó que la condena impuesta en el acuerdo de terminación anticipada se encuentra en estado de ejecución, en mérito de que dicha acta ha quedado firme y consentida (foja 9).
3. Por tal motivo, al haberse informado que la resolución que dispone la inhabilitación se encuentra en ejecución, resulta procedente inhabilitar a Wálter Rolando Lazo Corilloclla en el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancayo. En vista de ello, y de acuerdo con el artículo 24 de la LOM, para completar el número de regidores corresponde convocar a Yénifer Katerine Porras Rondinel, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42904649, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de Junín a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debido a que el periodo de la pena de inhabilitación es de cuatro años, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal.
Al respecto, cabe señalar que dicha ciudadana fue convocada por medio de la Resolución N° 920-2012-JNE, para que asumiera provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancayo por el tiempo que durase el mandato de detención en contra de Wálter Rolando Lazo Corilloclla. Sin embargo, dado que dicho ciudadano ha sido inhabilitado para ejercer cargo público por el periodo de cuatro años, y tomando en cuenta que nos encontramos ante otro tipo de procedimiento, corresponde generar la respectiva credencial que la acredite como regidora del Concejo Provincial de Huancayo.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- INHABILITAR a Wálter Rolando Lazo Corilloclla en el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Huancayo, departamento de Junín.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Wálter Rolando Lazo Corilloclla como regidor de la Municipalidad Provincial de Huancayo, departamento de Junín, emitida con motivos de las elecciones municipales del año 2010.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Yénifer Katerine Porras Rondinel, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42904649, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Huancayo, departamento de Junín, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011 -2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
VELARDE URDANIVIA
Samaniego Monzón Secretario General
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- enero 2025 (31)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)