10/18/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 066-2013-EM Otorgan concesión definitiva a favor de Pomacocha Power S.A.C.

Otorgan concesión definitiva a favor de Pomacocha Power S.A.C. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Junín RESOLUCIÓN SUPREMA N° 066-2013-EM Lima, 17 de octubre de 2013 VISTO: El Expediente N° 14328813 sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por Pomacocha Power S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12610453 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral
Otorgan concesión definitiva a favor de Pomacocha Power S.A.C. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Junín
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 066-2013-EM
Lima, 17 de octubre de 2013
VISTO: El Expediente N° 14328813 sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por Pomacocha Power S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12610453 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Pomacocha -S.E. Toromocho, ubicada en el departamento de Junín, provincia y distrito de Yauli, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 063-2013-GR-JUNÍN/DREM, de fecha 08 de marzo de 2013, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Junín aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "Línea de Transmisión de 220 kV S.E.

Pomacocha – S.A. Toromocho". Dicha Resolución fue rectificada por errores materiales mediante la Resolución Directoral N° 078-2013-GRJ/DREM, de fecha 20 de marzo de 2013;

Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 578-2013-DGE-DCE;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Pomacocha Power S.A.C., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Pomacocha - S.E. T oromocho, ubicada en el departamento de Junín, provincia y distrito de Yauli, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida / Llegada de la Línea Transmisión Tensión (kV)
N° de Terna Longitud (km)
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)
SE POMACOCHA – S.E.

TOROMOCHO
220 02 9,20 25
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 424-2013 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Pomacocha Power S.A.C., el cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 424-2013 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas 1001724-12
Otorgan a la Sociedad Concesionaria Gases del Pacífico S.A.C. la concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Norte
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 067-2013-EM
Lima, 17 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 10
de febrero de 2012, se acordó sustituir el Proyecto "Sistema de Distribución de Gas Natural para el Sur" y el Proyecto "Sistema de Distribución de Gas Natural para el Norte Medio", por el Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional", así como, incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional", bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes;

Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 22 de marzo de 2012, se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional", siendo ratificados, mediante Resolución Suprema N° 027-2012-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de abril de 2012, tanto el acuerdo de sustitución e incorporación del proyecto como el de aprobación del Plan de Promoción;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 181-2013-MEM/DM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 09 de mayo de 2013, se estableció que el área de la concesión del Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional", en lo correspondiente a la denominada "Concesión Norte", se encuentra constituida por la delimitación política de las regiones: Lambayeque, La Libertad, Ancash y Cajamarca;

Que, por acuerdo adoptado de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en sesión de fecha 09 de julio de 2013, se acordó aprobar la versión final del Contrato de Concesión del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional" (Concesión Norte) denominado "Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos";

Que, con fecha 25 de julio de 2013, se adjudicó la Buena Pro del Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional" (Concesión Norte), al Consorcio Promigas – Surtigas, el cual conforme a las Bases del referido Concurso, ha constituido la Sociedad Concesionaria denominada Gases del Pacífico S.A.C.;

Que, el artículo 33° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, señala que la resolución suprema de otorgamiento de la concesión aprobará el respectivo Contrato de Concesión y designará al funcionario que debe intervenir en la celebración del mismo a nombre del Estado;

De conformidad con el artículo 15° inciso a) y el artículo 33° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y el Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Otorgar a la Sociedad Concesionaria Gases del Pacífico S.A.C., la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Norte, comprendida por las regiones:

Lambayeque, La Libertad, Ancash y Cajamarca; en los términos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesión a que se refiere el artículo 2° de la presente resolución suprema.

Artículo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Norte, a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas, y la Sociedad Concesionaria Gases del Pacífico S.A.C., y que consta de veinte (20) cláusulas y siete (7) anexos.

Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas a suscribir en nombre del Estado, el Contrato de Concesión a que se refiere el artículo 2° de la presente Resolución.

Artículo 4°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión referido en el artículo 2° de la presente Resolución.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas 1001724-13
Otorgan a la Sociedad Concesionaria Gas Natural Fenosa Perú S.A., la concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 068-2013-EM
Lima, 17 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 10
de febrero de 2012, se acordó sustituir el Proyecto "Sistema de Distribución de Gas Natural para el Sur" y el Proyecto "Sistema de Distribución de Gas Natural para el Norte Medio", por el Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional", así como, incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional", bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes;

Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 22 de marzo de 2012, se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional", siendo ratificados, mediante Resolución Suprema N° 027-2012-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de abril de 2012, tanto el acuerdo de sustitución e incorporación del proyecto, como el de aprobación del Plan de Promoción;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 181-2013-MEM/DM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 09 de mayo de 2013, se estableció que el área de la concesión del Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional", en lo correspondiente a la denominada "Concesión Sur Oeste", se encuentra constituida por la delimitación política de las regiones:

Arequipa, Moquegua y Tacna;

Que, por acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 09 de julio de 2013, se acordó aprobar la versión final del Contrato de Concesión del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional" (Concesión Sur Oeste)
denominado "Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos";

Que, con fecha 25 de julio de 2013, se adjudicó la Buena Pro del Proyecto "Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional" (Concesión Sur Oeste), a la empresa Gas Natural Internacional SDG S.A., la cual conforme a las Bases del referido Concurso, ha constituido la Sociedad Concesionaria denominada Gas Natural Fenosa Perú S.A.;

Que, el artículo 33° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, señala que la resolución suprema de otorgamiento de la Concesión aprobará el respectivo Contrato de Concesión y designará al funcionario que debe intervenir en la celebración del mismo a nombre del Estado;

De conformidad con el artículo 15° inciso a) y el artículo 33° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y el Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Otorgar a la Sociedad Concesionaria Gas Natural Fenosa Perú S.A., la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, comprendida por las regiones:

Arequipa, Moquegua y Tacna, en los términos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesión a que se refiere el artículo 2° de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas, y la Sociedad Concesionaria Gas Natural Fenosa Perú S.A., y que consta de veinte (20)
cláusulas y siete (7) anexos.

Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas a suscribir en nombre del Estado, el Contrato de Concesión a que se refiere el artículo 2° de la presente Resolución.

Artículo 4°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión referido en el artículo 2° de la presente Resolución.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas 1001724-14
Oficializan el II Congreso de Petróleo, Actualidad y Oportunidades, a realizarse en la ciudad de Lima
{N}RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 451-2013-MEM/DM
Lima, 17 de octubre de 2013
VISTO:

El pedido del GRUPO PERU EVENTS, de fecha 03
de octubre de 2013, suscrito por la Gerente General, Srta.

Andrushka Rodríguez López, a efectos que se oficialice el "II Congreso de Petróleo, Actualidad y Oportunidades";

CONSIDERANDO:

Que, a través del documento con Registro N° 2325673, el GRUPO PERU EVENTS solicita al Ministerio de Energía y Minas la oficialización del evento denominado "II Congreso de Petróleo, Actualidad y Oportunidades", a realizarse el día 21 de octubre de 2013 en la ciudad de Lima, República del Perú;

Que, mediante Informe N° 0093-2013-MEM-DGH/ DNH, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas señala que el evento tiene como finalidad analizar la situación, problemática y perspectivas del sector de petróleo frente a los grandes cambios que se vienen desarrollando en el Perú y en el mundo. Asimismo, va generar espacios de intercambio de conocimientos y experiencia entre lo expositores y los participantes, resultando pertinente su oficialización;

Que, la institución solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en la Resolución N° 050-2001-EM/ SG, que regula el procedimiento para oficializar eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a pedido de entidades públicas o privadas;

De conformidad con la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Oficializar el "II Congreso de Petróleo, Actualidad y Oportunidades", a realizarse el día 21 de octubre de 2013 en la ciudad de Lima, República del Perú.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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