11/30/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 1057-2013-P-CSJLIMASUR/PJ Prorrogan designación de Juez

Prorrogan designación de Juez de Paz del distrito de Punta Negra CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 1057-2013-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, veintidós de noviembre del año dos mil trece. I. ANTECEDENTES: Resolución Administrativa N° 862-2012-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 17 de noviembre de 2011 y el Informe N° 01-2013-A-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 22 de noviembre de 2013. II. FUNDAMENTOS: 1. Mediante Resolución Administrativa N° 862-2011-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha
Prorrogan designación de Juez de Paz del distrito de Punta Negra CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 1057-2013-P-CSJLIMASUR/PJ
Lima, veintidós de noviembre del año dos mil trece.

I. ANTECEDENTES:

Resolución Administrativa N° 862-2012-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 17 de noviembre de 2011 y el Informe N° 01-2013-A-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 22 de noviembre de 2013.

II. FUNDAMENTOS:

1. Mediante Resolución Administrativa N° 862-2011-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 17 de noviembre de 2011, se designó, por un período de dos años, al Juez de Paz del Distrito de Punta Negra, así como a su Accesitario:

Juez de Paz: Jorge Chiri Aquije Primer Accesitario: Luisa Fresia Oquendo Guerrero.

2. Mediante Informe N° 01-2013-A-CSJLIMASUR/ PJ, de fecha 22 de noviembre de 2013, se emite pronunciamiento para determinar si el señor Jorge Chiri Aquije, cuenta con los requisitos necesarios para prorrogar su designación como Juez de Paz del Distrito de Punta Negra, obteniéndose que, no cuenta con procesos judiciales, no registra antecedentes penales, no se encuentra inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; asimismo, no cuenta con procesos disciplinarios conforme al documento extraído del SISOCMA.

3. La Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 29824-Ley de Justicia de Paz, prescribe que: "La reglamentación de los procesos de elección popular y de selección del juez de paz, a que se refiere el artículo 8°
de la presente Ley, promueve y prioriza el mecanismo de elección popular; en tanto este se implemente de manera efectiva a nivel nacional, el mecanismo de selección se utilizará por un plazo no mayor de cinco años, bajo responsabilidad de los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial".

4. Mediante Decreto Supremo N° 007-2013-JUS, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, vigente desde el 27 de junio del año en curso, el mismo que en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria establece que: "A efectos de cumplir con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley, el Poder Judicial, a través de las Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia, prorrogará a cuatro (4) años el período de designación de los Jueces de Paz elegidos y seleccionados en los años 2011 y 2012".

Asimismo, los mecanismos de acceso al cargo que tiene actualmente el Juez de Paz son: la elección popular y la selección. El legislador, ha considerado que todo juez de paz, sin excepción, debe acceder al cargo por elección popular, usando como alternativa excepcional, en el periodo quinquenal inmediato posterior a la vigencia de la norma, a la selección.

5. En consecuencia, habiendo concluido el período de designación del señor Jorge Chiri Aquije, como Juez de Paz del Distrito de Punta Negra, contado a partir del 17 de noviembre de 2011, mediante Resolución Administrativa N° 862-2011-P-CSJLIMASUR/PJ, estando a lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 007-2013-JUS y habiendo verificado que cumple con los requisitos para ser Juez de Paz, establecido en la Ley N° 29284- Ley de Justicia de Paz, corresponde prorrogar la designación del señor Jorge Chiri Aquije como Juez de Paz del Distrito de Punta Negra.

6. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de Justicia en beneficio del ciudadano usuario del sistema judicial. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

III. DECISIÓN:

El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de conformidad con las normas invocadas y lo expuesto, resuelve:

Artículo Primero.- PRORROGAR POR EL PERÍODO
DE DOS AÑOS LA DESIGNACIÓN de:
a) El Juez de Paz del Distrito de Punta Negra: JORGE
CHIRI AQUIJE.
b) Primer Accesitario: LUISA FRESIA OQUENDO
GUERRERO.

El plazo de designación vencerá el 16 de noviembre del año 2015.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Nacional de Justicia de Paz, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, Oficina de Personal de esta Corte, Magistrados del Distrito Judicial de Lima Sur, e interesados para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase.

OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN
Presidente

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