11/20/2013

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 275-2013-INDECOPI/COD

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 275-2013-INDECOPI/COD Lima, 15 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1033, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 275-2013-INDECOPI/COD
Lima, 15 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1033, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;

Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Directorio del Indecopi N° 071-2008-INDECOPI/DIR
publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24
de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) estableció la conformación de la Comisión Adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque;

Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05)
años de la designación de los Comisionados realizada mediante Resolución de la Presidencia del Directorio del Indecopi N° 071-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión Adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi;

Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 11 de noviembre de 2013, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3
del artículo 7° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, de los señores Tony Daniel Barturén Llanos y Jorge César Nakazaki Servigón, como miembros de la Comisión Adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque, dándoseles las gracias por los servicios prestados a la Institución.

Artículo 2°.- Designar a los señores Antonio Urteaga Trauco y Javier Alfredo Penalillo Pimentel como miembros de la Comisión Adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HEBERT TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo

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