11/22/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 345-2013/JNAC/RENIEC Modifican el Procedimiento Administrativo N° 1d) del

Modifican el Procedimiento Administrativo N° 1d) del TUPA del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 345-2013/JNAC/RENIEC Lima, 21 de noviembre de 2013 VISTOS: El Memorando N° 002736-2013/GPP/ RENIEC (04NOV2013) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000283-2013/GPP/ SGR/RENIEC (04NOV2013) de la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los informes N° 000016-2013/SGEN/ RENIEC (30OCT2013) y N° 000017-2013/SGEN/RENIEC (06NOV2013) de la Secretaría General y los Informes N° 001959-2013/GAJ/RENIEC
Modifican el Procedimiento Administrativo N° 1d) del TUPA del RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 345-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 21 de noviembre de 2013
VISTOS: El Memorando N° 002736-2013/GPP/ RENIEC (04NOV2013) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000283-2013/GPP/ SGR/RENIEC (04NOV2013) de la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los informes N° 000016-2013/SGEN/ RENIEC (30OCT2013) y N° 000017-2013/SGEN/RENIEC (06NOV2013) de la Secretaría General y los Informes N° 001959-2013/GAJ/RENIEC (04NOV2013) y N° 001994-2013/GAJ/RENIEC (08NOV2013), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;

Que con la Resolución Jefatural N° 184-2013/JNAC/ RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de junio de 2013, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC);

Que a través de la Resolución Jefatural N° 217-2013/ JNAC/RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de julio de 2013, se incorporó los procedimientos administrativos 42, 43, 44a, 44b, 44c, 44d, 45, 46, 47a y 47b; así como modificó los procedimientos administrativos 1b, 1c, 1d, 1e, 1f, 1h, 1i y 5 en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC;

Que la Resolución Jefatural N° 309-2013/JNAC/ RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de octubre de 2013, modificó los procedimientos administrativos 1d), 1e), 27), 43) y Anexo N° 15 en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del RENIEC;

Que la Secretaría General mediante el Informe N° 000016-2013/SGEN/RENIEC (30OCT2013), manifiesta que no obstante que a través de los procedimientos administrativos N° 43) y N° 1d) del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC, la población objetivo accede por primera vez a un DNIe, existe una mínima diferencia del costo de tramitación para cada uno, producto de la metodología de costeo desarrollada; situación que puede ser modificada mediante la potestad con la que cuenta la Entidad para determinar un derecho de tramitación menor al costo del procedimiento administrativo de mayor valor, en virtud a lo establecido en la Guía de Simplificación Administrativa y Determinación de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en Exclusividad, aprobada con Resolución N° 003-2010-PCM/SG de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas;

Que en virtud a lo señalado precedentemente, la Secretaría General propone se apruebe la modificación del Procedimiento Administrativo N° 1d) del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC, a fin de que se considere como derecho de tramitación para la opción del DNIe un costo menor tomando como referencia el del Procedimiento Administrativo N° 43);

Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante los documentos de vistos, sustenta la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC, en cuanto al derecho de tramitación del Procedimiento Administrativo N° 1d)
Inscripción Ordinaria;

Que el artículo 37° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), con el objetivo de brindar a la ciudadanía en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante la Institución;

Que a fin de hacer de conocimiento de los administrados la modificación de los procedimientos y anexo señalados precedentemente en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC, es necesaria la publicación de la presente Resolución Jefatural;

Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransaenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con retención de su cargo, desde el 11 al 22 de noviembre de 2013; y Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, la Secretaría General y la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el Procedimiento Administrativo N° 1d) en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC vigente; quedando su texto conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ANA CASTILLO ARANSAENZ
Jefe Nacional (e)

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