11/17/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0260-2013-JUS Aprueban Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y

Aprueban Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013 - 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0260-2013-JUS Lima, 15 de noviembre de 2013 VISTOS: el Oficio N.° 2112-2013-JUS/OGPP-OP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N.° 963-2013-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N.° 016-2010-PCM, se creó la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), con la finalidad de ser un espacio de coordinación y planificación,
Aprueban Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013 - 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0260-2013-JUS
Lima, 15 de noviembre de 2013
VISTOS: el Oficio N.° 2112-2013-JUS/OGPP-OP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N.° 963-2013-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N.° 016-2010-PCM, se creó la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), con la finalidad de ser un espacio de coordinación y planificación, a mediano y largo plazo, de las acciones dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país;

Que, mediante Ley N.° 29976, se creó la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país, estableciendo en su Única Disposición Complementaria Final que la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, creada por Decreto Supremo N.° 016-2010-PCM, es asumida por la Comisión creada por dicha norma, la que hace suyos los acuerdos adoptados y lo ejecutado por aquella;

Que, el artículo 3° de la Ley N.° 29976, establece como funciones de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, entre otras, la de proponer al Poder Ejecutivo el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción;

Que, el artículo 4° de la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales, las cuales son de obligatorio cumplimiento por Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley N° 26889 y el Decreto Supremo N° 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.

2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.

3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.

4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
todas las Entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, mediante el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 119-2012-PCM, se estableció un instrumento que instituya las acciones priorizadas que sobre la materia se deben emprender para prevenir y combatir la corrupción;

Que, en ese sentido, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos emite el proyecto de Plan Anticorrupción del Sector de Justicia y Derechos Humanos 2013-2016 propuesto y remitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el cual tiene como finalidad ser un instrumento que establezca las acciones prioritarias para prevenir y combatir la corrupción;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N.° 29976, que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.°
29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N.° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobación Apruébese el Plan Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2013-2016, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Publicación Disponer la publicación la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (http://www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (http://www.minjus.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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