Inicio
Poder Ejecutivo
Produce
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2013-PRODUCE Amplían plazo de ejecución del "Programa de Vigilancia y
11/01/2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2013-PRODUCE Amplían plazo de ejecución del "Programa de Vigilancia y
Amplían plazo de ejecución del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2013-PRODUCE Lima, 31 de octubre de 2013 VISTOS: El Informe N° 001-2013-PRODUCE/ DGSF-DS-opr-jgs-crh, el Informe N° 008-2013-PRODUCE/DIS-oponce, el Informe N° 0013-2013-PRODUCE/DIS-oponce y el Memorando N° 1846-2013-PRODUCE/DIS de la Dirección de Supervisión de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 3410-2013-PRODUCE/DGSF de la Dirección General de Supervisión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2013-PRODUCE
Lima, 31 de octubre de 2013
VISTOS: El Informe N° 001-2013-PRODUCE/ DGSF-DS-opr-jgs-crh, el Informe N° 008-2013-PRODUCE/DIS-oponce, el Informe N° 0013-2013-PRODUCE/DIS-oponce y el Memorando N° 1846-2013-PRODUCE/DIS de la Dirección de Supervisión de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 3410-2013-PRODUCE/DGSF de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 3739-2013-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería y el Informe N° 127-2013-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, en su artículo 101, establece que el Ministerio de la Producción está facultado a establecer programas pilotos y de control y para el manejo de recursos hidrobiológicos; para cuyos efectos podrá contratar empresas especializadas para la ejecución de los actos de peritaje, inspección y control. Asimismo, señala que en las disposiciones que establezcan programas de control para la extracción de determinadas especies, se podrá disponer obligaciones previas de inscripción, suscripción de convenios y otras modalidades que garanticen el debido cumplimiento de dichos programas;
Que, por Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE, se crea el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", cuyos alcances fueron modificados por los Decretos Supremos N° 029-2005-PRODUCE, N° 007-2009-PRODUCE, N° 013-2009-PRODUCE, N° 002-2010-PRODUCE, N° 008-2010-PRODUCE, y demás normas modificatorias;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 145-2013-PRODUCE se amplía el plazo de ejecución del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", desde el 15 de abril de 2013 hasta el 30
de setiembre de 2013 y se aprueba el texto de las Adendas a los Convenios para la ejecución del referido Programa;
delegándose en el Viceministro de Pesquería, la facultad de suscribir las referidas adendas, en representación del Ministerio de la Producción con las empresas SGS del Perú S.A.C. y Certificaciones del Perú S.A. (CERPER);
Que, por Resolución Ministerial N° 148-2013-PRODUCE, se autoriza el inicio de la Primera Temporada de Pesca 2013 en la zona Norte - Centro para la extracción del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus) desde el 17 de mayo, siendo la fecha de conclusión una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible - LMTCP o en su defecto, hasta el 31 de julio de 2013;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 300-2013-PRODUCE se autoriza el inicio de la Segunda Temporada de Pesca 2013 en la zona Norte – Centro para la extracción del recurso Anchoveta (Engraulis ringens)
y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus) desde el 12 de noviembre de 2013, siendo la fecha de conclusión una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible - LMTCP o en su defecto, hasta el 31 de enero de 2014;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 301-2013-PRODUCE se autoriza el inicio de la Segunda Temporada de Pesca 2013 en la zona Sur para la extracción del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus) desde el 31 de octubre de 2013, siendo la fecha de conclusión una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible - LMTCP o en su defecto, hasta el 31 de marzo de 2014;
Que, mediante los informes de vistos, la Dirección General de Supervisión y Fiscalización recomienda (i)
aprobar el texto de las adendas a los Convenios para la ejecución del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", a fin de garantizar su continuidad, durante el plazo comprendido desde el 01
de octubre de 2013 al 31 de marzo de 2014 y, (ii) modificar las prestaciones de las empresas supervisoras, a efectos de precisar el control de la producción de harina, según lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes;
Que, asimismo, la Dirección General de Supervisión y Fiscalización recomienda modificar los valores referenciales aplicables a la adenda aprobada por Resolución Ministerial N° 145-2013-PRODUCE, a efectos de adecuarlos a la fecha de inicio de la Primera T emporada de Pesca 2013 en la Zona Norte-Centro, aprobada por Resolución Ministerial N° 148-2013-PRODUCE;
Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y a las recomendaciones de los informes de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, resulta necesario ampliar la vigencia del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo" desde el 01 de octubre de 2013
hasta el 31 de marzo de 2014, aprobar el texto de las adendas a los convenios para la ejecución del referido programa, delegar en el Viceministro de Pesquería la facultad de suscribirlas, así como dictar otras medidas complementarias que garanticen su ejecución;
Con el visado del Viceministro de Pesquería, y de los Directores Generales de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; el Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE y sus modificatorias, que crea el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Ampliar el plazo de ejecución del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", desde el 01 de octubre de 2013 al 31
de marzo de 2014.
Artículo 2.- Aprobar el texto de las adendas a los Convenios para la ejecución del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", a ser suscritos por el Ministerio de la Producción con las empresas SGS del Perú S.A.C. y Certificaciones del Perú S.A. (CERPER), el que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Delegar en el Viceministro de Pesquería, la facultad de suscribir en representación del Ministerio de la Producción con las empresas SGS del Perú S.A.C.
y Certificaciones del Perú S.A. (CERPER), las adendas a los Convenios para la ejecución del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", conforme al texto aprobado por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Autorizar a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización a aprobar el texto de las adendas de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimiento del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo" y a suscribir las referidas adendas, con los titulares de licencias de operación para establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano indirecto, consumo humano directo, plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales N° 591-2008-PRODUCE y N° 169-2010-PRODUCE, para cuyo caso se considera un plazo de vigencia desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014.
Artículo 5.- Como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución, el plazo de vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, suscritos por las empresas ejecutoras del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo" y los establecimientos industriales pesqueros para consumo humano indirecto, consumo humano directo, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales N° 591-2008-PRODUCE y N° 169-2010-PRODUCE, podrán ser modificados considerando como plazo de vigencia desde el 01 de octubre de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014.
Para tal efecto, la Dirección General de Supervisión y Fiscalización aprobará el texto de la adenda de los Contratos de Prestación de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, emitiendo las normas de carácter general correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN
Ministra de la Producción
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)