11/25/2013

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 584-2013-MTC/03 Aprueban transferencia de autorización a favor de

Aprueban transferencia de autorización a favor de Grupo Turbo Mix S.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial, otorgada mediante R.VM N° 856-2010-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 584-2013-MTC/03 Lima, 15 de Noviembre del 2013 VISTO, el escrito de registro N° 2013-013404 del 04 de marzo de 2013, presentado por el señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en
Aprueban transferencia de autorización a favor de Grupo Turbo Mix S.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial, otorgada mediante R.VM N° 856-2010-MTC/03
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 584-2013-MTC/03
Lima, 15 de Noviembre del 2013
VISTO, el escrito de registro N° 2013-013404 del 04
de marzo de 2013, presentado por el señor WILMER
HUARIPATA AGUILAR, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chota - Lajas, departamento de Cajamarca, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX
S.R.L.;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 856-2010-MTC/03 del 03 de noviembre de 2010, notificada el 09 de noviembre de 2010, se autorizó al señor WILMER
HUARIPATA AGUILAR, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chota – Lajas, departamento de Cajamarca; con vigencia hasta el 09 de noviembre de 2020;

Que, con escrito de Visto, el señor WILMER
HUARIPATA AGUILAR solicita se apruebe la transferencia de la autorización que le fuera otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 856-2010-MTC/03, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L.;

Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, Ley No. 28278, establece que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 23° de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada;

Que, a su vez, el artículo 73° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 77°
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización;

Que, mediante Informe N° 2750-2013-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa, debe aprobarse la transferencia de la autorización otorgada al señor WILMER HUARIPATA
AGUILAR, mediante Resolución Viceministerial N° 856-2010-MTC/03, a favor de la empresa GRUPO TURBO
MIX S.R.L.; y reconocer a ésta como nuevo titular de la citada autorización;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor WILMER HUARIPATA AGUILAR
con Resolución Viceministerial N° 856-2010-MTC/03, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización.

Artículo 2°.- Reconocer a la empresa GRUPO TURBO
MIX S.R.L., como titular de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 856-2010-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma.

Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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