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RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 0089-2013-PRE000 Aprueban medidas de austeridad aplicables para el
12/29/2013
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 0089-2013-PRE000 Aprueban medidas de austeridad aplicables para el
Aprueban medidas de austeridad aplicables para el ejercicio 2014 en el Banco Central de Reserva del Perú RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 0089-2013-PRE000 Lima, 23 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO QUE: De acuerdo a lo normado por los artículos 84° y 86° de la Constitución Política, el Banco Central es una persona jurídica de derecho público con autonomía, dentro de su Ley Orgánica, gobernado por un Directorio de siete miembros, cuya finalidad es preservar la estabilidad monetaria; Según el artículo 3° de su Ley
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 0089-2013-PRE000
Lima, 23 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo a lo normado por los artículos 84° y 86° de la Constitución Política, el Banco Central es una persona jurídica de derecho público con autonomía, dentro de su Ley Orgánica, gobernado por un Directorio de siete miembros, cuya finalidad es preservar la estabilidad monetaria;
Según el artículo 3° de su Ley Orgánica, el Banco Central, en el ejercicio de su autonomía en el cumplimiento de su finalidad y funciones, se rige exclusivamente por las normas de dicha Ley y su Estatuto;
Por otra parte, el literal ñ) del artículo 24° de la Ley Orgánica del Banco Central dispone que le corresponde al Directorio aprobar, modificar y supervisar su presupuesto anual;
Asimismo, el artículo 86° de la Ley Orgánica establece que el Banco Central cuenta con autonomía presupuestal.
Este es responsable de la programación, formulación, aprobación, ejecución, ampliación, modificación y control del presupuesto institucional;
En concordancia con lo anterior, la Décima Disposición Final de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, señala que el Banco Central rige su proceso presupuestario de conformidad con su Ley Orgánica, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 84 de la Constitución Política;
En esa misma línea, el literal b) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014
señala que, para el caso del Banco Central, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse en el año 2014 son aprobadas y dictadas mediante acuerdo de su Directorio, las mismas que deben publicarse en el diario oficial El Peruano;
El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en concordancia con la Constitución y la Ley, en ejercicio de la autonomía que éstas le otorgan, ha dispuesto mantener una política de austeridad en el gasto, que a su vez coadyuve a las mejoras en la eficiencia y procesos de la institución.
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar las medidas de austeridad siguientes, que serán de aplicación para el ejercicio 2014:
a. Establecer 942 plazas para el Cuadro de Asignación de Personal del Banco para el periodo enero - diciembre 2014.
b. La contratación de nuevo personal para la cobertura de plazas vacantes presupuestadas se realizará mediante concurso público, incluyendo los cursos de extensión universitaria de Economía y Finanzas.
c. Los concursos públicos para la contratación de personal y la convocatoria y selección de practicantes se publicarán en el Portal Institucional.
d. El monto para la contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales de manera directa o indirecta no sobrepasará la remuneración máxima del puesto de gerente del Banco por el tiempo de contratación.
Las excepciones a este tope son aprobadas por el Gerente General.
e. No están autorizados los gastos de publicidad, salvo los requeridos por las normas legales y los vinculados al ejercicio de las funciones que la Constitución Política le asigna al Banco.
f. La Gerencia General emitirá una norma interna con disposiciones de austeridad adicionales.
Artículo 2. La presente Resolución de Directorio rige a partir del 1 de enero del 2014.
Artículo 3. La Resolución de Directorio N°090-2012-BCRP regirá hasta el 31 de diciembre del 2013.
JULIO VELARDE
Presidente
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