Inicio
Comision Nacional Para El Desarrollo y Vida Sin Drogas
Organismos Ejecutores
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 195-2013-DV-PE Autorizan Transferencias Financieras para
12/27/2013
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 195-2013-DV-PE Autorizan Transferencias Financieras para
Autorizan Transferencias Financieras para financiar actividades y proyectos en el marco del Programa Presupuestal "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 195-2013-DV-PE Lima, 26 de diciembre de 2013 VISTO: El Memorándum N° 1129-2013-DV-PIR DAIS del 23 de diciembre del 2013, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Reglamento
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 195-2013-DV-PE
Lima, 26 de diciembre de 2013
VISTO:
El Memorándum N° 1129-2013-DV-PIR DAIS del 23 de diciembre del 2013, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo público encargado de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, asi como conducir el proceso de su implementación;
Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 29951 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 autoriza a DEVIDA en el presente año fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú";
precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;
Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de las metas en sus dimensiones físicas y financieras, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;
Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, con fecha 13 de diciembre del año fiscal 2013, DEVIDA suscribió Addendum al Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Municipalidad Provincial de Puerto Inca, para realizar la Actividad:
"Mantenimiento periódico por tramos de los caminos vecinales: Emp. PE-5NA – Isleria Agua Blanca, Emp. PE5NA – Pueblo Nuevo, Emp. PE5NA – Nuevo Eden y Emp. PE5NA - Santa Teresa en el Distrito de Codo Pozuzo, Provincia de Puerto Inca – Huánuco";
asimismo, con fecha 17 de diciembre del 2013, DEVIDA
suscribió los Addendums al Convenio de Cooperación Interinstitucional con las Municipalidades Distritales de Constitución y Puerto Bermúdez, para la ejecución del Proyecto: "Rehabilitación, mejoramiento del camino vecinal Constitución – Hauswald – Jecra – Puente Loro, Distrito de Constitución – Oxapampa – Pasco", y el Proyecto: "Instalación del cultivo de cacao con parcelas demostrativas en las comunidades nativas de Puerto Ocopa, Puerto Lagarto, San Juan de Cahuapanas, Tres Islas, San Francisco de Cahuapanas, El Milagro y Sargento Lorens en el Distrito de Puerto Bermúdez – Oxapampa – Pasco" respectivamente, los que serán asignados a través de transferencias financieras.
En tal sentido, es necesario que DEVIDA realice las transferencias financieras hasta por la suma de S/.
3 831,072.00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS
TREINTA Y UN MIL SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS
SOLES);
Que, el Área de Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 "Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas", del Pliego 012 – DEVIDA, ha emitido su informe previo favorable a través de las Certificaciones de Créditos Presupuestales Nros. 01717, 01718 y 01720.
Adicionalmente, DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades a los Planes Operativos;
Con las visaciones del Responsable Técnico del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE
TRANSFERENCIAS FINANCIERAS
Autorizar las transferencias financieras hasta por la suma de S/. 3 831,072.00 (TRES MILLONES
OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETENTA Y DOS
Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de las Entidades Ejecutoras señaladas en el Anexo que forma parte de la presente resolución, para el financiamiento de actividades y proyectos de inversión correspondientes al Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, cuya relación y montos se detallan en el citado Anexo.
Artículo Segundo.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS
RECURSOS
Las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfieran para la ejecución de actividades y proyectos descritos en el Anexo de la presente resolución, quedando prohibidas de reorientar dichos recursos a otras actividades y proyectos y, que efectúen anulaciones presupuestales con cargo a los mismos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN MASÍAS CLAUX
Presidenta Ejecutiva
ANEXO
TRANSFERENCIAS FINANCIERAS DE LA COMISIÓN NACIONAL
PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO
DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DESARROLLO ALTERNATIVO
INTEGRAL Y SOSTENIBLE - PIR DAIS
RECURSOS ORDINARIOS
N° Entidad Ejecutora Nombre Monto de la Transferencia hasta S/.
1
Municipalidad Provincial de Puerto Inca Actividad: "Mantenimiento periódico por tramos de los caminos vecinales:
Emp. PE-5NA – Isleria Agua Blanca, Emp. PE5NA – Pueblo Nuevo, Emp.
PE5NA – Nuevo Eden y Emp. PE5NA
- Santa Teresa en el Distrito de Codo Pozuzo, Provincia de Puerto Inca – Huánuco"
1,072,820.00
N° Entidad Ejecutora Nombre Monto de la Transferencia hasta S/.
2
Municipalidad Distrital de Constitución Proyecto: "Rehabilitación, mejoramiento del camino vecinal Constitución – Hauswald – Jecra –
Puente Loro, Distrito de Constitución – Oxapampa – Pasco"
1,966,447.00
3
Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez Proyecto: "Instalación del cultivo de cacao con parcelas demostrativas en las comunidades nativas de Puerto Ocopa, Puerto Lagarto, San Juan de Cahuapanas, Tres Islas, San Francisco de Cahuapanas, El Milagro y Sargento Lorens en el Distrito de Puerto Bermúdez – Oxapampa – Pasco"
791,805.00
Total 3,831,072.00
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)