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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 332-2013-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera del Programa
12/27/2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 332-2013-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera del Programa
Autorizan Transferencia Financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de SEDAPAL S.A., destinada al financiamiento de la ejecución de diversas actividades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 332-2013-VIVIENDA Lima, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó mediante la Resolución Ministerial N° 327-2012-VIVIENDA el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 332-2013-VIVIENDA
Lima, 26 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó mediante la Resolución Ministerial N° 327-2012-VIVIENDA el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al año fiscal 2013, por un monto de S/. 4 038 366 356,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano y la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL
S.A.), han suscrito un Convenio de Financiamiento, con el objeto de regular la Transferencia Financiera de Recursos Públicos de VIVIENDA a favor de la EPS
SEDAPAL S.A., para ser destinados para la ejecución de actividades relacionadas a la realización de pruebas hidráulicas, revisión de planos de replanteo y de 120
reparaciones de redes y conexiones domiciliarias de agua potable, ubicadas en los comités N° 11 y 12
del A.H. Nuevo Amanecer – distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, por la suma de S/. 29 661,41;
Que, mediante el Memorándum N° 1388-2013/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por la suma de S/. 29 661,41, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL
S.A.), destinada al financiamiento para la finalización de los trabajos pendientes y puesta en servicio de las obras de agua potable y alcantarillado del A.H. Nuevo Amanecer del distrito San Martín de Porres;
Que, con el Memorándum N° 2809-2013/VIVIENDA-OGPP , la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hizo suyo el Informe N° 408-2013/VIVIENDA-OGPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto, y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 29 661,41, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al financiamiento de la ejecución de actividades relacionadas a la realización de pruebas hidráulicas, revisión de planos de replanteo y de 120 reparaciones de redes y conexiones domiciliarias de agua potable, ubicadas en los comités N° 11 y 12 del A.H. Nuevo Amanecer – distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima.; para lo cual se ha suscrito el Convenio de Financiamiento correspondiente; así mismo, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 29 662,00, con cargo a los recursos del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001:
Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi) del literal a), numeral 12.1, del artículo 12, de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; se autoriza de manera excepcional, en el presente año fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA y para las entidades prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2
del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 29 661,41, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al financiamiento de la ejecución de actividades relacionadas a la realización de pruebas hidráulicas, revisión de planos de replanteo y de 120 reparaciones de redes y conexiones domiciliarias de agua potable, ubicadas en los comités N° 11 y 12 del A.H. Nuevo Amanecer – distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 29 661,41 (VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO Y
41/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL
S.A.), destinada al financiamiento de la ejecución de actividades relacionadas a la realización de pruebas hidráulicas, revisión de planos de replanteo y de 120
reparaciones de redes y conexiones domiciliarias de agua potable, ubicadas en los comités N° 11 y 12 del A.H. Nuevo Amanecer – distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777:
Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de los dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
Artículo 5.- Información La Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), informará oportunamente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de los recursos transferidos mediante la presente Resolución Ministerial, en el marco del Convenio suscritos por las partes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE HUMBERTO MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas Encargado de la Cartera de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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