12/23/2013

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 491-2013-MTC/16 Modifican Plan de Compensación y Reasentamiento

Modifican Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI "Liberación del área de ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez" RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 491-2013-MTC/16 Lima, 26 de noviembre de 2013 VISTO, el Informe N° 090–2013–MTC/16.03.RACZ. DDFA. mediante el cual se solicita la modificación de los dos (02) primeros párrafos, incorporación de los cuatro (04) párrafos siguientes, aprobación del Anexo N° RSR-2 - Declaración Jurada del Pago Mensual de Alquiler de Vivienda - Programa
Modifican Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI "Liberación del área de ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 491-2013-MTC/16
Lima, 26 de noviembre de 2013
VISTO, el Informe N° 090–2013–MTC/16.03.RACZ.

DDFA. mediante el cual se solicita la modificación de los dos (02) primeros párrafos, incorporación de los cuatro (04) párrafos siguientes, aprobación del Anexo N° RSR-2 - Declaración Jurada del Pago Mensual de Alquiler de Vivienda - Programa de Reasentamiento en los Terrenos de Corpac S.A. - Santa Rosa, y modificación del plazo establecido en el tercer párrafo del numeral 7.1.3 - Plan alquiler de vivienda del Programa de Reasentamiento en los Terrenos de Corpac S.A. - Santa Rosa aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16 y modificatorias, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 27329 se declaró de necesidad pública la expropiación de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, para la realización de obras de gran envergadura, en aplicación del artículo 7° de la Ley 27117, Ley General de Expropiaciones;

Que, por Resolución Suprema N° 316-2002-PCM se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la ejecución de la expropiación de los terrenos de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez;

Que, por Ley N° 29836 se declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, a fin de que este sea implementado y dotado de la infraestructura suficiente, adecuada al volumen del comercio integral y tráfico de pasajeros, así como para mejorar el sistema de aeronavegabilidad que permita brindar un mejor servicio al usuario, facultando para ello al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a utilizar alternativamente el procedimiento de reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos afectados en los terrenos proporcionados por Corpac S.A., la adquisición o financiación para la adquisición de inmuebles de programas de vivienda ya construidos, tanto del sector público como del sector privado, o el pago de una indemnización asistida que debe ser utilizada únicamente para los fines de reasentamiento de la población afectada;

Que, mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, aprueba el documento que contiene el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario PACRI
– "Liberación del Área de Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez";

Que, el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberación del Área de Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez", se sustenta en lo previsto en el numeral 6.4 de la Ley N° 29836 que establece que "el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) está a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", y las Directrices para la Elaboración y Aplicación de Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario para Proyectos de Infraestructura de Transporte, aprobado mediante Resolución Directoral N° 007-2004-MTC/16;

Que, el numeral 7.1.3. de la Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16 modificado mediante Resolución Directoral N° 379-2012-MTC/16, desarrolla el capitulo respecto al Plan de Alquiler de Vivienda;

Que, de acuerdo análisis técnico plasmado en el Informe N° 090–2013–MTC/16.03.RACZ.DDFA., el mismo que cuenta con la conformidad de la Dirección de Gestión Social, se ha determinado la necesidad de modificar los dos (02) primeros párrafos, incorporar seguidamente cuatro (04) párrafos, aprobar el Anexo N° RSR-2 - Declaración Jurada del Pago Mensual de Alquiler de Vivienda "Programa de Reasentamiento en los Terrenos de Corpac S.A. - Santa Rosa", y modificar el plazo establecido en el tercer párrafo del numeral 7.1.3
del capítulo Plan de Alquiler de Vivienda del "Programa de Reasentamiento en los Terrenos de Corpac S.A. -Santa Rosa";

Que, se ha emitido el Informe Legal N° 007-2013-MTC/16.LCKV, en el que se concluye que siendo la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales la encargada de desarrollar el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI), resulta procedente emitir la resolución directoral correspondiente;

De conformidad con lo establecido por la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley N° 29370, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, las leyes N° 27329 y N° 29836, la Resolución Directoral N° 126-2012-MTC/10, y la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- MODIFICAR los dos (02) primeros párrafos del numeral 7.1.3 - Plan de Alquiler de vivienda, del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario – PACRI "Liberación del área de ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez" aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16 y modificado con Resolución Directoral N° 379-2012-MTC/16, quedando redactado de la siguiente manera:

7.1.3. Plan de alquiler de Vivienda Afin de facilitar al beneficiario el proceso de transición entre la asignación del lote y su reasentamiento, se tiene previsto consignar el alquiler de una vivienda a libre elección del beneficiario hasta por un periodo de veintidós (22) meses, el cual podrá ser ampliado a solicitud del beneficiario, previa evaluación por parte de la DGASA
y la OGA. Dicho periodo de tiempo será utilizado por el MTC para la habilitación urbana y construcción de la vivienda básica en el lote asignado.

El pago mensual de alquiler de vivienda y servicios no excederá la suma de S/. 700.00 (Setecientos y 00/100 nuevos soles), acreditado mediante contrato de alquiler que incluya el pago de servicios básicos o en su reemplazo la presentación de una declaración jurada que incluirá el pago por concepto de alquiler de vivienda que incluye el pago de servicios básicos y la garantía de alquiler. La Declaración Jurada se consigna en el Anexo
N° RSR-2.

Artículo 2°.- INCORPORAR seguidamente cuatro (04) párrafos al numeral 7.1.3 - Plan de Alquiler de vivienda, del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario – PACRI "Liberación del área de ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez" aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16 y modificada con Resolución Directoral N° 379-2012-MTC/16, quedando redactado conforme al siguiente detalle:

El reajuste efectuado ascendente a la suma S/. 200.00 (Doscientos y 00/100 nuevos soles), será aplicado al periodo comprendido entre los meses de noviembre de 2013 a agosto de 2014.

De otro lado, se otorgará un total de S/. 1,400.00 (Un mil cuatrocientos y 00/100 nuevos soles), por concepto de ampliación de plazo de alquiler de vivienda, que incluye el pago de los servicios básicos, correspondiente a los meses de setiembre y octubre de 2014.

Asimismo, por única vez se hará entrega del monto de S/. 600.00 (Seiscientos y 00/100 nuevos soles), por concepto de garantía de alquiler de vivienda a cada familia beneficiaria.

Por consiguiente, los conceptos indicados se detallan en el siguiente cuadro:

MODIFICACIÓN E
INCORPORACIÓN
MESES
N° DE
MESES
S/. X MES TOTAL S/.

Reajuste de Alquiler Noviembre 2013
- Agosto 2014
10 200.00 2000.00
Ampliación del periodo de Alquiler Setiembre 2014
- Octubre 2014
2 700.00 1400.00
Garantía de alquiler de vivienda Noviembre 2013 -Octubre del 2014
1 600.00 600.00
TOTAL 4000.00
Artículo 3°.- MODIFICAR el plazo establecido en el tercer párrafo del numeral 7.1.3 del capítulo Plan de Alquiler de Vivienda del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario – PACRI "Liberación del área de ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez" aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16 y modificada con Resolución Directoral N° 379-2012-MTC/16, quedando redactado de acuerdo a lo siguiente:

El pago por concepto de alquiler de vivienda se efectuará mediante un solo desembolso, que deberá ser tramitado por la DGASA ante la DGCT, quien a su vez solicitará el desembolso a la OGA. El monto a desembolsar será el equivalente al total de veintidós (22) meses de alquiler de vivienda contratado por el beneficiario.

Artículo 4°.- APROBAR el Anexo N° RSR-2 -Declaración Jurada del Pago Mensual de Alquiler de Vivienda Programa de Reasentamiento en los Terrenos de Corpac S.A. - Santa Rosa, que forma parte del numeral 7.1.3 del capítulo Plan de Alquiler de Vivienda, del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario – PACRI
"Liberación del área de ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez" aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16 y modificada con Resolución N° 379-2012-MTC/16.

Artículo 5°.- CONSERVAR vigente todos los demás artículos estipulados en el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberación del Área de Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16, modificada por Resolución Directoral N° 379-2012-MTC/16.

Artículo 6°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y otro de mayor circulación, así como en el portal institucional www.mtc.gob.pe.

Artículo 7°.- REMITIR copia certificada de la presente Resolución Directoral a la Comisión de Alto Nivel CANETA, a la Dirección General de Concesiones en Transportes, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina General de Administración y a la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para su conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ITALO ANDRES DIAZ HORNA
Director General (e)
Dirección General de Asuntos Socio Ambientales
ANEXO N° RSR-2
DECLARACIÓN JURADA DEL PAGO MENSUAL DE
ALQUILER DE VIVIENDA PROGRAMA
DE REASENTAMIENTO EN LOS TERRENOS DE
CORPAC S.A. - SANTA ROSA
Yo…………………………………………………………
………………………………………………...........…………
Identificado con DNI N°………………………………….
y Don/ña………………………...........................
………………………………., identificada con DNI N° ……………………………… y con domicilio en …………
…………………………………………………………………
………….. – Distrito de …………………………. al haber optado por el Programa de Reasentamiento en los terrenos proporcionados por CORPAC S.A. – Santa Rosa, en uso de mis facultades y sin coacción alguna, declaramos bajo juramento recibir libre y voluntariamente el monto total de S/……………………………………………entregado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que corresponde al reajuste efectuado mediante Resolución Directoral N° ………….-2013-MTC/16 de fecha………………..………………….. y que no tendrá efecto retroactivo. Asimismo, declaramos bajo juramento que el monto recibido será destinado para cubrir única y exclusivamente el pago de alquiler mensual de una vivienda, la garantía del arrendamiento de la misma y servicios básicos, conforme al siguiente detalle:

1. Reajuste a los diez (10) meses de renta restantes de alquiler de vivienda, los mismos que corresponden al periodo comprendido entre los meses de Noviembre de 2013 hasta Agosto de 2014. Siendo el monto a incrementar S/. 200.00 (Doscientos y 00/100 nuevos soles) por cada mes.

S/. 200 x 10 meses = S/. 2000.00 (Dos mil y 00/100
nuevos soles).

2. Ampliación del periodo de alquiler de vivienda por dos (2) meses (Setiembre y Octubre de 2014), que incluye el pago de servicios básicos equivalente a S/. 700.00 (Setecientos y 00/100 nuevos soles) por cada mes.

S/. 700 x 2 meses = S/. 1,400. 00 (Un mil cuatrocientos y 00/100 nuevos Soles).

3. Garantía de Alquiler de vivienda, por única vez ascendente a S/. 600.00 (Seiscientos y 00/100 nuevos soles)
MODIFICACIÓN E
INCORPORACIÓN
MESES
N° DE
MESES
S/. X
MES
TOTAL
S/.

Reajuste de Alquiler Noviembre 2013
- Agosto 2014
10.00 200.00 2000.00
Ampliación del periodo de Alquiler Setiembre 2014
- Octubre 2014
2.00 700.00 1400.00
Garantía de alquiler de vivienda Noviembre 2013-Octubre del 2014
1.00 600.00 600.00
TOTAL 4000.00
Finalmente, hacemos expresa renuncia a interponer algún tipo de acción o de excepción que impida o limite el desarrollo del proceso de reasentamiento que viene ejecutando el Ministerio de Transporte y Comunicaciones a través de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales.

Lima, de de 2013
______________________
NOMBRES Y APELLIDOS
DNI N° ______________________
NOMBRES Y APELLIDOS
DNI N°

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