12/20/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 545-2013-ANA Confieren plazo para que el Presidente del Consejo de Recursos

Confieren plazo para que el Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay - Lambeyeque, cite a sesión extraordinaria para conformar grupo de trabajo encargado de realizar convocatorias para la elección de nuevos representantes RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 545-2013-ANA Lima, 19 de diciembre de 2013 VISTO: El Memoradum N° 1810-2013-ANA-DCPRH-GRH-OCA e Informe Técnico N° 031-2013-ANA-DCPRH-GRH-OCA/GSB, de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, de
Confieren plazo para que el Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay - Lambeyeque, cite a sesión extraordinaria para conformar grupo de trabajo encargado de realizar convocatorias para la elección de nuevos representantes
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 545-2013-ANA
Lima, 19 de diciembre de 2013
VISTO:

El Memoradum N° 1810-2013-ANA-DCPRH-GRH-OCA e Informe Técnico N° 031-2013-ANA-DCPRH-GRH-OCA/GSB, de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 24° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos;

Que, conforme al numeral 26.6) contenido en el artículo 26°del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, los integrantes del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca son designados por un periodo de dos años y deben estar premunidos de facultades suficientes para asumir compromisos en relación a los acuerdos que tome el Consejo, en cuyas sesiones tendrá derecho a voz y voto;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-AG, se creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay - Lambayeque, quedando establecido, entre otros, su composición, el procedimiento para la acreditación de sus representantes y el plazo para su instalación;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 489-2013-ANA, del 14 de noviembre de 2013, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay – Lambayeque, el cual en su artículo 26°
establece que con una anticipación de ciento veinte días naturales de la fecha de conclusión de la designación de los integrantes del Pleno, el presidente convocará a una sesión extraordinaria con el objeto de conformar un grupo de trabajo encargado de realizar la convocatoria a las instituciones u organizaciones que componen el Consejo, a fin de que estas elijan a sus nuevos representantes.

Debiendo realizarse dicho proceso en el plazo máximo de sesenta días naturales;

Que, con los documentos del visto, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, indica que el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay – Lambayeque, a la fecha, no ha iniciado el procedimiento para convocar a elecciones de sus nuevos integrantes; en tal sentido, solicita que confiera el plazo de ciento veinte (120) días naturales que permita culminar el proceso de elecciones, transferencia de cargo y presentación de los nuevos integrantes del precitado Consejo;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, dispone que la Autoridad Nacional del Agua, está facultada para dictar mediante Resolución Jefatural las disposiciones que sean necesarias en el marco del citado Reglamento;

Que, asimismo, el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, establece que el Jefe institucional es la máxima autoridad ejecutiva y conduce la marcha de entidad;

Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente acoger lo solicitado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, emitiendo el presente acto resolutivo;

Con el visto de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conferir un plazo de siete (07) días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para que el Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay – Lambayeque, cite a sesión extraordinaria para conformar el grupo de trabajo encargado de realizar las convocatorias a las instituciones u organizaciones que componen dicho Consejo, a fin que éstas elijan a sus nuevos representantes, conforme lo regulado por el artículo 26° de su Reglamento Interno, aprobado por Resolución Jefatural N° 489-2013-ANA.

Artículo 2°.- Disponer que la transferencia de cargo y presentación de los nuevos integrantes del mencionado Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, no excederá del plazo de ciento veinte (120) días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.