12/27/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1361-2013-DE/SG Autorizan al Viceministro de Recursos para la Defensa a

Autorizan al Viceministro de Recursos para la Defensa a realizar diversas acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1361-2013-DE/SG Jesús María, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministro es la máxima autoridad del Sector y el titular del Pliego Presupuestario del Ministerio de Defensa; asimismo, el artículo 12° señala
Autorizan al Viceministro de Recursos para la Defensa a realizar diversas acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1361-2013-DE/SG
Jesús María, 26 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1134
que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministro es la máxima autoridad del Sector y el titular del Pliego Presupuestario del Ministerio de Defensa; asimismo, el artículo 12° señala que el Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa tiene, entre otras funciones, la conducción y supervisión de los procesos de planificación para la provisión de los recursos presupuestarios asignados al pliego; así como la supervisión de su empleo;

Que, el numeral 28 del artículo 10° de la cita norma, establece que es función del Ministro de Defensa, delegar o desconcentrar en los funcionarios del Ministerio de Defensa las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

Que, el último párrafo del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el numeral 67.1 del artículo 67° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012- EF, dispone que el titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la referida ley, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el titular responsable solidario con el delegado;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la citada norma establece que, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad;
pudiendo el titular delegar dicha facultad a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 1644-2012-DE/SG de fecha 27 de diciembre del 2012, se delegó al Viceministro de Recursos para la Defensa facultades en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa, durante el periodo de regularización del Año Fiscal 2012
y para el Año Fiscal 2013; por lo que resulta necesario emitir el correspondiente acto resolutivo con el mismo fin para el Año Fiscal 2014;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1134 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar al Viceministro de Recursos para la Defensa a realizar las siguientes acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa:
- Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se puedan emitir durante el período de regularización del Año Fiscal 2013.
- Remitir el Informe de Evaluación Anual Presupuestaria para el Año Fiscal 2013.
- Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el Año Fiscal 2014.
- Remitir los Informes de Evaluación Semestral y Anual Presupuestaria para el Año Fiscal 2014.

Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
N° 1644-2012-DE/SG.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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