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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1846-2013-IN/PNP Aprueban bonificaciones para el personal de la Policía
12/27/2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1846-2013-IN/PNP Aprueban bonificaciones para el personal de la Policía
Aprueban bonificaciones para el personal de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1846-2013-IN/PNP Lima, 24 de diciembre de 2013 VISTO: La Hoja de Recomendación N° 009-2013-DIREJEPER-PNP/EM del 12 de diciembre del 2013, propone establecer criterios para la correcta aplicación del Decreto Legislativo N° 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de la FFAA y PNP; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de las FFAA y PNP, en el artículo 8
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1846-2013-IN/PNP
Lima, 24 de diciembre de 2013
VISTO:
La Hoja de Recomendación N° 009-2013-DIREJEPER-PNP/EM del 12 de diciembre del 2013, propone establecer criterios para la correcta aplicación del Decreto Legislativo N° 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de la FFAA
y PNP;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de las FFAA y PNP, en el artículo 8 Bonificaciones, señala que al personal de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad se le otorgará una Bonificación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad, Bonificación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo, Bonificación por Alto Riesgo a la Vida y Bonificación por Escolaridad, cuyos requisitos se detallan en el reglamento respectivo;
Que, a través del Decreto Supremo N° 013-2013-EF, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1132, el mismo que fue modificado por el Decreto Supremo
N° 069-2013-EF;
Que, el Decreto Legislativo N° 1149 Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, en el artículo 27, dice: "La Lista de Revista es el documento Oficial que registra la presencia física y el ejercicio del empleo y CARGO del Personal en situación de actividad", cuya responsabilidad y actualización permanente lo realiza en el aplicativo informático que administra la Dirección Ejecutiva de Personal, las Oficinas de Administración de cada Unidad Policial;
Que, el Decreto Supremo N° 317-2013-EF del 18
de diciembre del 2013, aprueban disposiciones y fijan montos por concepto de "Bonificación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad", "Bonificación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo"
y "Bonificación por Alto Riesgo a la Vida", aplicables al personal en situación de actividad militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, así como, el monto por concepto de Subsidio Póstumo y por Invalidez para los pensionistas del Decreto Ley N° 19846, y aprueban transferencias de partidas a favor de los Ministerios de Defensa y del Interior;
Que, en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 317-2013-EF, dice: "Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma total de SESENTA Y TRES
MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL CUARENTA Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 807 040,00) destinada a financiar los montos de las bonificaciones que se aprueban en la presente norma a favor del personal militar y policial en actividad, de los cuales la suma de CUARENTA Y UN
MILLONES CIENTO UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 101 590,00) corresponde al pliego Ministerio del Interior;
Que, la Hoja de Recomendación N° 009-2013-DIREJEPER-PNP/EM del 12 de diciembre de 2013, en el punto II literal "B" propone para la aplicación del bono por desempeño efectivo de cargos de responsabilidad;
recomendando para efectos del pago de esta bonificación, considerar como Director a los cargos que desempeñan los Oficiales Superiores en el grado de Coronel como: Jefes de Regiones, Direcciones, Jefes de Estado Mayor, Jefes de Divisiones, y a los Oficiales y Suboficiales que se desempeñan como Comisarios, Instructores de la Escuela de Oficiales y Escuelas Técnico Superior a nivel nacional con el cargo de "Jefe de Regimiento, Jefe de Batallón, Jefe de Compañía, Jefe de Sección";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las bonificaciones para el personal de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de las FFAA y PNP, conforme se detallan:
• Bonificación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad – Decreto Supremo N° 317-2013-EF.
Grado Monto de la Bonificación (S/.)
Teniente General 2 200.00
General 2 200.00
Coronel 1 100.00
Comandante 1 000.00
Mayor 900.00
Capitán 750.00
Teniente 650.00
Alférez 600.00
Grado Monto de la Bonificación (S/.)
Sub Oficial Superior 750.00
Sub Oficial Brigadier 600.00
Sub Oficial Técnico de Primera 600.00
Sub Oficial Técnico de Segunda 550.00
Sub Oficial Técnico de Tercera 550.00
Sub Oficial de Primera 450.00
Sub Oficial de Segunda 450.00
Sub Oficial de Tercera 450.00
• Bonificación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo – Decreto Supremo N° 317-2013-EF.
Grado Monto de la Bonificación (S/.)
Teniente General 1 100.00
General 1 100.00
Coronel 750.00
Comandante 550.00
Mayor 450.00
Capitán 350.00
Teniente 300.00
Alférez 300.00
Grado Monto de la Bonificación (S/.)
Sub Oficial Superior 350.00
Sub Oficial Brigadier 300.00
Sub Oficial Técnico de Primera 300.00
Sub Oficial Técnico de Segunda 300.00
Sub Oficial Técnico de Tercera 300.00
Sub Oficial de Primera 250.00
Sub Oficial de Segunda 250.00
Sub Oficial de Tercera 250.00
• Bonificación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo para los que prestan servicios en la Oficina Central de Lucha contra la Falsificación de Numerario – Decreto Supremo N° 069-2013-EF.
Grado Monto de la Bonificación (S/.)
Comandante 1 700.00
Mayor 1 350.00
Capitán 1 000.00
Teniente 1 000.00
Alférez 1 000.00
• Bonificación por Alto Riesgo a la Vida para personal militar o policial asignado a la Dirección Nacional de Inteligencia – Decreto Supremo N° 069-2013-EF.
Niveles en Situación de Actividad Monto de la Bonificación (S/.)
Personal Oficial 1 600.00
Personal Suboficial 1 600.00
• Bonificación por Alto Riesgo a la Vida para personal militar o policial asignado, reasignado o destacado en el VRAEM o Zonas Declaradas en Estado de Emergencia.
Decreto Supremo N° 013-2013-EF.
Niveles en Situación de Actividad Monto de la Bonificación (S/.)
Personal Oficial 1 600.00
Personal Suboficial 1 600.00
• Bonificación por Alto Riesgo a la Vida para personal militar o policial que presta servicios como Edecán, así como personal que presta servicios la Casa Militar del Presidente de la República. Decreto Supremo N° 013-2013-EF .
Niveles Monto de la Bonificación (S/.)
Jefe de la Casa Militar 2 800.00
Sub Jefe de la Casa Militar 1 100.00
Edecanes Asignados al Presidente de la República y Presidente del Consejo de Ministros 2 600.00
Edecanes asignados o destacados a otras entidades publicas 750.00
Personal de Oficial 900.00
Personal de Suboficial 600.00
Personal que presta el Servicio Militar Acuartelado en la Casa Militar del Presidente de la República 300.00
• Bonificación por Alto Riesgo a la Vida para personal policial que presta servicios de seguridad integral- Decreto Supremo N° 317-2013-EF.
Niveles en Situación de Actividad Monto de la Bonificación (s/.)
Personal Oficial 1 000.00
Personal Suboficial 800.00
• Bonificación por Alto Riesgo a la Vida para personal policial y militar que presta servicios en zonas de frontera – Decreto Supremo N° 317-2013-EF.
Niveles en Situación de Actividad Monto de la Bonificación (S/.)
Personal Oficial 700.00
Personal Suboficial 600.00
• Bonificación por Alto Riesgo a la Vida para personal policial que presta servicio en unidades especiales que la determina la Policía Nacional del Perú. Decreto Supremo
N° 317-2013-EF.
Grado Monto de la Bonificación (S/.)
Teniente General 1 140.00
General 1 140.00
Coronel 800.00
Comandante 600.00
Mayor 500.00
Capitán 390.00
Teniente 340.00
Alférez 340.00
Grado Monto de la Bonificación (S/.)
Sub Oficial Superior 380.00
Sub Oficial Brigadier 330.00
Sub Oficial Técnico de Primera 330.00
Sub Oficial Técnico de Segunda 330.00
Sub Oficial Técnico de Tercera 330.00
Sub Oficial de Primera 290.00
Sub Oficial de Segunda 290.00
Sub Oficial de Tercera 290.00
• Bonificación por Alto Riesgo a la Vida para personal policial que presta servicio en unidades especiales que la determina la Policía Nacional del Perú mediante resolución – Decreto Supremo N° 317-2013-EF.
Niveles en Situación de Actividad Monto de la Bonificación (S/.)
Personal Oficial 700.00
Personal Suboficial 500.00
Artículo 2.- Para fines del pago del Bono por Alta Responsabilidad, considerar como Director a los cargos que ocupan el Personal de la Policía Nacional del Perú siguientes:
- CORONELES de armas con el CARGO de "DIRECTOR."
- CORONELES de armas con el CARGO de "JEFE
DE REGIÓN."
- CORONELES de armas y de servicio con el CARGO
de "JEFE DE ESTADO MAYOR."
- CORONELES de armas y de servicio con el CARGO
de "JEFE DE DIVISIÓN."
- OFICIALES Y SUBOFICIALES COMISARIOS con el CARGO de "COMISARIO".
- OFICIALES Y SUBOFICIALES INSTRUCTORES
DE LA ESCUELA DE OFICIALES Y ESCUELAS TÉCNICO
SUPERIOR a nivel nacional con el cargo de "Jefe de Regimiento, Jefe de Batallón, Jefe de Compañía, Jefe de Sección e Instructores."
Artículo 3.- Para fines del pago de los diferentes Bonos indicados en la norma, debe tener presente la aplicación del artículo 27 del Decreto Legislativo N° 1148, referido a la Lista de Revista del Personal en situación de actividad."
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBAN PERALTA
Ministro del Interior
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