Inicio
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual
Organismos Tecnicos Especializados
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 006 -2014-COD/INDECOPI Delegan
1/16/2014
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 006 -2014-COD/INDECOPI Delegan
Delegan la facultad para aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático en el Gerente General del INDECOPI, por el Ejercicio Fiscal 2014 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 006 -2014-COD/INDECOPI Lima, 10 de enero de 2014 VISTO: El Informe N° 003-GPG/de fecha 10 de enero del presente año, mediante el cual la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional propone delegar la atribución del Titular del INDECOPI para aprobar las modificaciones presupuestales en
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 006 -2014-COD/INDECOPI
Lima, 10 de enero de 2014
VISTO:
El Informe N° 003-GPG/de fecha 10 de enero del presente año, mediante el cual la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional propone delegar la atribución del Titular del INDECOPI para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel Funcional Programático en el Gerente General;
CONSIDERANDO:
Que, en el caso del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, en virtud de lo señalado en el inciso a) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado con Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado con Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, son funciones y/o atribuciones del Presidente del Consejo Directivo, entre otras, dirigir y supervisar la marcha institucional, ejerciendo las funciones generales como titular de Pliego presupuestario;
Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, están determinados por el TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF y la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014;
Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el numeral 7.1 del artículo 7° del TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;
Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40° del citado Decreto Supremo, señala que el Titular de la entidad podrá delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, la facultad a delegar en el Gerente General resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del INDECOPI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009- 2009-PCM y sus modificaciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 107- 2012-PCM;
Que, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional, y de conformidad con el TUO de Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Delegar en el Gerente General del INDECOPI, a partir del 13 de enero de 2014, y por el ejercicio Fiscal 2014, la facultad del Titular del Pliego 163 – Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático.
Artículo Segundo.- El Gerente General deberá informar a la Presidencia del Consejo Directivo, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución.
Artículo Tercero.- Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HEBERT TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)