1/09/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 008-2014-INGEMMET/PCD Delegan facultades en materia presupuestal en la

Delegan facultades en materia presupuestal en la Secretaría General del INGEMMET durante el Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 008-2014-INGEMMET/PCD Lima, 7 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestario, conforme lo señalado en los Decretos Supremos N°
Delegan facultades en materia presupuestal en la Secretaría General del INGEMMET durante el Año Fiscal 2014
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 008-2014-INGEMMET/PCD
Lima, 7 de enero de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestario, conforme lo señalado en los Decretos Supremos N° 058-2011-PCM y N° 035-2007-EM;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, prevé que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga su veces en la Entidad, pudiendo delegarse dicha facultad mediante disposición expresa, la cual debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Ley N° 30114, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

Que, el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM; señala que el Presidente del Consejo Directivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, es el responsable de dirigir y supervisar la marcha institucional y representa al Consejo Directivo ante las autoridades del Sector y ante otras instituciones públicas y privadas;

Que, asimismo, el artículo 9° del ROF del INGEMMET
establece que la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa de la entidad;

Que, con la finalidad de coadyuvar a una mejor gestión en la administración de los recursos asignados, en materia presupuestal, que permitan al INGEMMET
cumplir de forma eficiente y eficaz con las funciones de su competencia; así como, con los objetivos y metas trazados en los instrumentos de gestión, resulta pertinente delegar en la Secretaría General determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego durante el Año Fiscal 2014;

Con el visado de la Secretaría General y de los Directores de las Oficinas de Administración, Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 7° del Decreto Supremo N° 035-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría General del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET
durante el Año Fiscal 2014, las siguientes facultades en materia presupuestal:

1.1 Aprobar la formalización de Notas para Modificaciones Presupuestaria en el nivel Funcional Programático, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411.

1.2 Suscribir la Ficha Técnica del Indicador de Desempeño, establecida en la Directiva N° 005-2012-EF/50.1 "Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2012" aprobado por Resolución Directoral N° 017-2012-EF/50.01.

1.3 Aprobar las Directivas internas en el marco de la Ley de Presupuesto y modificatorias.

Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.

Artículo 3°.- La Secretaría General deberá dar cuenta a la Presidencia del Consejo Directivo del INGEMMET, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada mes, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en el Artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA G. VILCA ACHATA
Presidenta del Consejo Directivo

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