1/08/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0009/RE-2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0009/RE-2014 Lima, 6 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Alianza del Pacífico es una iniciativa para conformar un área de integración profunda en la que se avance progresivamente en la liberación del comercio de bienes, la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al área del Pacífico y al mundo; Que, el 9 de enero de 2014, se realizará en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0009/RE-2014
Lima, 6 de enero de 2014
CONSIDERANDO:

Que, la Alianza del Pacífico es una iniciativa para conformar un área de integración profunda en la que se avance progresivamente en la liberación del comercio de bienes, la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al área del Pacífico y al mundo;

Que, el 9 de enero de 2014, se realizará en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de la Alianza del Pacífico, en cuyo marco se hará una revisión de los avances realizados por los grupos técnicos en el cumplimiento de los compromisos adoptados en el mecanismo, en particular aquellos relacionados con el movimiento de personas, la cooperación, la estrategia comunicacional del mecanismo y el relacionamiento con terceros países;

Que, el 10 de enero de 2014, se realizará en la citada ciudad, el Panel de Discusión sobre la Alianza del Pacífico, en el marco de la XXV Reunión Anual de Embajadores y Cónsules de México, al cual han sido invitados los Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros, cuyo objetivo es profundizar el conocimiento de la Alianza del Pacífico, los beneficios para sus miembros plenos y observadores, así como las tendencias de este mecanismo a futuro;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 30, del Despacho Viceministerial, de 3 de enero de 2014; y los Memoranda (DGA) N° DGA0004/2014, de
la Dirección General de América, de 3 de enero de 2014, y (OPR) N° OPR0001/2014, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 6 de enero de 2014, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002/PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013/PCM; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 9 al 10 de enero de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 9 de enero de y su retorno el 11 de enero de 2014.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906: Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica
US$
Viáticos por día
US$
N° de días Total Viáticos
US$
Claudio Julio De la Puente Ribeyro 2,140.00 440.00 2 880.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDA RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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