1/23/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2014-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS EMAPISCO S.A., destinada al financiamiento de la contrapartida nacional para la ejecución de obra RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2014-VIVIENDA Lima, 22 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 301 14, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, mediante la Resolución Ministerial N° 318-2013-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS EMAPISCO S.A., destinada al financiamiento de la contrapartida nacional para la ejecución de obra
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2014-VIVIENDA
Lima, 22 de enero de 2014
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N° 301 14, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, mediante la Resolución Ministerial N° 318-2013-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/. 4 368
652 708,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuentes de Financiamiento;
y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 037-2012-VIVIENDA, de fecha 16 de febrero de 2012, se establecieron los montos correspondientes a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas efectuará con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstrucción -Sismo del 15 de Agosto 2007, creado mediante el Decreto de Urgencia N° 026-2007, para cubrir la disponibilidad de recursos, del proyecto "Rehabilitación de las Redes Primarias de Agua Potable afectadas por el Terremoto del 15 de Agosto del 2007 en el ámbito de atención de EMAPISCO S.A", por el monto de S/. 5 295 646,63, entre otros;

Que, con el Oficio N° 162-2013-EMAPISCO S.A.G.G., la EPS EMAPISCO S.A. solicitó formalmente una transferencia de recursos hasta por la suma de S/. 5
565 116,68, a fin de financiar la Contrapartida Nacional para la ejecución y culminación satisfactoria e integral de la obra de reconstrucción de infraestructura sanitaria denominada: "Rehabilitación de las Redes Primarias de Agua Potable Afectadas por el Terremoto del 15 de Agosto del 2007 en el ámbito de atención de EMAPISCO S.A.", precisándose que mediante Resolución Ministerial N° 298-2013-VIVIENDA de fecha 25 de noviembre de 2013, se transfirió financieramente a la EPS EMAPISCO S.A., la suma de S/. 5 565 117,00;

Que, a través del Memorándum N° 40-2014/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/2.0, de fecha 10 de enero de 2014, la Jefa de la Unidad de Administración del PNSU, señala que el saldo disponible existente en la Sub Cuenta de Participaciones -FORSUR es de S/. 5 295 646,63, los mismos que conforme a lo coordinado con la sectorista de la Contaduría Pública del MEF, deberán ser registrados presupuestalmente con el clasificador de saldo de Balance; asimismo, precisa que el PNSU a través del Equipo de Tesorería ha registrado en el SIAF las fases del Ingreso Determinado y Recaudado en el mes de diciembre de 2013, el cual refieja dicho saldo de balance; de igual modo señala la contabilización del registro de ingresos relacionados a los fondos del FORSUR, encontrándose debidamente contabilizado al 31
de diciembre de 2013;

Que, con Memorando N° 037-2014/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0, del Director Ejecutivo (s) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y con Informe N° 007-2014-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 de la Jefa (e) de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas de Información del PNSU, ambos de fecha 10 de enero de 2014, se solicita gestionar la Incorporación de Mayores Recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Año Fiscal 2014, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Actividad 5.001777. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 5 295 647,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo a los recursos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de Agosto 2007; a fin de atender una transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS EMAPISCO
S.A., hasta por la suma de S/. 5 295 646,63, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para financiar la Contrapartida Nacional para la ejecución de la obra "Rehabilitación de las Redes Primarias de Agua Potable afectadas por el Terremoto del 15 de Agosto del 2007, en el ámbito de atención de la EPS EMAPISCO S.A, para lo cual adjunta el convenio correspondiente;

Que, mediante el Memorándum N° 085-2014/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto, hizo suyo el Informe N° 006-2014/VIVIENDA-OGPP-UPTO
de la Unidad de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable y considera procedente elevar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice la Incorporación de Mayores Fondos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 5
295 647,00, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, con cargo a los recursos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de Agosto 2007; así como, autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 5 295 646,63, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a favor de la EPS EMAPISCO S.A., correspondiente a la Contrapartida Nacional para la ejecución de la obra del proyecto "Rehabilitación de las Redes Primarias de Agua Potable afectadas por el Terremoto del 15 de Agosto del 2007, en el ámbito de atención de EMAPISCO S.A";

Que, literal d) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, cuando provienen de los recursos financieros distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal, constituyen saldo de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantía;

Que, el numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01-Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificada por la Resolución Directoral N° 025-2013-EF/50.01, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, proceden, entre otros casos, cuando la captación u obtención de los ingresos superen los ingresos previstos que financian los créditos presupuestarios aprobados a nivel de fuente de financiamiento del presupuesto institucional y consideradas en las proyecciones financieras de los ingresos que efectúe el pliego, las cuales muestren un incremento que superen los créditos presupuestarios aprobados; así como, cuando se trate de los recursos provenientes de Saldo de Balance y Donaciones y Transferencias;

Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi), del literal a), numeral 12.1, del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; se autoriza de manera excepcional, en el presente año fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA y para las entidades prestadoras de servicios de saneamiento;
las mismas que según el numeral 12.2 del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la Incorporación de Mayores Fondos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, para el año fiscal 2014, hasta por la suma de S/. 5 295 647,00, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, con cargo a los recursos del Fondo para la Reconstrucción -Sismo del 15 de Agosto 2007; así como, la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/. 5 295 646,63, a favor de la EPS EMAPISCO S.A., a fin de financiar la Contrapartida Nacional para la ejecución de la obra del proyecto "Rehabilitación de las Redes Primarias de Agua Potable afectadas por el Terremoto del 15 de Agosto del 2007 en el ámbito de atención de EMAPISCO S.A"; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
y la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01 y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma S/. 5 295 647,00 (CINCO
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL
SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS
SOLES), de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS (En Nuevos Soles)
Fuente de Financiamiento 5 : Recursos Determinados 1 Ingresos Presupuestarios 1.9 Saldos de Balance 1.9.1 Saldos de Balance 1.9.1.1 Saldos de Balance 1.9.1.1.1 Saldos de Balance 1.9.1.1.1.1 Saldos de Balance 5 295 647,00
===========
TOTAL INGRESOS 5 295 647,00
===========
EGRESOS (En Nuevos Soles)
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano CATEGORIA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PRODUCTO 3.000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5.001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano Fuente de Financiamiento 5 : Recursos Determinados 2. Gastos Presupuestarios 4 Donaciones y Transferencias 5 295 647,00
===========
TOTAL EGRESOS 5 295 647,00
===========
Artículo 2.- Codificación La Oficina General de Planificación y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.

Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planificación y del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, instruye a la Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 4.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 5 295 646,63 (CINCO
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL
SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 63/100 NUEVOS
SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, a favor de la EPS EMAPISCO S.A., destinada al financiamiento de la contrapartida nacional para la ejecución de la obra "Rehabilitación de las Redes Primarias de Agua Potable Afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007, en el ámbito de atención de
EMAPISCO S.A."
Artículo 5.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 4 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 5: Recursos Determinados.

Artículo 6.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 4 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 7.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas físicas y financieras, en el marco de los dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.

Artículo 8.- Información La EPS EMAPISCO S.A., informará oportunamente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de los recursos transferidos mediante la presente Resolución Ministerial, en el marco del Convenio suscrito por las partes.

Artículo 9.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del T exto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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