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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1859-2013-IN/DGPP Aprueban Plan Operativo Institucional para el Año del
1/02/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1859-2013-IN/DGPP Aprueban Plan Operativo Institucional para el Año del
Aprueban Plan Operativo Institucional para el Año del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1859-2013-IN/DGPP Lima, 27 de diciembre de 2013 VISTO: El Oficio N° 003645-2013/IN/DGPP del 24 de diciembre de 2013, el Director General de la Dirección General de Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley N° 26889 y el Decreto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1859-2013-IN/DGPP
Lima, 27 de diciembre de 2013
VISTO:
El Oficio N° 003645-2013/IN/DGPP del 24 de diciembre de 2013, el Director General de la Dirección General de Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley N° 26889 y el Decreto Supremo N° 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior propone la aprobación del Plan Operativo Institucional para el año del Ministerio del Interior.
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1, del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir, el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, asimismo el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de Ia Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante DS N° 312-2012-EF, establece que las entidades, para Ia elaboración de sus Planes Operativos institucionales y Presupuestos lnstitucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estrategico lnstitucional (PEl), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM);
Que, el numeral 71.2 del artículo 71 de la referida Ley, dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, conforme a su escala de prioridades;
Que, con Resolución Ministerial N° 1524-2013-IN/ DGPP de 15 de noviembre de 2013, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2013-2016 del Sector Interior, como instrumento orientador de la gestión sectorial que sirve de marco para priorizar los objetivos y acciones, así como hacer explícito y de conocimiento público los lineamientos de política que permitan mejorar la calidad del gasto de los organismos integrantes del Sector, los mismos que deben ser concordantes con sus respectivos planes estratégicos y operativos;
Que, la Directiva N° 02-2013-IN-DGPP/DPP "Normas y procedimientos para la formulación y evaluación del Plan Operativo Institucional del Ministerio del Interior", aprobada con Resolución Ministerial N° 056-2013-IN/ DGPP, señala que el Plan Operativo Institucional (POI) es un instrumento de gestión que contiene la programación de actividades de los distintos órganos del Ministerio del Interior a ser ejecutados en un período anual, orientado hacia los objetivos y metas institucionales;
Que, el inciso d) del artículo 77 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2013-IN, señala entre las funciones de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, conducir la formulación, evaluación y actualización de los planes estratégicos y planes operativos del Sector Interior, en el marco de las normas y lineamientos de política del Sector Interior;
Que, el POI para el Año Fiscal se encuentra articulado con los objetivos y actividades estratégicas del Plan Estratégico Sectorial Multianual 2013-2016
del Sector Interior, y con el presupuesto asignado a los órganos y unidades ejecutoras, a través de las metas presupuestales;
Que, a efecto de cumplir con los objetivos trazados por el Ministerio del Interior, se hace necesario aprobar el POI
para el Año 2014;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 1135 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Decreto Supremo N° 010-2013-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional para el Año del Ministerio del Interior, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General publique en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Ministerial que aprueba el Plan Operativo Institucional para el Año del Ministerio del Interior.
Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de T ecnología de la Información y Comunicaciones, publique el Plan Operativo Institucional para el Año del Ministerio del Interior en el portal web (www.mininter.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBAN PERALTA
Ministro del Interior
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