1/03/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2013-MC Aprueban Tarifario de los Servicios No Prestados en

Aprueban Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2013-MC Lima, 27 de diciembre de 2013 Visto, el Informe N° 576-2013-OGPP-SG/MC emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y con autonomía administrativa y económica. Constituye pliego presupuestal
Aprueban Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2013-MC
Lima, 27 de diciembre de 2013
Visto, el Informe N° 576-2013-OGPP-SG/MC emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y con autonomía administrativa y económica. Constituye pliego presupuestal del Estado;

Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, el cual describe y precisa, la naturaleza, estructura y funciones de la Entidad;

Que, el último párrafo del artículo 37 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular del Pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;

Que, los servicios no prestados en exclusividad del Ministerio de Cultura, forman parte de la oferta existente en el mercado, y contribuyen a la generación de ingresos propios en beneficio de la preservación y conservación del patrimonio monumental arqueológico e histórico, integrantes de nuestro patrimonio cultural;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 031-2013-MC de fecha 30 de enero de 2013, se aprobó los valores del boleto por concepto de visitas o ingresos a los sitios arqueológicos, considerados bienes culturales inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para el año 2014, al amparo de lo establecido en el artículo 32 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo;

Que, en ese sentido, corresponde aprobar el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura, que ofrece a través de los Órganos que conforman su estructura orgánica, el cual contiene los valores del boletaje de ingreso a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, Museos y Museos de Sitio a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos para el ejercicio presupuestal 2014, el mismo que integra los valores a que se refiere el considerando anterior;

Que, mediante el documento del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, concluye que es necesario que se apruebe el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el ejercicio presupuestario 2014;

Con lo visado por el Secretario General, el Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC y la Resolución Ministerial N° 031-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBAR el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura, que ofrece a través de los Órganos que conforman su estructura orgánica, el cual contiene los valores del boletaje de ingreso a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, Museos y Museos de Sitio a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos, que serán de aplicación para el ejercicio fiscal 2014, el mismo que integra los valores del boleto por concepto de visitas o ingresos a los sitios arqueológicos, considerados bienes culturales inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobados por Resolución Ministerial N° 031-2013-MC, según anexos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, los anexos aprobados por el artículo precedente, deberán ser publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).

Regístrese, Comuníquese y Publíquese
DIANA ÁLVAREZ CALDERÓN
Ministra de Cultura

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