1/08/2014

RESOLUCIÓN N° 003-2014/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN N° 003-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 2 de enero de 2014 Visto el Expediente N° 326-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 8 264,54 m², ubicado en la cima de un cerro, colindante a la Asociación de Vivienda "El Progreso" y al Oeste de la Calle Daniel Garcés, en el distrito de San Juan de Mirafiores, de la provincia y departamento de Lima, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector

RESOLUCIÓN N° 003-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 2 de enero de 2014
Visto el Expediente N° 326-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 8 264,54 m², ubicado en la cima de un cerro, colindante a la Asociación de Vivienda "El Progreso" y al Oeste de la Calle Daniel Garcés, en el distrito de San Juan de Mirafiores, de la provincia y departamento de Lima,
CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 8 264,54 m², ubicado en la cima de un cerro, colindante a la Asociación de Vivienda "El Progreso" y al Oeste de la Calle Daniel Garcés, en el distrito de San Juan de Mirafiores, de la provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la Zona Registral N°IX – Sede Lima, con Oficio N° 1634-2013-SUNARP-Z.R.N°IX/GPI de fecha 23 de Agosto de 2013 remitió el Informe Técnico N° 12388-2013-SUNARP-Z.R.N°IX/OC, en el que señala que el predio en consulta se ubica en zona de cerros donde a la fecha no ha sido identificado un predio inscrito, no pudiéndose verificar la existencia o no de predios con inscripciones antiguas en el área en consulta;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de diciembre de 2013, se verificó que el predio se encuentra conformado por un cerro de pequeña extensión colindante a una zona de naturaleza urbana, con suelo de textura arenosa y pedregosa, encontrándose desocupado y sin edificaciones;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 8 264,54 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0383-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 17 de diciembre de 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 8 264,54
m², ubicado en la cima de un cerro, colindante a la Asociación de Vivienda "El Progreso" y al Oeste de la Calle Daniel Garcés, en el distrito de San Juan de Mirafiores, de la provincia y departamento de Lima;
según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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