Inicio
Cultura
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2014-MC Autorizan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio
1/11/2014
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2014-MC Autorizan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio
Autorizan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a la República de la India RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2014-MC Lima, 10 de enero de 2014 Visto, el Expediente N° 044424-2013 presentado por el señor Gonzalo Voto Bernales Gatica, en representación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, señor Carlos Enrique Tomas Martin Jiménez Gil Fortoul; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente N° 044424-2013 presentado por el señor Gonzalo Voto Bernales Gatica,
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2014-MC
Lima, 10 de enero de 2014
Visto, el Expediente N° 044424-2013 presentado por el señor Gonzalo Voto Bernales Gatica, en representación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, señor Carlos Enrique Tomas Martin Jiménez Gil Fortoul; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Expediente N° 044424-2013
presentado por el señor Gonzalo Voto Bernales Gatica, en representación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República señor Carlos Enrique Tomas Martin Jiménez Gil Fortoul, solicitó ante el Ministerio de Cultura autorización para la salida temporal del país de cinco (5) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, de su propiedad, por cuanto mediante Resolución Vice – Ministerial de fecha 28 de diciembre de 2012, se dispuso su traslado a la Embajada de Perú en la República de la India;
Que, la Dirección General de Museos del Ministerio de Cultura a través del Informe N° 238-2013-DGM-VMPCIC/ MC de fecha 23 de diciembre 2013, manifestó que la solicitud presentada cumple con los requisitos exigidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de Cultura, para la autorización de salida temporal de bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación de propiedad de funcionarios diplomáticos, por lo que recomienda la emisión de la respectiva Resolución Suprema;
Que, los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación materia de la citada solicitud de autorización de salida temporal del país cuentan con una Póliza de Seguros No. 2531310100565 emitida por MAPFRE PERU, con vigencia del 11 de octubre de 2013 hasta el 11 de enero de 2014;
Que, el literal d) del numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema;
Que, en tal sentido, estando a lo señalado por la Dirección General de Museos del Ministerio de Cultura y dado que corresponde al Estado por intermedio del citado Ministerio, cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, resulta procedente autorizar la salida temporal de los bienes culturales a que se refiere la presente Resolución; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 022-2002-ED y sus modificatorias que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de Cultura y, el Decreto Supremo N° 011-2006-ED que aprobó el Reglamento de la Ley N° 28296;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, la salida temporal de cinco (5)
bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolución, de propiedad del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, señor Carlos Enrique Tomas Martin Jiménez Gil Fortoul, a la ciudad de Nueva Delhi, República de la India a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución y por el plazo que dure su permanencia en la Embajada del Perú en la República de la India.
Artículo 2°.- El Ministerio de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente Resolución; así como las acciones de fiscalización posterior que correspondieran efectuarse a cargo de la Dirección General de Museos del Ministerio de Cultura.
Artículo 3°.- El Ministro en el Servicio Diplomático de la República, señor Carlos Enrique Tomas Martin Jiménez Gil Fortoul, deberá mantener vigente una póliza de seguros que cubra los cinco (5) bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación de su propiedad, en tanto dure su permanencia como Ministro Consejero en el Servicio Diplomático en la Embajada del Perú en la República de la India. Al culminar su permanencia como Ministro Consejero en la República de la India y a efectos del retorno de los bienes culturales del país, el señor Carlos Enrique Tomas Martin Jiménez Gil Fortoul, deberá contar con una póliza de seguros que cubra el retorno de las mismas.
Artículo 4°.- Los gastos relacionados al embalaje, fietes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refiere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por el Ministro en el Servicio Diplomático de la República señor Carlos Enrique Tomas Martin Jiménez Gil Fortoul.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO
Ministra de Cultura
ANEXO
RELACIÓN DE BIENES CULTURALES PERTENECIENTES
AL SEÑOR
CARLOS ENRIQUE TOMAS MARTIN JIMENEZ GIL FORTOUL
N° N° de Registro Nacional Denominación Tipo Código de registro anterior 1 0000142709 Virgen del Rosario Pintura V-2.0/E-375/2
2 0000142711 Virgen de la Merced Pintura V-2.0/E-375/4
3 0000142712 Santísima Trinidad Pintura V-2.0/E-375/5
4 0000142713 Arcángel Escultura y talla V-2.0/E-375/6
5 0000142714 Arcángel Escultura y talla V-2.0/E-375/7
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)