1/24/2014

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 030-2014-MTC/03 Proyecto de norma que modifica el Plan General de

Proyecto de norma que modifica el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 030-2014-MTC/03 Lima, 22 de Enero del 2014 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, señala en su artículo 14 que las entidades
Proyecto de norma que modifica el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 030-2014-MTC/03
Lima, 22 de Enero del 2014
CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de norma de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial "El Peruano", en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30)
días calendarios a la fecha prevista para su entrada en vigencia, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, el numeral 5.1 de la Directiva No. 001-2011-MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial No. 543-2011-MTC/01, establece que todo proyecto de norma de carácter general debe ser publicado en el Diario Oficial "El Peruano", en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; asimismo, el numeral 5.2 de la directiva mencionada, establece que la finalidad de la publicación de los proyectos normativos es permitir a las personas interesadas y a ciudadanos en general presentar aportes y/o comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados por el Decreto Supremo No. 003-2007-MTC al Decreto Supremo No. 020-98-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendarios, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes;

Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante Informe No.
017-2014-MTC/26 del 21 de enero de 2014, recomienda la publicación del proyecto de norma que modifica el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, en el marco de lo previsto en el artículo 19 antes señalado;

Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación del referido proyecto de norma en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo No. 001-2009-JUS, la Resolución Ministerial No.

543-2011-MTC/01 y los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, aprobados por Decreto Supremo No. 003-2007-MTC;
{G}PROYECTO
SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que modifica el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03; en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15)
días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al citado proyecto normativo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
{G}PROYECTO
{E}TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
PROYECTO DE NORMA QUE MODIFICA EL
PLAN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE LA
PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO
PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA, APROBADO
MEDIANTE RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 644-2013-MTC/03
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto de norma que modifica el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03; a fin que remitan sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, con atención al señor Abel Luis Mellado Ochoa, por escrito a Jr. Zorritos No. 1203 - Cercado de Lima, vía fax al (01)
615-7814 o vía correo electrónico a proyectonormas@mintc.gob.
pe, dentro del plazo de quince (15) días calendario, de acuerdo al formato siguiente:

Formato para la presentación de comentarios al presente proyecto de norma.

Artículo del Proyecto Comentarios(*)
1
2 (…)
Comentarios Generales (*) Adjunte los documentos sustentatorios de sus comentarios de ser pertinentes.

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL QUE MODIFICA
EL PLAN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE
LA PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO
PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA, APROBADO POR
{N}RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 644-2013-MTC/03
Lima,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fija, instituye el derecho del usuario de telefonía fija de conservar su número telefónico aun cuando cambie de empresa operadora, disponiendo la entrada en vigencia del referido derecho de manera gradual a nivel nacional, a más tardar el 28 de julio del año 2014;

Que, asimismo, la citada Ley N° 29956 dispone que en tanto entre en vigencia el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fija, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, determinarán las condiciones técnicas, económicas y administrativas que requiere la implementación de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fija en nuestro país;

Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, se aprobaron las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de T elefonía Fija, disponiendo en su Primera Disposición Complementaria Final que el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, sería aprobado mediante Resolución Viceministerial; así también, en el numeral 2.4 del artículo 2° del citado Decreto Supremo, se establece que el Administrador de las Bases de Datos Centralizadas – Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y de los servicios públicos móviles, deberá sujetarse al referido Plan General a efectos de implementar la base de datos de portabilidad del servicio público de telefonía fija;

Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de T elefonía Fija, definiendo las actividades a ser realizadas por los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, la Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas-Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y de los servicios móviles, así como las entidades del Estado involucradas en la implementación de la portabilidad numérica fija;

Que, en virtud de lo dispuesto por los artículos 43° y 44°, literal a), del Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 166-2013-CD/OSIPTEL, el Comité de Portabilidad se instaló el 03 de enero de y aprobó las bases del proceso de selección del Administrador de las Bases de Datos Centralizadas-Principales de la portabilidad numérica fija y móvil, en cuyo cronograma, el referido administrador será elegido mediante concurso el 13 de marzo del 2014
y deberá celebrar los contratos para la prestación de sus servicios con los respectivos concesionarios de los servicios de telefonía fija y móvil, hasta el 27 de marzo del 2014; luego de ello, el Administrador seleccionado iniciará la implementación de las Bases de Datos respectivas;

Que, considerando el momento en que será seleccionado el referido Administrador y el plazo que le tomará implementar las Bases de Datos Centralizadas-Principales de la portabilidad numérica, se ha advertido que algunos plazos y actividades previstos en el vigente Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, podrían no ser suficientes para las tareas que deberá desarrollar el mencionado Administrador, lo cual puede dificultar la participación de postores en el concurso a través del cual será seleccionado, ante el riesgo de incurrir en incumplimientos al Plan General;

Que, en consecuencia, se considera necesario modificar los plazos previstos en el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, en lo que corresponde a las actividades a cargo del Administrador de las Bases de Datos Centralizadas-Principales de la portabilidad numérica, así como adecuar algunas otras actividades programadas en el citado Plan, con el objetivo de propiciar la participación y competencia en el concurso antes mencionado;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de Portabilidad Numérica en los servicios de telefonía fija; y el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, que aprueba las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar los numerales 1.e, 2.d y 3.1.b, así como el primer párrafo del numeral 3.1.a, el segundo
{G}PROYECTO
párrafo del numeral 3.2 y el título de la ACTIVIDAD 2, del Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, en los términos que se señalan a continuación:

ACTIVIDAD 1: ADECUACIONES Y PRUEBAS
INTERNAS
"1.e El plazo máximo para que los concesionarios concluyan con las adecuaciones y pruebas internas es hasta el 15 de abril de 2014. La Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas–Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y de los servicios móviles, realizará sus pruebas internas como máximo hasta el 30 de junio de 2014."
"ACTIVIDAD 2: PRUEBAS EXTERNAS"
"2.d Las pruebas externas para los concesionarios se iniciarán a partir del 16 de abril de y culminarán el 15 de julio de 2014. La Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas–Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y de los servicios móviles, iniciará las pruebas externas a más tardar el 01 de julio de y las realizará hasta el 15
julio de 2014."
ACTIVIDAD 3: PUESTA EN SERVICIO Y PLAN DE
INFORMACIÓN AL PÚBLICO
"3.1.a La puesta en servicio de la Portabilidad Numérica en el servicio público de telefonía fija, se realizará durante el periodo comprendido entre el 16 de julio al 28 de julio de 2014. (…)"
"3.1.b Las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de cada uno de los departamentos, así como el orden que observarán las zonas, serán establecidos durante el mes de junio de 2014, mediante Resolución Viceministerial."
"3.2 Plan de Información al Público (…)
El referido Plan se iniciará el 1 de agosto de y culminará como mínimo el 31 de octubre de 2014, para lo cual se consideran las siguientes actividades: (…)"
Artículo 2.- Sustituir el Cronograma de Implementación de la Portabilidad Numérica del Servicio Público de T elefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, por el siguiente cronograma:

CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA PORTABILIDAD NUMÉRICA DEL
SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA
Artículo 3.- Derogar los numerales 2.f y 2.g del Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL QUE MODIFICA
EL PLAN GENERAL DE IMPLEMENTACIÓN DE
LA PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO
PÚBLICO DE TELEFONÍA FIJA, APROBADO POR
{N}RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 644-2013-MTC/03
1. ANTECEDENTES
El Congreso de la República aprobó la Ley N° 29956, Ley que establece el derecho de portabilidad numérica en los servicios de telefonía fija, que entre sus disposiciones determina que el referido derecho debe entrar en vigencia de manera gradual a nivel nacional a más tardar el 28 de julio de 2014. Esta ley establece además que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, determinarán las condiciones técnicas, económicas y administrativas para la implementación de la citada medida.

En este marco, mediante el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, se aprobaron las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, entre las cuales se establece que el OSIPTEL conformará un Comité de Portabilidad Numérica, que tendrá como finalidad elegir a la Entidad Administradora de las Bases de Datos Centralizadas–
Principales de Portabilidad Numérica del servicio público de telefonía fija y de los servicios móviles (en adelante, el Administrador).

Asimismo, por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03 se aprobó el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija, disponiéndose, entre otros, los plazos para que el Administrador efectúe adecuaciones, pruebas internas y pruebas externas, y de forma conjunta con los concesionarios de los servicios de telecomunicaciones, ponga en servicio la portabilidad numérica para el servicio público de telefonía fija. Adicionalmente, dicha norma establece el plazo para realizar el Plan de Información al Público.

Por su parte, por Resolución de Consejo Directivo N° 166-2013-CD/OSIPTEL, se aprobó el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de T elefonía Fija, el cual dispone que el Comité de Portabilidad estará conformado por un representante del OSIPTEL, quien lo preside, un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, un representante de cada grupo de concesionarios del servicio de telefonía fija y móvil que tengan una participación mayor al 1%
del total de líneas en servicio de telefonía fija y móvil, y un representante de los concesionarios del servicio de telefonía y móvil con participación menor o igual al 1% del total de líneas de telefonía fija y móvil en servicio. Entre sus funciones, el Comité de Portabilidad deberá elaborar un
{G}PROYECTO
cronograma de trabajo detallado en donde se establezca claramente el plazo para el proceso de selección.

En atención a esta función, el Comité de Portabilidad aprobó las bases para el proceso de selección del Administrador, en cuyo cronograma, el Administrador será elegido mediante concurso el 13 de marzo de 2014
y deberá celebrar los contratos para la implementación de sus servicios con los respectivos concesionarios de los servicios de telefonía fija y móvil, hasta el 27 de marzo de 2014. Luego de ello, el Administrador iniciará la implementación de las Bases de Datos respectivas.

Tomando en consideración el cronograma señalado en el párrafo precedente, OSIPTEL ha advertido 1
que los plazos establecidos en el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija, podrían restringir la partición de postores en el citado proceso de selección, ante el riesgo de incurrir en incumplimientos al referido Plan General; por lo cual solicita la reformulación urgente de los plazos contemplados en el mismo, en lo relativo a las actividades que corresponden al Administrador.

2.PROPUESTA NORMATIVA
Con el fin de de contar con plazos viables que aseguren la presencia de postores en el proceso de selección del Administrador, quienes requieren reglas claras sobre las obligaciones que les corresponden y el periodo con que cuentan para poder cumplirlas a efectos de definir su participación y elaborar sus propuestas, se modifica el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, según el siguiente detalle:
a. Ampliar el plazo para la realización de pruebas internas por parte del Administrador hasta el 30 de junio de 2014.

Cabe señalar, que no se considera necesario modificar los plazos para la realización de pruebas internas por parte de los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, debido a que para tales efectos no requieren la participación del Administrador.
b. Como consecuencia de la modificación referida en el literal a. precedente, los plazos con que cuenta el Administrador para las pruebas externas y puesta en servicio también deben ser adecuadas.

Así, las pruebas externas se llevarán a cabo desde el 01 de julio hasta el 15 de julio de 2014, y la puesta en servicio de la Portabilidad Numérica en el servicio público de telefonía fija, se realizará de forma gradual, durante el periodo comprendido entre el 16 de julio al 28 de julio de 2014.
c. Se elimina la prueba piloto, dado que la misma puede ser gestionada como una etapa de afianzamiento en la puesta en servicio de la Portabilidad Numérica en el servicio público de telefonía fija.
d. Asimismo, se reprograma el Plan de Información al Público a partir del 01 de agosto de 2014.
e. Finalmente, se sustituye el Cronograma de Implementación de la Portabilidad Numérica del Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03.

3.ANÁLISIS COSTO – BENEFICIO
La presente norma no irroga gastos al Estado, dado que no establece mayores obligaciones que las previstas en el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03.

En cuanto a los beneficios, la presente norma viabilizará la presencia de postores en el proceso de selección de el Administrador, lo que permitirá hacer operativo el derecho a la portabilidad numérica fija, en el plazo dispuesto por la Ley N° 29956; lo cual redundará a favor de los usuarios.

4. IMPACTO EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL
La modificación de Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03, se enmarca en el Decreto Supremo N° 016-2013-MTC, que faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para aprobar el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio de Telefonía Fija.

1
Mediante carta c. 037-GG.GPRC/2014.

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