2/08/2014

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 016-2014-EM/DGE Otorgan concesión eléctrica rural para desarrollar

Otorgan concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de distribución de energía eléctrica en diversas zonas del departamento de Lima, a favor de ADINELSA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 016-2014-EM/DGE Lima, 20 de enero de 2014 VISTO: El Expediente con código N° 65321112, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, persona jurídica inscrita en la Partida N° 11099911
Otorgan concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de distribución de energía eléctrica en diversas zonas del departamento de Lima, a favor de ADINELSA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 016-2014-EM/DGE
Lima, 20 de enero de 2014
VISTO: El Expediente con código N° 65321112, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, persona jurídica inscrita en la Partida N° 11099911 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante solicitud presentada ante la Dirección General de Electricidad el 18 de mayo de 2012 bajo el Registro N° 2191545, el peticionario solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del proyecto "Electrificación de Santo Domingo de los Olleros y Mariatana Huarochirí", que comprende las zonas de: 1)
Casa Rosada, 2) Comalipa, 3) Olleros, 4) Cuculí Chico, 5) Huallanche, 6) Llaca Llaca, 7) Lucumo, 8) La Perla, 9) Malpaso, 10) Pascanita, 11) Piedra Grande, 12)
Matará, 13) Calahuaya, 14) Chatacancha, 15) Cuculí, 16) Mariatana, 17) Nuevo Cuculí, 18) Villa María, 19)
Piedra Caceres, 20) Villa Pampilla 1 – Villa Pampilla 2 y 21) Coranche, ubicado en los distritos de Santo Domingo de los Olleros, Mariatana, Sangallaya y Chilca, provincias de Huarochirí y Cañete, departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente;

Que, el peticionario ha presentado la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral N° 021-2012 EM/DGE, de fecha 17 de enero de 2012, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 30
del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM;

Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 908-2013-DGE-DCE;

Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. -ADINELSA, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto "Electrificación de Santo Domingo de los Olleros y Mariatana Huarochirí", ubicado en los distritos de Santo Domingo de los Olleros, Mariatana, Sangallaya y Chilca, provincias de Huarochirí y Cañete, departamento de Lima, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:

Item Zona de Concesión Departa-mento Provincia Distrito Plano N°
PGRAL_01 (Esc.: 1/60,000)
1
Casa Rosada Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
2 Comalipa Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
3 Olleros Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
4
Cuculí Chico Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
5 Huallanche Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
6 Llaca Llaca Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
7 Lucumo Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
8 La Perla Lima Huarochirí Cañete Santo Domingo de los Olleros Página 115
Chilca 9 Malpaso Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
10 Pascanita Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
11
Piedra Grande Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
12 Matará Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
13 Calahuaya Lima Huarochirí Mariatana Página 115
14
Chatacan-cha Lima Huarochirí Mariatana Página 115
15 Cuculí Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
16 Mariatana Lima Huarochirí Mariatana Página 115
17
Nuevo Cuculí Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
18 Villa María Lima Huarochirí Mariatana Página 115
Santo Domingo de los Olleros Item Zona de Concesión Departa-mento Provincia Distrito Plano N°
PGRAL_01 (Esc.: 1/60,000)
19
Piedra Caceres Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
20
Villa Pampilla (Polígono 1)
Villa Pampilla (Polígono 2)
Lima Huarochirí Santo Domingo de los Olleros Página 115
21 Coranche Lima Huarochirí Sangallaya Página 115
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 021-2013 a suscribirse con la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. –
ADINELSA, el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos.

Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 021-2013, referido en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 5.- La presente Resolución será notificada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS A. NICHO DIAZ
Director General Dirección General de Electricidad

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