Inicio
Cultura
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 094-2014-MC Constituyen la Comisión de Programación y Formulación del
3/20/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 094-2014-MC Constituyen la Comisión de Programación y Formulación del
Constituyen la Comisión de Programación y Formulación del Pliego 003 Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 094-2014-MC Lima, 18 de marzo de 2014 Visto, la Resolución Directoral N° 005-2014-EF/50.01 y el Informe N° 140-2014-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público y con autonomía administrativa y económica; Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 094-2014-MC
Lima, 18 de marzo de 2014
Visto, la Resolución Directoral N° 005-2014-EF/50.01
y el Informe N° 140-2014-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29565, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público y con autonomía administrativa y económica;
Que, mediante Resolución Directoral N° 005-2014-EF/50.01, se aprobó la Directiva N° 003-2014-EF/50.01
"Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual"; así como sus Anexos, Fichas y Formatos, correspondiente a los niveles de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local;
Que, el artículo 3 de la mencionada Directiva, establece que el Titular de la entidad conformará una "Comisión de Programación y Formulación", que se encargará de coordinar dicho proceso;
Que, asimismo, en el numeral 3.2 del artículo 3 de la Directiva N° 003-2014-EF/50.01, se establece que: "La Comisión es presidida por el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la entidad o el que haga sus veces y está integrada por los responsables técnicos y/o coordinadores de los equipos técnicos de los PP , los Jefes de la Oficina General de Administración, de Abastecimiento, de Personal, de Infraestructura, de la Oficina de Programación e Inversiones, así como de las oficinas de Investigación, Seguimiento, Evaluación y/o Estadística, Unidades Formuladoras o los que hagan sus veces, con la participación de los representantes de las unidades ejecutoras, según corresponda. Los integrantes de la Comisión son responsables, en el marco de sus competencias, del resultado de los trabajos de dicha Comisión";
Que, adicionalmente, en el numeral 3.4 de la citada Directiva, se precisa que la Comisión culmina sus trabajos con la presentación de la información de programación y formulación anual a la Dirección General de Presupuesto Público, conforme a los plazos establecidos en el Anexo N° 2 de la citada Directiva;
Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva N° 003-2014-EF/50.01, resulta necesario emitir la respectiva resolución;
Con el visado del Secretario General, del Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, la Resolución Directoral N° 005-2014-EF/50.01, que aprobó la Directiva N° 003-2014-EF/50.01 "Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual";
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Constituir la Comisión de Programación y Formulación del Pliego 003 Ministerio de Cultura, que se encargará de coordinar dicho proceso, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Directiva N° 003-2014-EF/50.01 "Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual".
Artículo 2°.- La Comisión a que se refiere el artículo precedente está conformada por:
- El Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien preside la Comisión.
- El Director de la Oficina de Administración actualmente Director (a) General de la Oficina General de Administración.
- El Jefe (a) de la Oficina de Abastecimiento.
- El Jefe (a) de la Unidad de Recursos Humanos actualmente Director (a) General de la Oficina General de Recursos Humanos.
- El Jefe (a) de la Oficina de Operaciones y Mantenimiento.
- El Jefe (a) de la Oficina de Inversiones.
- El Director General de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
- Un representante de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco.
- Un representante de la Unidad Ejecutora 003: Zona Arqueológica Caral.
- Un representante de la Unidad Ejecutora 004:
Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano.
- Un representante de la Unidad Ejecutora 005:
Naylamp- Lambayeque.
- Un representante de la Unidad Ejecutora 006:
Complejo Arqueológico de Chan Chan.
- Un representante de la Unidad Ejecutora 007:
Marcahuamachuco.
- Un representante de la Unidad Ejecutora 008:
Proyectos Especiales.
Artículo 3°.- Los Directores o Jefes de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura deberán acreditar ante el Presidente de la Comisión de Programación y Formulación, a sus representantes.
Artículo 4°.- La Comisión referida en el artículo 1°, inicia sus funciones al día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial y culmina sus trabajos con la presentación de la información de programación y formulación anual a la Dirección General de Presupuesto Público, conforme a los plazos establecidos en el Anexo N° 2 de la citada Directiva.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)