3/27/2014

RESOLUCIÓN SBS N° 1804-2014 Opinan favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas

Opinan favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas emita instrumentos representativos de deudas subordinadas computable como patrimonio efectivo de nivel 2 RESOLUCIÓN SBS N° 1804-2014 Lima, 18 de marzo de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, para que se otorgue opinión favorable para la emisión de instrumentos representativos de deuda subordinada computable como
Opinan favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas emita instrumentos representativos de deudas subordinadas computable como patrimonio efectivo de nivel 2
RESOLUCIÓN SBS N° 1804-2014
Lima, 18 de marzo de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:

La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, para que se otorgue opinión favorable para la emisión de instrumentos representativos de deuda subordinada computable como patrimonio efectivo de nivel 2, en el marco del "Segundo Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas"
hasta por un monto máximo de US$ 60,000,000.00 (sesenta millones y 00/100 de Dólares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221°, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos subordinados;

Que, mediante Resolución SBS N° 4727-2009 del 29
de mayo del 2009, se aprobó del Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero, en adelante el Reglamento;

Que, el artículo 232° de la Ley General, establece que la emisión de bonos subordinados debe ser acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo delegar esta facultad en el Directorio, y que la emisión de tales instrumentos requiere opinión favorable de esta Superintendencia;

Que, el artículo 233° de la Ley General, y el artículo 16° del Reglamento, establecen las características que deben tener los bonos subordinados redimibles para que sean elegibles para el cómputo del patrimonio efectivo de nivel 2;

Que, en la Junta General de Accionistas, en sesión celebrada el 22 de noviembre del 2013, se aprobó por unanimidad el Segundo Programa de Bonos Subordinados hasta por un monto de US$ 60,000,000.00 (sesenta millones y 00/100 de Dólares Americanos) o su equivalente en nuevos soles y se acordó delegar en el Gerente General las facultades para modificar las condiciones del programa, definir condiciones que no se hubiesen aprobado y en general efectuar todas las modificaciones que sean necesarias;

Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida para efectos de la renovación del plazo del Programa, según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D", el Departamento de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas emita instrumentos representativos de deuda subordinada computable como patrimonio efectivo de nivel 2, en el marco del "Segundo Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas" hasta por un monto máximo de US$ 60,000,000.00 (sesenta millones y 00/100 de Dólares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles.

Artículo Segundo.- El Banco deberá contemplar en todo momento los límites legales y demás requisitos aplicables para el cómputo de los Bonos Subordinados materia de la presente opinión favorable como Patrimonio Efectivo de Nivel 2, conforme a las disposiciones normativas vigentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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