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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 021-2014-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la
3/17/2014
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 021-2014-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Fiesta del Niño Occe y a la Escenificación del Auto Sacramental de la Adoración de los Reyes Magos en la ciudad de Huancavelica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 021-2014-VMPCIC-MC Lima, 13 de marzo de 2014 Vistos, el Memorando N° 0339-2013-DRC-HVA/MC de la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica y el Informe N° 060-2014-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 021-2014-VMPCIC-MC
Lima, 13 de marzo de 2014
Vistos, el Memorando N° 0339-2013-DRC-HVA/MC
de la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica y el Informe N° 060-2014-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que "Integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural";
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que "es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación";
Que, mediante Memorando N° 0339-2013-DRC-HVA/ MC, la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, remite el expediente técnico mediante el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes, la declaratoria de la fiesta tradicional religiosa conocida como "Fiesta del Niño Occe y la Escenificación del Auto Sacramental de la Adoración de los Reyes Magos" que se desarrolla en la ciudad, provincia y departamento de Huancavelica, como Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el auto sacramental es un género de teatro religioso español que formaba parte de la liturgia católica en la celebración de las fechas fundamentales del cristianismo; las historias, que procedían de los evangelios y de vidas de santos, se presentaban como alegorías sobre la fe cristiana y la condición humana desde la perspectiva de la teología; en el siglo XVI, con el Concilio de Trento, se consideró que este género era un medio adecuado para difundir el mensaje católico, lo que tendría efecto en las campañas de cristianización de la población nativa en el continente americano;
Que, el tema de los Reyes Magos se encuentra en el más antiguo auto sacramental conocido en España y que data del siglo XII, que trata de la llegada de los Reyes Magos a Jerusalén en busca del Mesías recién nacido y su entrevista con el rey Herodes, quien finge tener el mismo interés pero con el fin de matarlo; la adoración al Mesías en Belén y la salvación del recién nacido de las iras del rey;
Que, Lima, centro administrativo de la Colonia, fue nombrada Ciudad de los Reyes y la "tres veces coronada villa", en honor a estos personajes, por la cercanía de su fundación española al tiempo de la Epifanía, ello explica que en el Perú existan diversas representaciones de los Reyes Magos, adaptadas a las actividades festivas del lugar y a la ocasión, siendo una de ellas la que forma parte de la Fiesta del Niño Occe, celebrada en la ciudad de Huancavelica, entre los días 4 y 8 de enero, representando en ella un Auto Sacramental completo sobre el relato de los Reyes Magos y su adoración al Niño Dios en la imagen del llamado Niño Occe, localizada en el templo de San Francisco;
Que, los responsables de la organización de esta fiesta son los mayordomos, quienes coordinan la labor de los cargos menores y el gasto que supone esta festividad; los autores, quienes han sido elegidos para su colaboración con los mayordomos en la organización de las figuras de baile, el convite, el vestuario y la contratación de músicos;
los alberos, quienes se encargan de los cohetes que anuncian diversos momentos de la fiesta, y los troneros, encargados del arreglo del anda o "trono" del Niño Occe, para las novenas y para el día central;
Que, durante los primeros días los mayordomos promueven el compromiso de los vecinos con la celebración, siguiendo el antiguo sistema andino del ayni, siendo así, durante los días de fiesta se suceden las misas y procesiones de las imágenes de la Sagrada Familia, con la presencia de la comparsa de baile de los pastores, conocidos también como tana tanas, que representan a los patrones españoles, portadores de la religión cristiana y dueños de haciendas y recursos y cuya función es celebrar el nacimiento del Niño Occe, bailando danzas como la cuadrilla y el minué y entonando villancicos; alrededor de ellos bailan los kichkamachu, personajes caracterizados como pobladores de altura, de quienes se dice que son mitayos o pongos de las haciendas y cuya función es poner orden en el desarrollo de la fiesta;
Que, el día 6 de enero es el día central de la fiesta, con misa solemne y procesión de las imágenes que conforman la Sagrada Familia, y participación de los pastores y los kichkamachu; en este día se representa el Auto Sacramental en lugares aledaños a la Plaza de Armas y frente a la Iglesia donde los Reyes Magos van acompañados por la comitiva formada por los mayordomos, los pastores, los kichkamachu, y el público en general; de este modo, las calles y plazas se convierten en el escenario del drama, integrando a los personajes de la tradición cristiana y de la historia local, es así que luego de terminada la representación, bailarines y público bailan al pie del atrio de la Iglesia de San Francisco, siendo las imágenes guardadas dentro del templo;
Que, el día 7 de enero, tras la misa y procesión, se elige a los responsables de la fiesta del año siguiente y el día 8
de enero se hace el wasicay o visita a los colaboradores que hicieron posible la celebración;
Que, en la fiesta del Niño Occe confiuyen diversos elementos únicos en su género, como la presencia de un auto sacramental representado en su integridad, incorporando elementos de origen andino como el sistema de ayuda mutua o ayni y el haylli, género de canción que originalmente fue parte de las celebraciones prehispánicas; igualmente, esta festividad resume a la sociedad heredada de la Colonia, en la visión de los pastores como patrones españoles y del kichkamachu, como indígena siervo de las alturas, en una región que históricamente concentró mano de obra indígena para el trabajo en las minas de mercurio; confiuyen así en esta expresión las costumbres nativas integradas al sistema festivo y religioso colonial, y la identidad de la ciudad de Huancavelica, todo lo cual se manifiesta en el espacio público intervenido y replanteado para este fin;
Que, conjuntamente con las referencias históricas, el Informe N° 060-2014-DPI-DGPC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial el cual detalla las características, importancia, valor, alcance, y significado de la fiesta conocida como "Fiesta del Niño Occe y la Escenificación del Auto Sacramental de la Adoración de los Reyes Magos"
de la ciudad, provincia y departamento de Huancavelica, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 6.2 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo al Despacho del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación;
Con el visado de la Directora General (e) de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Directora (e) de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011/MC, y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011/MC; y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Fiesta del Niño Occe y a la Escenificación del Auto Sacramental de la Adoración de los Reyes Magos en la ciudad de Huancavelica, provincia y departamento de Huancavelica, por ser una singular expresión de fe y devoción, de gran riqueza simbólica y estética, heredera de una antigua historia siempre renovada en la memoria colectiva.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión del Informe N° 060-2014-DPI-DGPC/MC de fecha 12 de febrero de 2014, en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución y el Informe N° 060-2014-DPI-DGPC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a la Dirección Regional de Huancavelica, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
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