4/29/2014

DECRETO SUPREMO N° 087-2014-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y gobiernos regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO N° 087-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30126, se autorizó al Ministerio de Salud, sus organismos públicos y unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a culminar el proceso de nombramiento de los profesionales médicos cirujanos
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y gobiernos regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO N° 087-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30126, se autorizó al Ministerio de Salud, sus organismos públicos y unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a culminar el proceso de nombramiento de los profesionales médicos cirujanos dispuesto en la Ley 29682, Ley que autoriza el nombramiento de médicos cirujanos contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2011-SA;

Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30175, Ley para el financiamiento de actividades en materia de salud, educación, trabajo y otros en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y dicta otras disposiciones, se estableció que en el plazo de treinta (30) días de la entrada en vigencia de dicha Ley, se efectúe la culminación del proceso de nombramiento de los profesionales médicos cirujanos a que se refiere el artículo 1 de la Ley N° 30126; para lo cual se autoriza, al Ministerio de Salud, en el referido plazo, a realizar las modificaciones presupuestarias a nivel institucional a favor de sus organismos públicos y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de éste último;

Que, mediante Oficio N° 1184-2014-SG/MINSA, el Ministerio de Salud ha propuesto un proyecto de Decreto Supremo, en el marco del literal b) del numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 30175, que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014, para implementar lo dispuesto en el artículo 1 de la misma Ley;

Que, en tal sentido, corresponde autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de
DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA
Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 17 269 890,00), a fin de financiar la implementación de la culminación del proceso de nombramiento de los médicos cirujanos dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 30175;

De conformidad con la Ley N° 30175, Ley para el financiamiento de actividades en materia de salud, educación, trabajo y otros en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal y dicta otras disposiciones;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DIECISIETE MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS
NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 269
890,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y Gobiernos Regionales, destinada a financiar la implementación de la culminación del proceso de nombramiento de los médicos cirujanos dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 30175; de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 011 Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA : 001 Administración Central -MINSA
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD : 5.000001 Planeamiento y Presupuesto
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 17 269 890,00
-------------------TOTAL EGRESOS 17 269 890,00
===========
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 131 Instituto Nacional de Salud UNIDAD EJECUTORA : 001 Instituto Nacional de Salud
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD : 5.000003 Gestión Administrativa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 59 319,00
PLIEGO : 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas UNIDAD EJECUTORA : 001 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD : 5.000003 Gestión Administrativa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 194 397,00
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 17 017 174,00
--------------------TOTAL EGRESOS 17 269 890,00
===========
1.2 El detalle del monto y pliegos asociados a la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 se encuentra en el Anexo "Costos diferenciales según los reportes de las unidades ejecutoras de salud para la culminación del nombramiento de los médicos cirujanos - ejercicio fiscal 2014", a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y Gobiernos Regionales, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en los portales electrónicos del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2
del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 304-2012-EF.

2.2 Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.