4/10/2014

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 121-2014-ANA Declaran conclusión del proceso de implementación de la

Declaran conclusión del proceso de implementación de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca (Código XIV) RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 121-2014-ANA Lima, 9 de abril de 2014 VISTO: El Oficio N° 102-2014-ANA-AAA-XIV Titicaca, del Director de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, las Administraciones Locales de Agua ejercen funciones de primera instancia administrativa
Declaran conclusión del proceso de implementación de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca (Código XIV)
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 121-2014-ANA
Lima, 9 de abril de 2014
VISTO:

El Oficio N° 102-2014-ANA-AAA-XIV Titicaca, del Director de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, las Administraciones Locales de Agua ejercen funciones de primera instancia administrativa hasta que se implementen las Autoridades Administrativas del Agua;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 546-2009-ANA, ratificada por la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto Supremo N° 001-2010-AG, se aprobó la delimitación de los ámbitos territoriales de los catorce (14) órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua, entre ellos la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca (Código XIV);

Que, mediante Resolución Jefatural N° 392-2013-ANA, se encargó al profesional que asuma las funciones de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca;

Que, mediante el Oficio N°102-2014-ANA-AAA-XIV
Titicaca, el Director de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, solicita se dé por culminado el proceso de implementación del referido órgano desconcentrado, iniciando funciones a partir del día 10 de abril de 2014;

Que, atendiendo a lo expuesto, es necesario dictar las disposiciones que permitan el desarrollo de las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, en el marco de la legislación vigente en materia de recursos hídricos;

Con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección de Administración de Recursos Hídricos, Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y las facultades y atribuciones conferidas por el Decreto Supremo N° 006-2010-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar la conclusión del proceso de implementación de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca (Código XIV), la que a partir del día 10 de abril de 2014, ejercerá sus funciones asignadas de acuerdo a ley.

Artículo 2°.- Precísase que las Administraciones Locales de Agua del ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, continuarán ejerciendo la función de primera instancia administrativa hasta el día 09 de abril de 2014.

Artículo 3°.- Disponer que los expedientes administrativos que no hayan sido resueltos al día 09 de abril de 2014, por las Administraciones Locales de Agua, y que sean de competencia de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, deberán ser remitidos a la citada dirección para la prosecución de su trámite, sin retrotraer etapas ni suspender plazos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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