4/30/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 316-2014-DE/SG Aprueban el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado

Aprueban el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 316-2014-DE/SG Lima, 28 de abril de 2014 VISTO: El Informe N° 001-2014-MINDEF/CEPDP de fecha 10 de marzo de 2014, emitido por el Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General); CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo
Aprueban el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 316-2014-DE/SG
Lima, 28 de abril de 2014
VISTO: El Informe N° 001-2014-MINDEF/CEPDP
de fecha 10 de marzo de 2014, emitido por el Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001:

Administración General);

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1023 "Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos", es función de dicho organismo, planificar y formular las políticas nacionales del sistema, en materia de desarrollo y capacitación;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1025, se aprueban las normas de capacitación y rendimiento para el sector público, con la finalidad de regular la capacitación y evaluación de las personas al servicio del Estado, correspondiéndole a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR la función de planificar, desarrollar, así como gestionar y evaluar la política de capacitación conforme a lo dispuesto por el artículo 4° del citado decreto legislativo;

Que, conforme a lo prescrito por artículos los 3° y 4° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1025", aprobado por Decreto Supremo N° 0092010-PCM, la planificación del desarrollo de las personas al servicio del Estado se implementa a partir de la elaboración y posterior presentación que las entidades públicas hacen a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR de su Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado (PDP), correspondiendo a tal organismo definir los contenidos mínimos del mencionado Plan;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, aprobó la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR "Directiva para la Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado", la misma que prevé que la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado está a cargo del Comité de Elaboración del PDP , el cual está conformado por al menos: i) el Secretario General, Gerente General o quien haga sus veces, quien lo presidirá; ii) el Director de la Oficina de Presupuesto o quien haga sus veces;
iii) el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos o quien haga sus veces y iv) un representante del personal de la entidad elegido por votación secreta por un período de tres (03) años, así como por un representante alterno;

Que, en atención a lo establecido por la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR antes citada, mediante la Resolución Ministerial N° 485-2011-DE/SG del 24 de mayo de 2011, se dispuso conformar el Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General); conformación que fuera modificada mediante la Resolución Ministerial N° 176-2013-DE/SG del 27 de febrero de 2013 y la Resolución Ministerial N°146-2014-DE/SG del 04 de marzo de 2014.

Que, el Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General), luego de las actividades respectivas, ha procedido a la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General)
- Anualizado 2014; conforme a sus atribuciones; el mismo que ha sido alcanzado mediante el documento del visto, a este Despacho Ministerial, para su correspondiente aprobación;

Que, de acuerdo con lo establecido en el acápite VII de la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR antes invocada, los PDP Quinquenal y Anualizado validados por el Comité que los elabora, son aprobados por el titular de la entidad y deberán ser puestos en conocimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 409-2013-DE/ SG de fecha 20 de mayo de 2013, se aprueba el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2013 del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General);

Con el visto del Viceministro de Recursos para la Defensa, del Director General de Recursos Humanos, el Director de Personal Civil y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1134 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE que aprueba la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR "Directiva para la Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado";

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General), que en anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución y sus anexos a la Autoridad Nacional del Servicio Civil –
SERVIR y a la dirección de correo electrónico pdp@servir.
gob.pe; de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR "Directiva para la Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado", aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa www.mindef.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.