4/03/2014

RESOLUCIÓN SBS N° 1906-2014 Autorizan inscripción de solicitantes en el Registro de Empresas y

Autorizan inscripción de solicitantes en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda RESOLUCIÓN SBS N° 1906-2014 Lima, 28 de marzo de 2014 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LA {E}UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERU VISTOS: Los expedientes N° 2013-00075284, 2013-00078300, 2013-00078330, 2014-00000238, 2014-00001426, 2014-00001586, 2014-00001590, 2014-00007684, 2014-00008951, 2014-00009605, 2014-00010523, 2014-00012196, 2014-00014116, 2014-00014401, 2014-00016119,
Autorizan inscripción de solicitantes en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda
RESOLUCIÓN SBS N° 1906-2014
Lima, 28 de marzo de 2014
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LA
{E}UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERU
VISTOS:

Los expedientes N° 2013-00075284, 2013-00078300, 2013-00078330, 2014-00000238, 2014-00001426, 2014-00001586, 2014-00001590, 2014-00007684, 2014-00008951, 2014-00009605, 2014-00010523, 2014-00012196, 2014-00014116, 2014-00014401, 2014-00016119, 2014-00016124, 2014-00016254, 2014-00016588, 2014-00000876, 2014-00013211, 2013-00077989, 2014-00002740, 2014-00003274, 2014-00012560 y 2014-00013876 mediante los cuales se solicita la autorización de la inscripción en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, que tiene a su cargo esta Superintendencia;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 27693, incorporada por el Decreto Legislativo N° 1106, Decreto Legislativo de Lucha Eficaz contra el Lavado de Activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal, se crea el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda de obligatorio cumplimiento para las personas naturales o jurídicas dedicadas a la compra y venta divisas o moneda extranjera, así como las empresas de créditos, préstamos y empeño;

Que, por Resolución SBS N° 6338-2012, se aprueban las Normas para el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, supervisadas en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, a través de la UIF-Perú, estableciéndose los requisitos formales para la inscripción en el citado Registro;

Que, de la revisión de los expedientes detallados en los vistos de la presente Resolución, se advierte que se ha cumplido con los requisitos formales exigidos en el artículo 5° de la Resolución SBS N° 6338-2012;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1106 y en virtud a la Resolución SBS N° 6338-2012;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de los solicitantes señalados en el anexo que forma parte de la presente Resolución en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, la misma que tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, será publicado en el portal electrónico de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.sbs.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

Regístrese y publíquese.

SERGIO ESPINOSA CHIROQUE
Superintendente Adjunto Unidad de Inteligencia Financiera del Perú

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