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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 166-2014-MTC/03 Reconocen a la Empresa Radio Difusora Pachatusan
4/12/2014
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 166-2014-MTC/03 Reconocen a la Empresa Radio Difusora Pachatusan
Reconocen a la Empresa Radio Difusora Pachatusan E.I.R.L. como titular de la autorización otorgada mediante R.VM. N° 870-2010-MTC/03, para prestar servicio de radiodifusión sonora en localidad del departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 166-2014-MTC/03 Lima, 24 de marzo del 2014 VISTO, el Escrito de Registro N° 2013-078192, presentado por el señor LUCHO MAMANI HUILLCA, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) en la
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 166-2014-MTC/03
Lima, 24 de marzo del 2014
VISTO, el Escrito de Registro N° 2013-078192, presentado por el señor LUCHO MAMANI HUILLCA, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Sicuani – Espinar – Urcos – Marcapata – Camanti, departamento de Cusco, a favor de la EMPRESA RADIO DIFUSORA
PACHATUSAN E.I.R.L.;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 870-2010-MTC/03 del 05 de noviembre de 2010, notificada el 11 de noviembre de 2010, se otorgó autorización por el plazo de diez (10) años al señor LUCHO MAMANI
HUILLCA, para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Sicuani – Espinar – Urcos – Marcapata – Camanti, departamento de Cusco, la cual incluía un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable; con vigencia hasta el 11 de noviembre de 2020;
Que, con Escrito de Registro N° 2013-078192 del 17
de diciembre de 2013, el señor LUCHO MAMANI HUILLCA
solicita transferencia de su autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 870-2010-MTC/03 a favor de la EMPRESA RADIO DIFUSORA PACHATUSAN
E.I.R.L.;
Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, establece que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 23° de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada;
Que, a su vez, el artículo 73° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 77°
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 0437-2014-MTC/28, opina que, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa, debe aprobarse la transferencia de la autorización otorgada al señor LUCHO MAMANI HUILLCA, mediante Resolución Viceministerial N° 870-2010-MTC/03, a favor de la
EMPRESA RADIO DIFUSORA PACHATUSAN E.I.R.L., y reconocer a ésta como nuevo titular de la citada autorización;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor LUCHO MAMANI HUILLCA mediante Resolución Viceministerial N° 870-2010-MTC/03, a favor de la EMPRESA RADIO DIFUSORA PACHATUSAN
E.I.R.L.; conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionado a dicha autorización.
Artículo 2°.- Reconocer a la EMPRESA RADIO
DIFUSORA PACHATUSAN E.I.R.L., como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 870-2010-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma.
Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
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