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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 050-2014-SMV/02 Autorizan el funcionamiento de Andino Sociedad
5/09/2014
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 050-2014-SMV/02 Autorizan el funcionamiento de Andino Sociedad
Autorizan el funcionamiento de Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. como sociedad administradora de fondos de inversión RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 050-2014-SMV/02 Lima, 28 de abril de 2014 El Superintendente del Mercado de Valores (e) VISTOS: El Expediente N° 2014001385, así como el Informe N° 276-2014-SMV/10 del 25 de abril de 2014, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 050-2014-SMV/02
Lima, 28 de abril de 2014
El Superintendente del Mercado de Valores (e)
VISTOS:
El Expediente N° 2014001385, así como el Informe N° 276-2014-SMV/10 del 25 de abril de 2014, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N° 117-2013-SMV/10.2 del 24
de septiembre de 2013, se otorgó a los señores Augusto Felipe Barreto Espantoso, Piero Eduardo Ghezzi Solis y Carlos Rojas Perla, autorización para la organización de una sociedad administradora de fondos de inversión denominada Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.;
Que, los señores Augusto Felipe Barreto Espantoso, Piero Eduardo Ghezzi Solis y Carlos Rojas Perla solicitaron a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV autorización de funcionamiento para actuar como sociedad administradora de fondos de inversión;
Que, el artículo 22 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV N° 042-2003-EF/94.10 y sus modificatorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente N° 091-2012-SMV/02 y sus modificatorias, señalan los requisitos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad administradora de fondos de inversión;
Que, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades y de la Oficina de Tecnologías de Información, realizó una visita de inspección a las instalaciones de Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., a efectos de verificar que esta cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento;
Que, asimismo, de la evaluación de la documentación presentada por Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. y de la inspección efectuada, se ha determinado que dicha empresa ha cumplido con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; así como por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, y a lo establecido en la Resolución de Superintendente N° 044-2014-SMV/02 del 14 de abril de 2014;
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el funcionamiento de Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.
como sociedad administradora de fondos de inversión.
Artículo 2°.- Disponer la inscripción de Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 3°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.
gob.pe).
Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión
S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OMAR GUTIÉRREZ OCHOA
Superintendente del Mercado de Valores (e)
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