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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2014-MINAM Aprueban el Proceso de Reconocimiento a la Gestión
5/03/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2014-MINAM Aprueban el Proceso de Reconocimiento a la Gestión
Aprueban el Proceso de Reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año – GALS 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2014-MINAM Lima, 30 de abril de 2014 Visto, el Memorando N° 125-2014-MINAM-VMGA de 08 de abril de 2014, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 055-2014-MINAM-VMGA/ DGPNIGA de 08 de abril de 2014, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Informe Técnico N° 007-2014-MINAM-VMGA/DGPNIGA/jnishikawa de 08 de abril de 2014, del Especialista en
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2014-MINAM
Lima, 30 de abril de 2014
Visto, el Memorando N° 125-2014-MINAM-VMGA
de 08 de abril de 2014, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 055-2014-MINAM-VMGA/ DGPNIGA de 08 de abril de 2014, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Informe Técnico N° 007-2014-MINAM-VMGA/DGPNIGA/jnishikawa de 08 de abril de 2014, del Especialista en Gestión Ambiental Descentralizada de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; y, demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2° de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que este Sistema se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales, así como por los Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil;
Que, de acuerdo al literal n) del artículo 6° de la citada Ley y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este Ministerio debe asegurar la transectorialidad y la debida coordinación en la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, a través de la promoción de los Sistemas de Gestión Ambiental en los sectores público y privado, considerando estándares internacionales;
Que, de acuerdo al artículo 37° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, las entidades públicas establecen medidas para promover el debido cumplimiento de las normas ambientales y mejorar niveles de desempeño ambiental, comprendiendo entre ellas, los reconocimientos públicos;
Que, de acuerdo al artículo 71° del Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, las entidades con funciones y atribuciones ambientales deben promover el desarrollo de incentivos, como la publicación de ranking de desempeño ambiental, los reconocimientos públicos, entre otros;
Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, establece como uno de sus objetivos específicos el de consolidar la gobernanza ambiental y el Sistema Nacional de Gestión Ambiental a nivel nacional, regional y local, bajo la rectoría del Ministerio del Ambiente, articulando e integrando las acciones transectoriales en materia ambiental;
Que, en ese contexto, de acuerdo a los documentos del visto, se ha formulado el Proceso de Reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año –
GALS 2014, que tiene por objetivo promover la mejora en el desempeño de la gestión ambiental local, a través del reconocimiento y difusión de los logros obtenidos por las gobiernos locales, en el presente año;
Que, en ese sentido, corresponde aprobar el Proceso de Reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año – GALS 2014;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Proceso de Reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año –
GALS 2014, que como anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2°.- La Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental dispondrá las acciones necesarias para desarrollo e implementación del GALS 2014.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
PROCESO DE RECONOCIMIENTO A LA GESTIÓN
AMBIENTAL LOCAL SOSTENIBLE DEL
AÑO - GALS 2014
I. ANTECEDENTES
En la Agenda Nacional de Acción Ambiental –
AgendAmbiente 2013-2014, aprobada por Resolución Ministerial N° 026-2013-MINAM, se considera en el Objetivo N° 11 la acción del relanzamiento de la Gestión Ambiental Local para el desarrollo sostenible – GALS.
Esta acción se enmarca dentro del proceso de modernización de la gestión pública, uno de cuyos objetivos principales es el de alcanzar un Estado descentralizado y desconcentrado, al servicio de la ciudadanía.
En este escenario, la aprobación y aplicación de normas vinculadas a la descentralización, tales como la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, han permitido a los gobiernos locales afianzar sus competencias y funciones, a través del uso de mecanismos participativos, como los planes de desarrollo concertado, presupuestos participativos, gestión por resultados, entre otros.
En el caso específico de la temática ambiental, la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, señala que este se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; así como por los Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil.
Por ello, en base al marco normativo mencionado, los gobiernos locales deben fortalecer la gestión ambiental mediante la aplicación de diversos instrumentos de gestión ambiental, tales como los Sistemas Locales de Gestión Ambiental (SLGA), Comisiones Ambientales Municipales (CAM), planes de acción ambiental, agendas ambientales locales, entre otros, con la participación activa de actores locales involucadros.
En este contexto, el Consejo Nacional del Ambiente (hoy, Ministerio del Ambiente) implementó la "Certificación de Municipalidades con Gestión Ambiental Local para el Desarrollo Sostenible – GALS", la cual tuvo como propósito oficializar el reconocimiento de las municipalidades que incorporen y prioricen la gestión ambiental local, así como instrumentalizar y medir su avance en la institucionalidad ambiental. En esta iniciativa se contó con la participación de más de cuatrocientos (400) municipalidades, lográndose certificar a ciento nueve (109) de ellas.
Tomando en consideración las experiencias obtenidas en la certificación GALS, así como las prioridades actuales de los gobiernos locales, el Ministerio del Ambiente ha considerado pertinente impulsar un proceso de reconocimiento a los gobiernos locales por los avances y logros obtenidos en su gestión, el cual es denominado "Reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del año – GALS 2014".
II. OBJETIVO
Promover la mejora en el desempeño de la gestión ambiental local, a través del reconocimiento y difusión de los logros obtenidos por las municipalidades provinciales y distritales.
III. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Los objetivos específicos del GALS-son los siguientes:
a) Contribuir al fortalecimiento de las funciones ambientales de los gobiernos locales.
b) Impulsar las buenas prácticas en el desempeño de la gestión ambiental local.
c) Incorporar mecanismos de evaluación y seguimiento a la gestión ambiental local.
d) Identificar y sistematizar los logros obtenidos por los gobiernos locales.
IV. PARTICIPANTES
Podrán participar todas las municipalidades provinciales y distritales del país, las cuales están clasificadas de acuerdo al listado establecido en el Anexo N° 1 del Decreto Supremo N° 015-2014-EF, norma que aprueba los Procedimientos para el Cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014.
Las municipalidades podrán verificar su ubicación en dicha clasificación, a través de la página web institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe).
V. DISPOSICIONES GENERALES
5.1 Responsable de la Implementación del Proceso de Reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del año – GALS 2014
La Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, en coordinación con otras unidades orgánicas del Ministerio del Ambiente, es la responsable de la conducción, desarrollo e implementación del GALS 2014.
5.2 Temas priorizados en el Proceso de Reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del año – GALS 2014
Para el GALS se ha priorizado los siguientes temas:
a) Gestión de residuos sólidos.
b) Gestión integral del agua.
c) Calidad del aire.
d) Prevención y control de ruidos.
e) Institucionalidad.
f) Participación ciudadana.
g) Gestión de riesgos de desastres y cambio climático.
h) Protección, conservación y manejo de recursos naturales.
5.3 Absolución de consultas Durante el proceso los interesados pueden formular consultas vinculadas al mismo, a través del correo electrónico gals2014@minam.gob.pe o al teléfono: 611-6000, Anexos 1241 – 1244, las cuales serán atendidas oportunamente por la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental.
VI. ETAPAS DEL PROCESO DE RECONOCIMIENTO
A LA GESTIÓN AMBIENTAL LOCAL SOSTENIBLE DEL
AÑO 2014
El proceso GALS se encuentra constituido por las etapas siguientes:
a) Convocatoria.
b) Preparación de los Gobiernos Locales para la acreditación.
c) Recepción de documentación.
d) Evaluación.
e) Reconocimiento.
6.1 Convocatoria La convocatoria de GALS se realizará a partir del día siguiente de la publicación del presente documento en el Diario Oficial El Peruano y será difundida en la página web institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.
gob.pe).
6.2 Preparación de los Gobiernos Locales para la Acreditación Teniendo en cuenta que las municipalidades están clasificadas en categorías según su población, carencias, necesidades y potencialidades 1
; las municipalidades interesadas en participar en GALS deberán identificar los requisitos que les corresponda, según lo establecido en el Anexo del presente documento.
Las municipalidades prepararán la documentación que resulte necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos. En caso no cuenten con alguno de ellos, estas deberán implementar acciones que permitan completar el proceso.
Para ello, el Ministerio del Ambiente coordinará con las municipalidades interesadas, a fin de brindar pautas y orientaciones sobre la preparación y presentación de la documentación requerida.
La documentación deberá contener información sobre los avances implementados por las municipalidades desde el año 2011 a la fecha de entrega de la documentación, salvo que los requisitos establezcan un periodo de tiempo específico.
6.3 Recepción de la documentación Las municipalidades deberán presentar al Ministerio del Ambiente los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Anexo del presente documento.
La documentación será remitida a la sede central del Ministerio del Ambiente o en los lugares que serán comunicados oportunamente.
La recepción de la documentación se realizará desde el 01 al 30 de setiembre del 2014.
6.4 Evaluación El Ministerio del Ambiente evaluará la documentación presentada por las municipalidades, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos, según la clasificación correspondiente. El Ministerio del Ambiente podrá verificar in situ la información o hechos relevantes que se señalan en los documentos proporcionados por las municipalidades.
Si durante la evaluación se detectara que la información presentada es falsa, el participante será automáticamente excluido del proceso.
La evaluación de la documentación se efectuará desde el 01 al 30 de octubre del 2014.
6.5 Reconocimiento En función a los resultados obtenidos en la etapa de evaluación, el Ministerio del Ambiente otorgará el reconocimiento a las municipalidades que correspondan, en evento público que se llevará a cabo en el marco de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP 20.
El Ministerio del Ambiente emitirá la resolución correspondiente.
VII. OPORTUNIDADES QUE BRINDA EL
RECONOCIMIENTO A LA GESTIÓN AMBIENTAL
LOCAL SOSTENIBLE DEL AÑO 2014
El GALS brinda a los gobiernos locales las siguientes oportunidades:
a) Mejora la imagen institucional.
b) Acceso al asesoramiento técnico especializado en temas ambientales y ofertas de capacitación y pasantías de intercambio de experiencias.
c) Incrementa la posibilidad de participar en proyectos promovidos por el Ministerio del Ambiente.
ANEXO
REQUISITOS SEGÚN SU CLASIFICACION
I. MUNICIPALIDADES TIPO A
TEMA REQUISITOS
1. Gestión de residuos sólidos 1) Informe Anual del 2012, del Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL).
2) Plan de Manejo de Residuos Sólidos o Plan Integral de Gestión Ambiental de residuos sólidos (PIGARS) aprobado.
3) Informe de actividades para la formalización de recicladores, en el ámbito de su jurisdicción.
TEMA REQUISITOS
2. Gestión integral del agua 4) Proyecto de inversión pública formulado y/o viable y/o en ejecución, referido al abastecimiento y/o tratamiento de aguas residuales.
5) Informe situacional sobre el nivel cobertura del servicio de agua potable y tratamiento de aguas residuales. (*)
3. Calidad del aire y prevención y control de ruidos 6) Plan de acción para el control y prevención de la contaminación sonora o norma vinculada a la prevención y control de ruidos.
7) Informe de seguimiento de las acciones contenidas en el Plan de Acción para el Mejoramiento de la Calidad del Aire aprobado o Informe sobre el funcionamiento de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de Calidad de Aire (GESTA Zonal del Aire), en el último año. (**)
4.
Institucionalidad y participación ciudadana 8) Norma de creación de la Comisión Ambiental Municipal - CAM e informe de avances y/o logros obtenidos en el año 2013.
9) Plan y/o Agenda Ambiental Local aprobada.
10) Informe de actividades de educación ambiental.
5. Gestión de riesgos de desastres y cambio climático 11) Informe de actividades vinculadas a la gestión de riesgos de desastres y/o mitigación y adaptación al cambio climático.
6. Protección, conservación y manejo de recursos naturales 12) Informe de iniciativas para la protección, conservación o manejo de los recursos naturales, tales como bosques, pasturas u otros ecosistemas u especies de fiora o fauna de la localidad. (***) (*) Requisito obligatorio para las municipalidades que tienen el servicio de agua y saneamiento implementado y en operación. (**) Requisito obligatorio para las zonas declaradas de atención prioritaria, en calidad de aire. (***) Las municipalidades en cuyo territorio haya presencia de ANP, podrán informar de las actividades de colaboración que realizan en dichas áreas.
II. MUNICIPALIDADES TIPO B
TEMA REQUISITOS
1. Gestión de residuos sólidos 1) Informe Anual del 2012, del Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL).
2) Plan de Manejo de Residuos Sólidos o Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) aprobado.
2. Gestión integral del agua 3) Proyecto de inversión pública formulado y/o viable y/o en ejecución, referido al abastecimiento y/o tratamiento de aguas residuales.
4) Informe situacional sobre el nivel cobertura del servicio de agua potable y tratamiento de aguas residuales. (*)
3. Calidad del aire y prevención y control de ruidos 5) Plan de acción para el control y prevención de la contaminación sonora o norma vinculada a la prevención y control de ruidos.
6) Informe de seguimiento de las acciones contenidas en el Plan de Acción para el Mejoramiento de la Calidad del Aire aprobado o informe sobre el funcionamiento de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de Calidad de Aire (GESTA Zonal del Aire), en el último año. (**)
1
La clasificación es la siguiente: Municipalidades de ciudades principales tipo A; Municipalidades de ciudades principales tipo B; Municipalidades no consideradas ciudades principales, con 500 o más viviendas urbanas; y, Municipalidades no consideradas ciudades principales, con menos de 500
viviendas urbanas. La relación específica de municipalidades aparece en:
https://www.mef.gob.pe/index.phpfioption=com_content&view=article&id=
2565&Itemid=101548&lang=es
TEMA REQUISITOS
4. Institucionalidad y participación ciudadana 7) Norma de creación de la Comisión Ambiental Municipal - CAM e informe de avances y/o logros obtenidos en el año 2013, incluyendo el tema de educación ambiental.
8) Plan y/o Agenda Ambiental Local aprobada.
5. Gestión de riesgos de desastres y cambio climático 9) Informe de actividades vinculadas a la gestión de riesgos de desastres y/o mitigación y adaptación al cambio climático.
6. Protección, conservación y manejo de los recursos naturales 10) Informe de iniciativas para la protección, conservación o manejo de los recursos naturales, tales como bosques, pasturas u otros ecosistemas u especies de fiora o fauna de la localidad. (***) (*) Requisito obligatorio para las municipalidades que tienen el servicio de agua y saneamiento implementado y en operación. (**) Requisito obligatorio para las zonas declaradas de atención prioritaria, en calidad de aire. (***) Las municipalidades en cuyo territorio haya presencia de ANP, podrán informar de las actividades de colaboración que realizan en dichas áreas.
III. MUNICIPALIDADES NO CONSIDERADAS
CIUDADES PRINCIPALES, CON 500 O MÁS VIVIENDAS
URBANAS
TEMA REQUISITOS
1. Gestión de residuos sólidos 1) Informe Anual del 2012, del Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL).
2) Plan de Manejo de Residuos Sólidos o Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) aprobado.
2. Gestión integral del agua 3) Informe situacional de la gestión del agua potable y aguas residuales.
3. Prevención y control de ruidos 4) Diagnóstico de las zonas críticas de contaminación sonora, según corresponda.
4. Institucionalidad y participación Ciudadana 5) Norma de creación de la Comisión Ambiental Municipal (CAM).
6) Plan y/o Agenda Ambiental Local aprobada o compromiso de implementar el proceso de elaboración de dichos instrumentos de gestión ambiental.
5. Gestión de riesgos de desastres y cambio climático 7) Informe de actividades vinculadas a la gestión de riesgos de desastres y/o mitigación y adaptación del cambio climático.
6. Protección, conservación y manejo de recursos naturales 8) Informe de iniciativas para la protección, conservación o manejo de los recursos naturales, tales como bosques, pasturas u otros ecosistemas u especies de fiora o fauna de la localidad. (*) (*) Las municipalidades en cuyo territorio haya presencia de ANP, podrán informar de las actividades de colaboración que realizan en dichas áreas.
IV. MUNICIPALIDADES NO CONSIDERADAS
CIUDADES PRINCIPALES, CON MENOS DE 500
VIVIENDAS URBANAS
TEMA REQUISITOS
1. Gestión de residuos sólidos 1) Diagnóstico sobre la situación de la gestión de residuos sólidos.
2. Gestión integral del agua 2) Informe situacional de la gestión del agua potable y aguas residuales.
3. Institucionalidad y participación ciudadana 3) Norma de creación de la Comisión Ambiental Municipal (CAM) o compromiso para su creación.
4) Plan y/o Agenda Ambiental Local aprobada o compromiso de implementar el proceso de elaboración de dichos instrumentos de gestión ambiental.
5) Informe sobre actividades de educación ambiental
TEMA REQUISITOS
4. Gestión de riesgos de desastres y cambio climático 6) Informe de actividades vinculadas a la gestión de riesgos de desastres y/o mitigación y adaptación del cambio climático.
5. Protección, conservación y manejo de recursos naturales 7) Informe de iniciativas para la protección, conservación o manejo de los recursos naturales, tales como bosques, pasturas, ecosistemas, especies de fiora o fauna de la localidad. (*) (*) Las municipalidades en cuyo territorio haya presencia de ANP, podrán informar de las actividades de colaboración que realizan en dichas áreas.
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- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
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- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
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- febrero 2015 (426)
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- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
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