5/17/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2014-PRODUCE Amplían delegación de facultades otorgadas al Director

Amplían delegación de facultades otorgadas al Director General de la Oficina General de Administración, en materia de bienes nacionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2014-PRODUCE Lima, 13 de mayo de 2014 VISTOS: El Memorando N° 762-2014-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 173-2014-PRODUCE/OGA-OL de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, los Informes N°s. 007-2014-PRODUCE/OGAJ-mverdeguer y 087-2014-PRODUCE/OGAJ-jtangm, ambos de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Amplían delegación de facultades otorgadas al Director General de la Oficina General de Administración, en materia de bienes nacionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2014-PRODUCE
Lima, 13 de mayo de 2014
VISTOS: El Memorando N° 762-2014-PRODUCE/OGA
de la Oficina General de Administración, el Informe N° 173-2014-PRODUCE/OGA-OL de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, los Informes N°s.
007-2014-PRODUCE/OGAJ-mverdeguer y 087-2014-PRODUCE/OGAJ-jtangm, ambos de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 004-2014-PRODUCE, modificada mediante Resolución Ministerial N° 026-2014-PRODUCE, se delegaron facultades y atribuciones, entre otros, al Director General de la Oficina General de Administración;

Que, a efectos de garantizar una adecuada y eficiente gestión administrativa, resulta procedente ampliar la delegación de facultades aprobada mediante la citada Resolución Ministerial y su modificatoria;

Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incluir el numeral 2.4 en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 004-2014-PRODUCE modificada mediante Resolución Ministerial N° 026-2014-PRODUCE, cuyo texto quedará redactado como sigue:

2.4 En materia de Bienes Nacionales:
a) Tramitar y expedir los actos destinados o vinculados a la administración, disposición, adquisición, transferencia, donación, registro y supervisión de los bienes, con excepción de las donaciones o aceptación de donaciones de bienes inmuebles, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA.
b) Suscribir las Actas de Entrega y Recepción de bienes muebles efectuadas por o a favor del Ministerio de la Producción. Asimismo, suscribir las Actas de Transferencia Vehicular ante las Notarías Públicas de los vehículos donados por o a favor de la Entidad.

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLIS
Ministro de la Producción

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.