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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 066-2014-RE Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul General de Argentina en
5/08/2014
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 066-2014-RE Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul General de Argentina en
Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul General de Argentina en Lima RESOLUCIÓN SUPREMA N° 066-2014-RE Lima, 7 de mayo de 2014 VISTA: La Nota R.E.P. N° 154, de fecha 10 de abril de 2014, de la Embajada de la República Argentina, mediante la cual informa el término de funciones del señor Roque María Bourdieu, como Cónsul General de Argentina en Lima, a partir del 28 de marzo de 2014; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 038-2009-RE, de fecha 21 de enero de 2009, se reconoce al señor
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 066-2014-RE
Lima, 7 de mayo de 2014
VISTA:
La Nota R.E.P. N° 154, de fecha 10 de abril de 2014, de la Embajada de la República Argentina, mediante la cual informa el término de funciones del señor Roque María Bourdieu, como Cónsul General de Argentina en Lima, a partir del 28 de marzo de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema N° 038-2009-RE, de fecha 21 de enero de 2009, se reconoce al señor Roque María Bourdieu, como Cónsul General de Argentina en Lima, con circunscripción en todo el país;
Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede la cancelación del Exequátur otorgado;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118°, inciso 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, y en el artículo 25, incisos a y b, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y en el artículo 17, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Cancelar el Exequátur que reconoce al señor Roque María Bourdieu, como Cónsul General de Argentina en Lima, con eficacia anticipada al 28 de marzo de 2014.
Artículo 2°.- La presente Resolución será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores 1080577-10
Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en Hanoi, República Socialista de Vietnam
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 067-2014-RE
Lima, 7 de mayo de 2014
VISTAS:
La Resolución Suprema N° 0233-1998-RE, de fecha 21 de mayo de 1998, que nombró al señor Le Van Minh como Cónsul Ad-Honorem del Perú en Hanoi, República Socialista de Vietnam, con jurisdicción en todo el país;
La Resolución Suprema N° 065-2013-RE, de fecha 12
de marzo de 2013, que estableció la Embajada del Perú en la República Socialista de Vietnam;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 127°, literal b), del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE, del 05 de octubre de 2005, señala que las funciones de los Cónsules Honorarios concluyen por la cancelación del nombramiento y de las Letras Patentes;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118° inciso 11) de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante Decreto Ley N° 21999; los artículos 127°, literal b), 128° y 129° del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE, del 05 de octubre de 2005;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del señor Le Van Minh como Cónsul Honorario del Perú en Hanoi.
Artículo 2°.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes.
Artículo 3°.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores 1080577-11
Dan término a nombramiento de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 068-2014-RE
Lima, 7 de mayo de 2014
VISTAS:
La Resolución Suprema N° 010-2012-RE, que nombró al señor Rudecindo Vega Carreazo, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua;
La Resolución Ministerial N° 0108-2012-RE, que fijó el 1 de marzo de 2012, como la fecha en que el citado funcionario asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua;
CONSIDERANDO:
La carta de renuncia del señor Rudecindo Vega Carreazo al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua;
Estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley 29318, y el inciso a) del artículo 64° y la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE;
SE RESUELVE:
Articulo 1°.- Dar término al nombramiento del señor Rudecindo Vega Carreazo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua, el 31 de mayo de 2014.
Articulo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.
Articulo 3°.- Darle las gracias por los valiosos servicios prestados a la Nación.
Articulo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores 1080577-12
Nombran Cónsul General del Perú en Frankfurt, República Federal de Alemania
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 069-2014-RE
Lima, 7 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 62° del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República dispone que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente, en la Cancillería, en las misiones diplomáticas y consulares, en las representaciones permanentes ante organismos internacionales y en misiones especiales, así como en otras dependencias del Estado, en las oficinas desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores y en gobiernos regionales o locales, conforme a los objetivos de la política exterior;
Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú;
De conformidad con la Ley N° 28091 Ley del Servicio Diplomático de la República; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 076-2005-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Nombrar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Juan Antonio Prieto Sedó, Cónsul General del Perú en Frankfurt, República Federal de Alemania.
Artículo 2°.- La jurisdicción consular está establecida en el Decreto Supremo N° 021-2008-RE, de 8 de julio de 2008.
Artículo 3°.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes.
Artículo 4°.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fijada por Resolución Viceministerial.
Artículo 5°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores 1080577-13
Autorizan al SENAMHI efectuar pago de cuota a la Organización Meteorológica Mundial OMM
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 070-2014-RE
Lima, 7 de mayo de 2014
VISTO:
El Oficio N° 324-SENAMHI-PREJ-OAI/de fecha 7 de abril de 2014, de la Presidenta Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI - Ministerio del Ambiente, a través del cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago del saldo de la cuota del año a la Organización Meteorológica Mundial (OMM);
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 67.3 del artículo 67° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro;
Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a la Organización Meteorológica Mundial (OMM) de manera que permitan mantener las facultades y derechos que le corresponde como país miembro, así como acrecentar el beneficio producto de los fiujos de cooperación y asistencia técnica internacional que brinda la OMM a sus miembros;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago del saldo de la cuota del año a la Organización Meteorológica Mundial (OMM), con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI;
De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú -SENAMHI el pago de CHF 73,390.17 (Setenta y Tres Mil Trescientos Noventa y 17/100 francos suizos) a la Organización Meteorológica Mundial (OMM), correspondiente al saldo de la cuota del año 2014.
Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán financiados con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú -SENAMHI.
Artículo 3.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores 1080577-14
{E}TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a El Salvador e Inglaterra, en comisión de servicios
{N}RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 235-2014-MTC/02
Lima, 5 de mayo de 2014
VISTOS:
El Informe N° 207-2014-MTC/12.04 del 15.04.2014, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 111-2014-MTC/12.04 del 11.04.2014; emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que realicen, entre otros, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;
Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, las empresas Trans American Airlines S.A. (TACA
PERU) y Star Up S.A. (STAR PERU) han presentado ante la autoridad aeronáutica civil solicitudes para ser atendidas durante el mes de mayo de 2014, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento N° 05 (Evaluación a Personal Aeronáutico) correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, asimismo, las referidas empresas han cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante de los servicios, incluyendo el pago de los viáticos;
Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas órdenes de inspección, y referidas en el Informe N° 207-2014-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil;
De conformidad con la Ley N° 27261, Ley N° 27619, Ley N° 30114, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los señores José Roger Pinedo Bastos y Gino Humberto Defilippi Brigneti, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que realizarán del 08 al 15 de mayo de a El Salvador y del 08 al 13 de mayo de a Inglaterra, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes N° 111-2014-MTC/12.04 y No. 207-2014-MTC/12.04.
Artículo 2°.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Trans American Airlines S.A.
y Star Up S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10°
del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.
Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC)
Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10
Cuadro Resumen de Viajes
RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN
EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE
AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 08 AL 15 DE MAYO DE 2014
Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES N° 111-2014-MTC/12.04 Y N° 207-2014-MTC/12.04
ORDEN DE
INSPECCIÓN N°
INICIO FIN VIÁTICOS (US$)
SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACIÓN
N°s.
1253-2014-MTC/12.04
08-May 15-May
US$
1,600.00
TRANS
AMERICAN
AIRLINES S.A.
Pinedo Bastos, José Roger San Salvador El Salvador Chequeo técnico de proficiencia en simulador de vuelo en el equipo A319/ A320/A321, a su personal aeronáutico 1535-1644-49718-7707
1254-2014-MTC/12.04
08-May 13-May
US$
1,300.00
STAR UP S.A Defilippi Brigneti, Gino Humberto Mánchester Inglaterra Chequeos técnicos Inicial por expedición de TLA y verificación de competencia en simulador de vuelo del equipo BAe-146, a su personal aeronáutico 7361-7834-7835-8086
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